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RESOLUCIÓN de la Alcaldía número 2019-0860, de 19 de marzo de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la convocatoria de una plaza de Ingeniero Industrial vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Jaca.

Publicado el 16/04/2019 (Nº 74)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA

Texto completo:

Se hace público para conocimiento de los interesados que esta Alcaldía-Presidencia, por Resolución número 2019-0860, de 19 de marzo de 2019, ha dispuesto aprobar las bases de la convocatoria para proveer, una plaza de Ingeniero Industrial.

Jaca, 27 de marzo de 2019.- El Alcalde, Juan Manuel Ramón Ipas.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE INGENIERO INDUSTRIAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE JACA

Número, denominación y características de la plaza convocada.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Ingeniero Industrial, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2018.

Las características de la plaza son las siguientes:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Superior.

Grupo: A.

Subgrupo: A1.

Número de plazas: 1.

Sistema de provisión: Libre.

Requisitos que deben cumplir los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias:

a) Tener la nacionalidad española.

También podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas:

A.1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión europea.

A.2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

A.3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de Ingeniero Industrial u otra titulación que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Industrial. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión, o en condiciones de obtener credencial que acredite su homologación.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber si do sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Solicitudes: Forma y plazo de presentación.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaca, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". En la solicitud de los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Las bases íntegras se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia", "Boletín Oficial de Aragón", y Tablón de Edictos de la Corporación.

A la instancia se acompañará:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 33 euros y se ingresarán en la Caja de la Corporación, bien en metálico, a través de giro postal o telegráfico o en la C/C 20852358960300123120 de Ibercaja, haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso, con las siguientes excepciones:

- Los aspirantes desempleados presentarán certificado expedido por el INAEM, que justifique esa situación con fecha dentro del plazo de presentación de solicitudes.

- Los aspirantes perceptores del ingreso Aragonés de Inserción deberán aportar copia compulsada de la Resolución de concesión del Ingreso Aragonés de Inserción expedida por el IASS.

- Los aspirantes miembros de familia numerosa abonarán el 50% de la cuota indicada, aportando dicho justificante además de la copia compulsada del título de familia numerosa.

- Los aspirantes discapacitados abonarán el 33% de la cuota indicada, aportando dicho justificante además de la copia compulsada del certificado que acredite el grado de minusvalía expedido por el IASS.

c) La documentación, compulsada, acreditativa de los méritos que se aleguen para la Fase de Concurso.

Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal. La Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes excluidos y determinando lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios y Orden de actuación.

Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos.

En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Los posteriores anuncios se publicarán en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Tribunal.

El Tribunal calificador estará constituido de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Todos los componentes del Tribunal deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente convocatoria. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus componentes, siendo imprescindible en todo caso del Presidente y Secretario.

El órgano de selección estará compuesto por Presidente y cuatro vocales, actuando uno de ellos cono Secretario.

La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Los miembros suplentes nombrados para componer el Tribunal Calificador podrán actuar indistintamente con relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión en la que no podrá actuar alternativamente.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Igualmente el Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan.

A solicitud del Tribunal Calificador podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Los asesores especialistas serán designados por Resolución de Alcaldía y estarán sujetos a idéntico régimen de abstención y recusación que el previsto para los miembros del Tribunal. Podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Contra los actos y decisiones del Tribunal Calificador incluidas las peticiones para la revisión de exámenes, calificaciones e impugnación de preguntas, así como las que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se podrá interponer por el interesado recurso de alzada ante el Alcalde del Ayuntamiento de Jaca, y sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Proceso Selectivo.

Fase de oposición: La fase de oposición constará de 3 ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Valorado con una puntuación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar el ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante dos horas, dos temas extraídos al azar de entre los integrantes de la materia común del anexo a la convocatoria.

Los opositores deberán leer el ejercicio ante el Tribunal, la lectura tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal, el cual podrá realizar preguntas a los aspirantes, en un periodo máximo de 15 minutos, sobre el ejercicio que se haya leído.

Segundo ejercicio: Valorado con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos para superar el ejercicio. Consistirá en desarrollar, por escrito, en un periodo máximo de cuatro horas, cuatro temas extraídos al azar de la materia específica del anexo a la convocatoria. Se extraerá un tema de cada uno de los cuatro bloques que componen la parte específica del temario.

Los opositores deberán leer el ejercicio ante el Tribunal, la lectura tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal, el cual podrá realizar preguntas a los aspirantes, en un periodo máximo de 15 minutos, sobre el ejercicio que se haya leído.

Tercer ejercicio: Valorado con una puntuación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar el ejercicio. Se desarrollará, por escrito, y consistirá en la Resolución de uno o varios supuestos prácticos, sobre las materias incluidas en el anexo a la convocatoria, relacionados con las funciones a realizar como Ingeniero Industrial.

El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su Resolución, durante el desarrollo de esta prueba.

El Tribunal dispondrá si los aspirantes pueden hacer uso de calculadora, textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y Resolución del supuesto.

Los ejercicios de la fase de Oposición podrán ser realizados en una sola jornada o en varias, sucesivas o no, según disponga el Tribunal Calificador, sin que en ningún caso pueda transcurrir más de treinta días entre la celebración del primer ejercicio y el último.

Calificación de la Oposición: Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y serán calificados cada uno de ellos con un máximo de 10 puntos el ejercicio primero y tercero y 20 puntos el ejercicio segundo. Será necesario para aprobar obtener un mínimo de la mitad de los puntos.

Las calificaciones de cada ejercicio se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación obtenida.

Las calificaciones se harán públicas el mismo día en que se acuerden, en el local donde se celebren las pruebas selectivas y serán expuestas, además, en el Tablón de Edictos de la Corporación.

El orden de la clasificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y fase de concurso, siendo seleccionado el aspirante que hubiese obtenido la mayor puntuación total.

Fase de concurso

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y se valorarán los méritos aportados por los aspirantes de la siguiente forma:

- Experiencia: Se valorarán los servicios prestados en la Administración Pública, aunque sea accidentalmente en plaza de Ingeniero perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1 a razón de 0,3125 puntos/mes completo, hasta un máximo de 10 puntos.

- Formación: Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, los cursos, cursillos o seminarios impartidos por el propia Ayuntamiento o impartidos u homologados por Centros de formación de funcionarios dependientes de las Administraciones públicas ( INAP, IAAP o análogos), por Centros docentes dependientes del Ministerio o Departamentos Autonómicos de Educación, por Universidades, por el INEM, INAEM o equivalentes, los cursos incluidos en los Planes de Formación de los Acuerdos de Formación continua para las Administraciones Públicas y los Colegios profesionales o Consejos de Colegios Profesionales, siempre que, en todo caso, hayan versado sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo solicitado y así sea estimado por el tribunal, con la siguiente puntuación:

a) de 20 a 39 horas de duración: 0,08 puntos por curso.

b) de 40 a 60 horas de duración: 0,15 puntos por curso.

c) de 61 a 100 horas de duración: 0,3 puntos por curso.

d) de más de 100 horas de duración: 0,6 puntos por curso.

Desarrollo del proceso selectivo.

La fecha de realización del primer ejercicio de la oposición, se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el Tablón de anuncios de la Corporación. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de las restantes pruebas en el "Boletín Oficial de la Provincia". Estos anuncios deberán hacerse públicos por el órgano de selección en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Jaca.

Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

El orden de actuación de los aspirantes, de conformidad con el sorteo efectuado por la Administración General del Estado, para todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año 2019, será a partir de la letra "W"

Una vez determinado el orden de calificación definitiva, el Tribunal Calificador acordará exponer la relación de aspirantes que se proponen para su nombramiento haciéndola pública en el lugar de celebración de las pruebas y en Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El Tribunal Calificador no podrá proponer el nombramiento de un número de funcionarios superior al número de plazas convocadas. Las propuestas que infrinjan esta norma serán nulas de pleno derecho.

Propuesta de Nombramiento y creación de "Lista de Espera"

Concluidas las pruebas, y hecha pública la relación de seleccionados, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento.

No obstante lo anterior, con los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la oposición, o al menos el primero, se formará una " Lista de espera" por el orden de puntuación obtenido ( dando preferencia a los que hubiesen superado el mayor número de ejercicios de la fase de oposición) con el fin de proveer con carácter temporal, puestos que pudieran quedar vacantes de igual o inferior categoría de la plaza convocada hasta su cobertura reglamentaria, así como para cubrir puestos temporalmente en casos de bajas, ausencias, etc.de sus titulares, por el tiempo que duren estas. Esta lista de espera tendrá vigencia durante el plazo máximo de tres años desde su creación siempre que no se haya efectuado nueva convocatoria y el aspirante siga reuniendo las condiciones exigidas en la convocatoria.

Presentación de documentos y toma de posesión.

El aspirante propuesto aportará ante la Corporación para su nombramiento, y dentro del plazo de veinte días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:

- Título académico original exigido para acceder a la plaza.

Cumplidos los requisitos precedentes, el órgano competente efectuará el nombramiento del aspirante propuesto, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

Decima.- Legislación aplicable.

Esta convocatoria se rige: por este pliego de bases; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 2 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

La convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Materia común

1. La Constitución española de 1978: Significado y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

3. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Elaboración, significado, competencias y modificación. Relaciones entre las Comunidades Autónomas y las Diputaciones Provinciales

4. El Régimen Local español. Su evolución histórica. Principios constitucionales de la Administración Local. Especial referencia a la Ley de Administración Local de Aragón.

5. El Municipio: evolución, concepto, elementos esenciales, denominación y cambio de nombre de los municipios. El término municipal: concepto, caracteres, alteración el término municipal. La población: concepto. El empadronamiento: regulación, concepto.

6. Organización municipal: concepto. Clases de órganos. Órganos de régimen común. Competencias: sistema de determinación. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos obligatorios. La reserva de servicios.

7. La provincia en el régimen local. Organización Provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Junta de Gobierno Local. Comisiones informativas. Atribuciones de los órganos provinciales.

8. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Régimen de sesiones y de acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones y publicación de los acuerdos.

9. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y la forma. La eficacia de los actos administrativos. La notificación: contenido, plazo y práctica. La publicación.

10. Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo común. Los medios electrónicos aplicados al procedimiento administrativo común. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los interesado. La iniciación del procedimiento, ordenación e instrucción.

11. Terminación del procedimiento. Obligación de resolver. Contenido de la Resolución expresa. La terminación convencional. La falta de Resolución expresa: régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

12. Los recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recursos administrativos. Clases de recursos. Interposición de recursos. Suspensión de la ejecución. Audiencia interesados y Resolución.

13. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

14. Potestad reglamentaria local. Reglamentos y Ordenanzas locales. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los Bandos.

15. La función pública. Clases de empleados públicos. Derechos y deberes de los empleados públicos. Derecho de sindicación. Régimen disciplinario.

16. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público. El inventario de bienes.

17. Los recursos de las Haciendas Locales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingresos de Derecho Público.

18. Los Presupuestos Locales. Estructura Presupuestaria. Elaboración y aprobación. Ejecución y liquidación del presupuesto.

19. La Unión Europea: objetivos y fundamentos. Las instituciones y órganos de la Unión Europea. Las fuentes de Derecho de la Unión Europea. Las competencias de la Unión Europea.

Materia específica

Bloque i: Urbanismo y edificación

1. Ordenación del territorio: concepto, evolución e instrumentos autonómicos. Políticas sectoriales con incidencia territorial.

2. Urbanismo y Derecho Urbanístico: concepto y evolución.

3. Principios constitucionales en materia de urbanismo. Distribución de competencias urbanísticas.

4. Planeamiento urbanístico: concepto, naturaleza y regulación. Tipos de planes urbanísticos. Régimen de fuera de ordenación.

5. Ordenación de la edificación. Títulos habilitantes. Edificación forzosa. Deber de conservación y ruina.

6. Los agentes de la edificación. El proyecto de edificación. El régimen de responsabilidades y garantía.

7. El Código Técnico de la Edificación.

8. Gestión urbanística: concepto y sistemas de actuación. Conservación de la urbanización.

9. Políticas públicas de rehabilitación y regeneración urbana: concepto, objetivos e instrumentos.

10. Plan General de Ordenación Urbana de Jaca: naturaleza y contenido. Infraestructuras de Servicios.

11. Plan Especial de mejora y conservación del casco histórico de Jaca.

12. Los contratos del sector público: ámbito objetivo y subjetivo. Clases de contratos del sector público. Procedimiento de contratación

13. Contratos de las Administraciones públicas: el contrato de obras. Preparación, ejecución, modificación, cumplimiento, Resolución.

14. Potestad expropiatoria: justificación, sujetos, objetos y causa. Procedimiento. Valoración del suelo.

15. Disciplina urbanística.

16. Intervención administrativa de fomento: concepto. Las subvenciones: concepto, regulación, sujetos y procedimientos.

17. Seguridad y salud en las obras de construcción.

18. La fase de ejecución de la construcción: exigencias documentales.

Bloque II: Medio ambiente

1. Medio ambiente: concepto. Naturaleza de la intervención administrativa en la protección del medio ambiente e instrumentos.

2. Derecho ambiental: concepto. Evolución y principios del derecho ambiental internacional, europeo y español.

3. La distribución territorial de competencias para la protección del medio ambiente. Especial referencia a los municipios.

4. Desarrollo sostenible: concepto. La carta de Aalborg. Smart cities.

5. La evaluación ambiental y la autorización ambiental integrada. Concepto y regulación.

6. Licencia ambiental de actividades clasificadas. Concepto y regulación.

7. La represión de los ilícitos ambientales.

8. Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Concepto y regulación.

9. Actividades excluidas de licencia ambiental de actividades clasificadas: actividades inocuas. Normativa sectorial particular.

10. Aspectos e Impactos medioambientales de las actividades ganaderas.

11. Contaminación atmosférica: concepto. Técnicas para el tratamiento y limitación de las emisiones de agentes contaminantes. Regulación.

12. Contaminación del agua: concepto. Tratamientos de aguas para consumo humano. Tratamiento de aguas residuales. Regulación.

13. Contaminación por agentes físicos. Concepto, tipos y regulación.

14. Evaluación y control de ruidos. Regulación. Aislamiento y absorción acústica.

15. Energías renovables: tipos y políticas públicas. Recursos energéticos renovables del término municipal de Jaca.

16. Geografía del término municipal de Jaca.

17. Eficiencia energética de los edificios: concepto, políticas e instrumentos.

18. La protección de espacios naturales: concepto, objetivos, clasificación y regulación.

Bloque III: Instalaciones deportivas

1. Deporte: concepto. Intervención pública en el deporte. Sistema de fuentes normativo del sector deportivo.

2. Organización deportiva del sector público.

3. Reparto de competencias en materia de deporte.

4. Servicio público en materia deportiva: concepto y características. Modos de prestación. Régimen jurídico.

5. Ciclo de vida de las instalaciones deportivas: planificación, diseño y construcción y gestión.

6. Salas y pabellones deportivos: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

7. Pistas pequeñas para uso deportivo: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

8. Campos grandes y de atletismo: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

9. Pabellones para deportes de hielo: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

10. Equipamiento frigorífico necesario para producir y mantener una superficie de hielo de uso deportivo: criterios generales de diseño.

11. Piscinas cubiertas de uso público: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

12. Piscinas exteriores de uso público: concepto, criterios generales de diseño y normativa de aplicación.

13. Pavimentos deportivos: concepto, características, clases y conservación.

14. Hielo para uso deportivo: características, preparación, formación y conservación.

15. Necesidades de refrigeración para mantener una superficie de hielo de uso deportivo.

16. Calidad del agua de baño en piscinas y sistemas de tratamiento. Regulación.

17. Mantenimiento y conservación de edificios: concepto, regulación y tipos.

18. Celebración de eventos y competiciones deportivas en recintos deportivos de titularidad municipal. Regulación.

Bloque IV: Instalaciones

1. Alumbrado público (I). Concepto, regulación y planificación.

2. Alumbrado público(II). Componentes y elementos de las instalaciones: características y regulación.

3. Alumbrado público (III). Fuentes de luz, tipos y características.

4. Alumbrado público (IV). Impactos medioambientales.

5. Alumbrado público (V). Puesta en servicio, mantenimiento y conservación.

6. Instalaciones de evacuación de aguas residuales y su tratamiento: métodos, regulación. Actividades y competencias municipales.

7. Instalaciones de suministro y tratamiento de agua: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

8. Reforma de vehículos: regulación. Actividades y competencias municipales en materia de vehículos.

9. Alta Tensión: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

10. Baja tensión: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

11. Instalaciones frigoríficas: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

12. Instalaciones térmicas en los edificios: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

13. Gases combustibles: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

14. Instalaciones petrolíferas: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

15. Protección contra incendios en edificios industriales: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

16. Protección contra incendios en edificios no industriales: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

17. Instalaciones de almacenamiento de productos químicos: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.

18. Aparatos elevadores: seguridad industrial, regulación. Actividades y competencias municipales.