Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Transportes, por la que se fijan los topes máximos en los criterios de valoración para el cálculo de las subvenciones acogidas a la Orden VMV/1139/2021, de 3 de septiembre, por la que se convocan subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria en los primeros cinco meses del año 2021.

Publicado el 07/12/2021 (Nº 248)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Convocada por Orden VMV/1139/2021, de 3 de septiembre, por la que se convocan subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria en los primeros cinco meses del año 2021, al amparo de la Orden VMV/705/2016, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras, modificada por la Orden VMV/308/2020, de 6 de abril, y demás normas de aplicación, una vez realizados los estudios previos de la documentación aportada por los solicitantes, resulta que la cuantía total en concepto de subvenciones otorgables excede del límite presupuestario previsto por la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2021.

De conformidad con lo establecido en la disposición octava, apartado 1 de la Orden VMV/1139/2021, de 3 de septiembre, la Dirección General de Transportes podrá aprobar valores máximos admisibles para el cálculo de los gastos subvencionables.

Por ello, en virtud de la facultad de interpretación y resolución otorgada a esta Dirección General de Transportes por la disposición decimonovena de dicha Orden, se acuerda la adopción de unos topes máximos en los criterios de valoración relacionados en el anexo de esta Resolución, con los que deberá realizarse el cálculo de las subvenciones.

Una vez cuantificado el déficit subvencionable para cada uno de los solicitantes aplicando los topes máximos establecidos en la presente Resolución, y en caso de que proceda, se aplicará el correspondiente coeficiente multiplicador para ajustarlo al crédito total disponible, según se prevé en la disposición octava, apartado 2, de la referida Orden VMV/1139/2021.

Zaragoza, 26 de noviembre de 2021.

El Director General de Transportes,

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ