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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de abril de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a una explotación porcina de cebo existente, con capacidad para 4.470 plazas, situada en el polígono 102, parcela 10256, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Berges Aguas, C. B. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/09941).

Publicado el 19/01/2016 (Nº 11)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 1 de octubre de 2015, presenta escrito en este Instituto, D.ª Rosa Clara García Durán, en representación de Berges Aguas, C. B., con CIF: E50709963, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación. Dicha solicitud, adjunta un informe técnico redactado por el ingeniero técnico agrícola D. Ignacio Blas Ortego, visado por el colegio oficial correspondiente el 17 de septiembre de 2015, en el que hace constar las infraestructuras existentes para el almacenaje de purines y certifica su capacidad total, solicitando sean incluidas en la autorización ambiental integrada la existencia de una tercera balsa de purines y la capacidad total.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 25 de abril de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 16 de mayo de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/08623).

Segundo.- Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10427).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 25 de abril de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo existente, con capacidad para 4.470 plazas, situada en el polígono 102, parcela 10.256, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Berges Aguas, C. B., con NIF: E50709963, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: una nave de cebo de 1.134 m² y capacidad para 1.391 plazas; una nave de 924 m² y con capacidad para 1.131 plazas; una nave de 756 m² y capacidad para 923 plazas; una nave de 840 m² y capacidad para 1.027 plazas; una balsa de agua de 900 m³; tres fosas de purines de 2.596,62 m³ de capacidad total; una fosa de cadáveres de dimensiones 3 x 3 x 5 m y capacidad para 45 m³; una fosa de cadáveres formada por un tubo de hormigón de 1 m de diámetro y 3 m de profundidad, que proporciona una capacidad de 2,35 m³; vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 22 de diciembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS