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RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 19 de julio de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación aviar existente con capacidad para 94.000 broilers, ubicada en el polígono 23, parcela 2, del término municipal de Sástago (Zaragoza), y promovida por la sociedad Ferruz Eroles, S. C. (Número Expte. INAGA/500601/02/2015/09946).

Publicado el 05/05/2016 (Nº 85)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 25 de septiembre de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por la sociedad Ferruz Eroles, S. C., NIF: J50200435, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por cambio en los sistemas de desinfección y de calefacción.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 19 de julio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 92, de 3 de agosto de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/10583).

Segundo.- Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada, "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 13 de diciembre de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10537).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 19 de julio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación aviar existente con capacidad para 94.000 broilers, ubicada en el polígono 23, parcela 2, del término municipal de Sástago (Zaragoza), y promovida por la sociedad Ferruz Eroles, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.2. Las instalaciones existentes se ampliarán mediante la construcción de un estercolero, una fosa de cadáveres con capacidad para 19,80 m³, el uso de mochila de desinfección a la entrada de la explotación y vallado perimetral de la misma; todo ello, en los términos descritos en el informe de legalización de cerramiento perimetral e instalaciones sanitarias de la explotación aviar, visado el 28 de febrero de 2008 por el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco".

El punto 1.5 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.5. La explotación dispone de un sistema de calefacción para las naves por convectores de aire caliente, que funcionan con gas propano como combustible, no habiendo ningún foco canalizado.

Estos generadores de calor, con código CAPCA 02030502, sin grupo asignado, quedan exentos de control externo de sus emisiones. En cualquier caso, se deberá realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar sus emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 29 de febrero de 2016.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS