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RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se da publicidad al Acuerdo de 17 de noviembre de 2021, de la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 07/12/2021 (Nº 248)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

La declaración del estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, hizo preciso establecer unas medidas de contingencia, en el ámbito del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su Sector Público, con el fin proteger la salud y seguridad del personal a su servicio, lo que supuso una notable disminución de la presencia del personal en los diferentes centros de trabajo.

La realización de funciones de carácter esencial supuso un incremento de la actividad de determinados colectivos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón. Es por ello que resulta necesario compensar esta especial dedicación por parte de dichos empleados públicos.

Como consecuencia de lo anterior, se aprobaron los Acuerdos de 15 de julio de 2020 y de 10 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por los que se establecieron medidas de compensación como consecuencia de las actividades extraordinarias durante la vigencia del estado de alarma, para el personal de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que, durante el confinamiento decretado por la declaración del Estado de Alarma, prestaba servicios en centros o servicios sociosanitarios, en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en el Servicio Aragonés de Salud, en residencias ajenas al Instituto Aragonés de Servicios Sociales con motivo de su intervención o por la creación de centros COVID, incluyendo al personal que hubiera prestado servicios en los hoteles Ilunion y Pedro I, quedó excluido del ámbito de aplicación de los referidos Acuerdos, por lo que, en sesión de 17 de noviembre de 2021, de la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo, se adopta, por unanimidad, el siguiente Acuerdo:

"Al personal laboral que durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, así como las sucesivas prórrogas de las que fue objeto, entre los días 14 de marzo y 21 de junio de 2020, desempeñó sus funciones en centros o servicios sociosanitarios en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en el Servicio Aragonés de Salud, en residencias ajenas al Instituto Aragonés de Servicios Sociales con motivo de su intervención o por la creación de centros COVID, incluyendo al personal que haya prestado servicios en los hoteles Ilunion y Pedro I, se le asignará, en la valoración de los servicios prestados, una puntuación triple por ese tiempo trabajado, en los términos de la Orden HAP/269/2021, de 18 de marzo, por la que se da publicidad a los Acuerdos de 15 de julio de 2020 y de 10 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por los que se establecen medidas de compensación como consecuencia de las actividades extraordinarias durante la vigencia del estado de alarma, para el personal de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón".

Zaragoza, 29 de noviembre de 2021.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR