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RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de octubre de 2007, en la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de producción existente con capacidad de 1260 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 Kg y 255 plazas de cerdas de reposición, equivalente a 413,7 UGM, situada en la parcela 1062 del polígono 35, del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovida por SAT número 630 El Pico. (Número Expediente INAGA 500202/02/2018/06832).

Publicado el 20/02/2019 (Nº 35)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 13 de junio de 2018 se presenta en este instituto solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de la explotación por cambios en las construcciones que forman la granja, así como cambio en la numeración de la parcela en la que se ubica la explotación.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución, de 8 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 126, de 26 de octubre de 2007. (Expte. INAGA 500301/02/2007/00229).

Mediante resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 18 de noviembre de 2013, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada. (Expte.INAGA 500601/ 02/2013/10109).

En el presente expediente se solicita la modificación puntual, para adecuar las construcciones autorizadas a lo existente realmente. Las instalaciones existentes son: nave de gestación confirmada de 70,4 x 19,5 m., nave de cubrición control de 52,4 x 19,05 m, nave de gestación confirmada de 120 x 16,4 m., nave de maternidad de forma irregular de 1883,92 m², nave de parques de 25,4 x 12,4 m., nave de transición de 48,6 x 28,4 m., nave de transición de 41 x 8 m., nave mixta de 118,4 x 16,9 m., cinco fosas de purines con una capacidad total de 2.200 m³, una fosa de cadáveres de 336 m³, vado de desinfección y vallado perimetral.

Se solicita asimismo el cambio en el desglose de plazas autorizadas, teniendo en cuenta que, al incumplir distancias, se denegó una ampliación solicitada con fecha 14 de enero de 2014. El cambio planteado responde al incremento de prolificidad en las cerdas, sin incremento de plazas de madres, ya que en la autorización original aparecían desglosadas las plazas de la siguiente manera: 1260 plazas de cerdas reproductoras (con lechones hasta 6 Kg), 255 plazas de reposición y 3500 lechones. Para no limitar la capacidad de lechones producidos por el mismo número de cerdas reproductoras, pero más prolíficas, la capacidad sería: 1260 plazas de reproductoras con lechones hasta 20 kg y 255 plazas de reposición, equivalentes a 413,7 UGM.

Se comunica el cambio de numero en la parcela donde se ubica la granja, pasando de ser la parcela 1042 del polígono 35 pasan a ser la parcela 1062 del mismo polígono, del término municipal de Caspe (Zaragoza).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de producción existente con capacidad de 1260 cerdas reproductoras, 255 cerdas de reposición y 3500 plazas de transición, situada en la parcela 1062 del polígono 35, del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovida por SAT número 630 El Pico, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a la SAT Número 630 El Pico, con C.I.F. F-50.085.547, para la instalación existente de una explotación porcina para producción, con capacidad para 1.260 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg y 255 cerdas de reposición (413,7 UGM), emplazada en el Polígono 35 Parcela 1062 del término municipal de Caspe (Zaragoza), con unas coordenadas UTM en el Huso 30 de X = 746.269 Y = 4.568.950, Z = 140 m. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: nave de gestación confirmada de 70,4 x 19,5 m., nave de cubrición control de 52,4 x 19,05 m, nave de gestación confirmada de 120 x 16,4 m., nave de maternidad de forma irregular de 1883,92 m², nave de parques de 25,4 x 12,4 m., nave de transición de 48,6 x 28,4 m., nave de transición de 41 x 8 m., nave mixta de 118,4 x 16,9 m., cinco fosas de purines con una capacidad total de 2.200 m³, una fosa de cadáveres de 336 m³, vado de desinfección y vallado perimetral".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de enero de 2019.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL