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ORDEN de 19 de julio de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se declara el "Dance de Sena" como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Publicado el 08/08/2013 (Nº 156)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el escrito y completa documentación, que integran el expediente presentado por doña Rocío Sanz Redrado, Alcaldesa del Ayuntamiento de Sena (Huesca), para que el "Dance de Sena", que se representa en las fiestas patronales de la localidad en honor al Santo Ángel Custodio y a la Virgen del Rosario, el día dos de octubre y el primer domingo del mismo mes, respectivamente, sea declarado Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de una celebración original, elemento fundamental de la tradición popular de la localidad, que consiste en una representación teatral y de mímica que contiene cuatro elementos fundamentales: la pastorada o diálogo de pastores (mayoral y rabadán); las danzas o mudanzas, que en otros lugares de la geografía aragonesa se conocen como "paloteao"; la pugna de moros y cristianos; y la lucha del Bien y el Mal, representados alegóricamente por el ángel y el diablo.

Todos los bailes están acompañados de la gaita de boto aragonesa, instrumento musical artesano recuperado para acompañar el dance.

Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sena, celebrado el día 12 de abril de 2013, y Memoria explicativa en la que se incluye la historia del "Dance de Sena ", seña de identidad del municipio que sigue el modelo de los dances aragoneses más antiguos, así como la infraestructura turística con que cuenta la localidad y su zona periférica, y se justifican acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas, con un completo dossier de fotografías, material audiovisual, carteles y libros temáticos sobre el dance.

Visto el informe favorable de la Comarca de los Monegros, en el que se manifiesta la antigüedad, valor y arraigo cultural del "Dance de Sena", así como el rico patrimonio arquitectónico del municipio y la repercusión turística de la celebración de las fiestas patronales de esta localidad que atraen a gran número de visitantes, dando cuenta en dicho informe de los establecimientos turísticos con que cuenta la Comarca.

Visto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la normativa citada, tomando en consideración el cumplimiento de los requisitos exigidos, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local, su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.

Vista la propuesta favorable de la Dirección General de Turismo, y dado que ha quedado plenamente constatado que la representación del "Dance de Sena", forma parte de la tradición de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, dando lugar a un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,

Resuelvo:

Primero.- Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, el "Dance de Sena" como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. n.º 57).

Segundo.- Publicar la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-sdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-sdministrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación. Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 19 de julio de 2013.

El Consejero de Economía y Empleo,

FRANCISCO BONO RÍOS