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ORDEN de 1 de julio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del anexo de adhesión del Instituto Aragonés de la Juventud al convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y MicroBank, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a la juventud emprendedora y empresaria enmarcadas en el desarrollo del "Programa de Microcréditos" INJUVE durante el año 2015.

Publicado el 31/07/2015 (Nº 147)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/1/0041 el anexo suscrito, con fecha 6 de mayo de 2015, por el Director General del Instituto de la Juventud y el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado anexo, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 1 de julio de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Y MICROBANK, SUSCRITO EL 12 DE ENERO DE 2015, PARA REALIZAR ACTUACIONES DE PROMOCIÓN Y APOYO A LA JUVENTUD EMPRENDEDORA Y EMPRESARIA, ENMARCADAS EN EL DESARROLLO DEL "PROGRAMA DE MICROCRÉDITOS" INJUVE DURANTE EL AÑO 2015

En Madrid, a 6 de mayo de 2015.

De una parte, D. Rubén Urosa Sánchez, Director General del Instituto de la Juventud del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrado por Real Decreto 81/2012, de 5 de enero ("Boletín Oficial del Estado", número 5, de 6 de enero de 2012), en nombre y representación de la Administración General del Estado -Instituto de la Juventud-, en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por el artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.

Y de otra parte, D. Ricardo Oliván Bellosta, Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, actuando en su calidad de Consejero, y debidamente autorizado por el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el 21 de abril de 2015.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, por lo que

1. Que el Instituto de la Juventud (INJUVE) y Microbank han suscrito, el 12 de enero de 2015, un convenio de colaboración para realizar actuaciones de promoción y apoyo a la juventud emprendedora y empresaria, enmarcadas en el desarrollo del "Programa de Microcréditos".

2. Que la Comunidad Autónoma de Aragón manifiesta su voluntad de adherirse al convenio de colaboración suscrito, el 12 de enero de 2015, entre el INJUVE y Microbank, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a la juventud emprendedora y empresaria enmarcadas en el desarrollo del "Programa de Microcréditos".

3. Que la Comunidad Autónoma de Aragón ejecutará el "Programa de Microcréditos" del INJUVE en la Oficina de Emancipación del Instituto Aragonés de la Juventud.

4. Que en cumplimiento de lo establecido en el citado convenio de colaboración de microcréditos, el INJUVE ha cursado la notificación previa al resto de las partes intervinientes en el mismo, comunicando la adhesión de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se realiza mediante el presente anexo que se incorpora al mismo.

En virtud de lo expuesto, y al amparo del artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las partes acuerdan que la Comunidad Autónoma de Aragón se adhiera al convenio de 12 de enero de 2015 con arreglo a las siguientes

Primera.- Que la Comunidad Autónoma de Aragón se adhiere, con efectos desde la firma del presente documento y en los términos que se reflejan en el presente acuerdo, al convenio de colaboración suscrito por el INJUVE y Microbank, el pasado 12 de enero, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a la juventud emprendedora y empresaria enmarcadas en el desarrollo del "Programa de Microcréditos".

Segunda.- Que la Comunidad Autónoma de Aragón, que se adhiere al presente convenio, se compromete a:

1. Atender, informar, orientar y asesorar a los y las jóvenes que soliciten ayuda financiera para sus proyectos empresariales, en aquellas localidades en las que se estén desarrollando proyectos de autoempleo, facilitándoles un modelo estandarizado de presentación y elaboración de un plan de empresa que recoja toda la información de su proyecto, seleccionando aquellos que cumplan los requisitos establecidos para el "Programa de Microcréditos" y que, a su juicio, sean susceptibles de recibir la financiación prevista.

2. Verificar si el solicitante cuenta con la formación suficiente para llevar a cabo el proyecto empresarial que posee. En caso negativo, la derivarán a los correspondientes servicios de formación en gestión empresarial, como paso previo a la constitución de la empresa y solicitud del microcrédito.

3. Realizar una precalificación o valoración técnica del proyecto empresarial, sobre la base del modelo preestablecido y emitir, en su caso, el informe de viabilidad del plan de empresa.

4. Asesorar a los jóvenes que soliciten ayuda financiera sobre como tramitar y presentar ante Microbank los planes de empresa y el informe de viabilidad, para solicitar el microcrédito correspondiente.

5. Enviar al INJUVE una relación trimestral con el número de emprendedores, cuyos planes de empresa validados han sido enviados a Microbank.

6. Facilitar al INJUVE cuanta información les sea solicitada en relación a los proyectos de emprendimiento que les sean presentados por los y las jóvenes, y cualquier otra que sea de interés para los jóvenes emprendedores.

7. Difundir el "Programa de Microcréditos" a través de los medios que consideren oportunos, y en la medida de lo posible dedicar en sus páginas web un apartado explicativo sobre el citado programa.

Tercera.- Que la Comunidad Autónoma de Aragón se adhiere al convenio suscrito entre el INJUVE y Microbank desde la firma del presente anexo y mientras esté vigente el mismo. A este efecto, se establece un plazo de preaviso de un mes para su extinción por denuncia unilateral.

En prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, por triplicado, en lugar y fecha arriba indicados.