RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2013, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Especial "ATADES, Centro de Educación Especial San Martín de Porres" de Zaragoza.

Publicado el 23/09/2013 (Nº 187)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE
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Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Especial "ATADES, Centro de Educación Especial San Martín de Porres", con domicilio en la C/ Octavio de Toledo, 2 de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización para la ampliación de dos unidades de Educación Básica Obligatoria.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización, con efectos desde el inicio del curso 2009-2010, del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial

Denominación específica: "ATADES, Centro de Educación Especial San Martín de Porres"

Titular: "Asociación Tutelar Asistencial de Discapacitados Intelectuales (ATADES)"

Código: 50007674

Domicilio: C/ Octavio de Toledo, 2

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

- Ampliación de 2 unidades Educación Básica Obligatoria / 12 pp.ee.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

- Educación Básica Obligatoria (A.N.E.E.)/ 14 unidades

- Transición a la vida adulta / 2 unidades

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Cuarto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Quinto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio

Zaragoza, 3 de septiembre de 2013.

El Director General de

Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO