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RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 15 de febrero de 2007, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con capacidad para 1.630 plazas de reproductoras con lechones hasta 6 kg, 320 cerdas de reposición, 425 cerdas de recría y 5 verracos (504,80 UGM), situada en el polígono 25, parcelas 17, 18, 19 y 20, del término municipal de Binaced (Huesca), y promovida por Binapig 1, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/01981).

Publicado el 24/01/2017 (Nº 15)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 25 de febrero de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por D. Carlos Perella Raluy, en representación de Binapig 1, S.L., con CIF: B22299713, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 18 de febrero de 2016.

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 15 de febrero de 2007, se dictó resolución por la que se formulaba la declaración de impacto ambiental y se otorgaba la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 1.359 plazas de reproductoras, 320 cerdas de reposición y 6 verracos, ubicada en el polígono 25, parcelas 17, 18, 19 y 20, del término municipal de Binaced (Huesca), y promovida por Binapig 1, S.L. (Número Expte INAGA 500301/02/2006/00762).

Segundo.- Mediante Resolución de 29 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se informa de la modificación no sustancial de la explotación, consistente en el redimensionado y redistribución de las instalaciones, pasando a disponer de 4 naves en lugar de las 5 inicialmente previstas, y aumento de la capacidad de la fosa de purines hasta 5.247 m³ (Número Expte INAGA 500301/02/2007/08226).

Tercero.- Mediante Resolución de 4 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se informa de la modificación no sustancial de la explotación, consistente en el cambio de orientación productiva sin aumento de capacidad, pasando de las 1.359 madres reproductoras con sus lechones, 320 de reposición y 6 verracos, a 1.620 madres reproductoras con lechones hasta 6 kg, 320 cerdas de recría, 135 de reposición y 6 verracos, equivalentes a 455 UGM (Número Expte. INAGA 500301/02/2007/11324).

Cuarto.- Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se notifica la modificación no sustancial de la explotación, por adaptación de las instalaciones consistente en la ampliación de la nave de maternidad 1 en una superficie de 11,19 x 19,04 m y la ampliación de la nave de maternidad 2 en una superficie de 6,61 x 15,44 m (Número Expte INAGA 500601/02/2013/11011).

Quinto.- Mediante Resolución de 12 de febrero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 10 de marzo de 2014, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada inicial, en base a la modificación no sustancial obtenida por Resolución de 14 de noviembre de 2013 (Número Expte INAGA 500601/02/2013/11983).

Sexto.- Mediante Resolución de 8 de mayo de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 28 de mayo de 2014, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/02764).

Séptimo.- Mediante Resolución de 18 de febrero de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada, por aumento de capacidad hasta 1.630 plazas de reproductoras, 320 de reposición, 425 cerdas de recría y 5 verracos, equivalentes a 504,8 UGM (Núm. Expte. INAGA 500601/02/2016/00793).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 15 de febrero de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción, en el término municipal de Binaced (Huesca), promovida por Binapig 1, S.L., en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Binapig 1, S.L., con CIF: B22299713, para la construcción de una explotación porcina para producción de lechones con una capacidad total de 1.630 plazas de reproductoras con lechones hasta 6 kg, 425 cerdas de recría, 320 cerdas de reposición y 5 verracos, equivalentes a 504,8 UGM, en las coordenadas del huso 30: UTMX 763.591 y UTMY 4.631.813, de las parcelas 17, 18, 19 y 20, del polígono 25, del término municipal de Binaced (Huesca). La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 4 de enero de 2017.- El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, P. A., el Jefe del Área V de Calidad y Seguimiento (Resolución de 28 de diciembre de 2016, del Director del INAGA), Óscar Fayanás Buey.