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ORDEN EIE/1336/2018, de 20 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo de 13 de julio de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran como inversiones de interés autonómico los proyectos de dos plantas fotovoltaicas en los términos municipales de Huesca, Chimillas y Poleñino, en la provincia de Huesca, promovidos por la mercantil "Planta FV 3, S.L".

Publicado el 14/08/2018 (Nº 157)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 13 de julio de 2018 el Acuerdo por el que se declaran como inversiones de interés autonómico los proyectos de dos plantas fotovoltaicas en los términos municipales de Huesca, Chimillas y Poleñino, en la provincia de Huesca, promovidos por la mercantil "Planta FV 3, S.L.", se procede a su publicación en anexo a la presente orden.

Zaragoza, 20 de julio de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

Acuerdo de 13 de julio de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran como inversiones de interés autonómico los proyectos de dos plantas fotovoltaicas en los términos municipales de Huesca, Chimillas y Poleñino, en la provincia de Huesca, promovidos por la mercantil "Planta FV 3, S.L".

Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del decreto-ley, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.

La declaración de inversión de interés autonómico constituye un instrumento estratégico que, con el fin último de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan la renovación del modelo productivo de la economía aragonesa, puede ser aplicado al desarrollo de iniciativas de inversiones vinculadas a fuentes de energía renovables, favoreciendo tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Así se dispuso en el acuerdo de 14 de febrero de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptaron los criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables, que fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2017. Dichos criterios interpretativos, establecidos con la finalidad de impulsar el crecimiento de la energía renovable en Aragón y de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan generar riqueza, innovación, empleo, así como favorecer la cohesión territorial, deben tenerse en cuenta en la tramitación y resolución de todos procedimientos para declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable, al amparo de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. Son los siguientes:

1. Que los proyectos se desarrollen y ejecuten en las comarcas y municipios mineros de Aragón, por resultar de especial relevancia en estas zonas la generación de actividades económicas alternativas a la minería del carbón que mitiguen las consecuencias sociales, laborales y territoriales derivadas de la crisis de este sector.

2. Que los proyectos pertenezcan a empresas que habiendo resultado adjudicatarias en la subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica y biomasa celebrada en 2016, o que resulten adjudicatarias en las futuras subastas de energías renovables convocadas por el Estado, ejecuten y desarrollen sus proyectos en el territorio de Aragón, por resultar de especial relevancia atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado.

En este contexto normativo e interpretativo deben analizarse las solicitudes de declaración de inversión de interés autonómico de los proyectos correspondientes a dos instalaciones de energía solar fotovoltaica en los términos municipales de Huesca, Chimillas y Poleñino (Huesca), junto con sus infraestructuras de evacuación, que fue presentada en fecha 19 de junio de 2018 por la mercantil "Planta FV 3, S.L". Dichos proyectos y sus características técnicas más relevantes, según la información obrante en el expediente, son las siguientes:

La mercantil «Planta FV 3, S. L.», promotora de los dos proyectos de plantas fotovoltaicas pertenece a la sociedad «Solaria Energía y Medio Ambiente, S. A.» único accionista de la mercantil promotora que posee el 100% de sus participaciones sociales. Con 56,78% del capital, la sociedad «DTL Corporación, S. L.» es el principal accionista de SolariaA.

La empresa «Solaria Energía y Medio Ambiente, S. A.» es una sociedad cuyas acciones cotizan en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, estando incorporadas al Sistema de Interconexión Bursátil. Desde su fundación en el año 2002, «Solaria Energía y Medio Ambiente, S.A» se ha especializado en las energías renovables y más específicamente en la implantación y desarrollo de la tecnología solar fotovoltaica y gestiona y opera plantas fotovoltaicas con una capacidad de generación de más de 70 MMW en varios países, entre ellos, España, Italia, Uruguay, Grecia y Brasil, y pretende continuar con la apertura de nuevos mercados internacionales mediante una combinación adecuada de mercados europeos maduros y mercados emergentes.

Conforme se indica en la página web corporativa, la mercantil es una compañía dedicada a la generación y venta de energía eléctrica proveniente de sus plantas solares y libre de emisiones de carbono. Solaria es la matriz de varias empresas vehiculares independientes que operan a su vez y de forma independiente, como una planta solar con sus ingresos, gastos y deuda financiera propia

Asimismo, SOLARIA también desarrolla actividades asociadas a su actividad principal, como son la operación y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas y la promoción y explotación de proyectos de generación fotovoltaicos

Según se dispone en la Memoria presentada, la sociedad «SSolaria Energía y Medio Ambiente, S. A.» se plantea la construcción de 1.300 MW nuevos de generación solar fotovoltaica con un volumen de inversión superior a los 600 M€.

En cuanto a los efectos económicos y sociales que conllevará la implantación de estos proyectos en Aragón, según se indica por la empresa promotora, la construcción de las dos plantas fotovoltaicas, con una potencia instalada total que alcanzará los 55,00 MWp, supondrá una inversión aproximada de 27.450.000 euros (12.475.000€ FV Solaria-Huesca I y 14.975.000€ FV Solaria-Poleñino I).

Atendiendo a las estimaciones del promotor, la generación de energía eléctrica que producirán las dos plantas será de 78,66 GWh/año. Desde el punto de vista medioambiental, estas dos plantas evitarán la emisión a la atmosfera de unas 82.776 toneladas de CO2 al año.

Además de los beneficios medioambientales que conllevará la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, un impacto positivo para la economía local y de Aragón será la creación de empleos directos e indirectos vinculados a la construcción de los parques fotovoltaicos y posteriormente a su fase de explotación. Esta creación de empleo ayudará a fijar población en las zonas rurales.

Atendiendo a las estimaciones del promotor, por cada una de las plantas fotovoltaicas se crearán en la fase de construcción, de una duración aproximada de diez meses, puestos de trabajo de manera directa - unas 50 personas de forma simultánea, en los gremios de electricistas, montadores, entre otros -, así como de manera indirecta - aproximadamente un 50% de la mano de obra directa - en sectores de transportes, seguridad, comercio, alojamiento y restauración. Por otra parte, en la fase de explotación se estima la creación 2 puestos de trabajo de alto grado de especialización para las labores de mantenimiento de cada una de las plantas durante los próximos 30 años.

Dichas estimaciones se consideran muy significativas y relevantes para el desarrollo de los municipios oscenses de Chimillas y Poleñino, ubicados en las Comarcas de Hoya de Huesca y Monegros, que tienen una superficie de 10 y 33 Km² respectivamente, y una población total, entre ambos, de 594 habitantes, así como de otros municipios próximos.

Sin perjuicio del positivo impacto socio-económico y territorial de los proyectos citados, hay que indicar que la mercantil «Planta FV 3, S. L.» participó en la tercera subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías renovables celebrada el 26 de julio de 2017, en la que resultó adjudicataria de un total de 250,000 MW de la tecnología fotovoltaica (Código de Identificación de la Instalación Tipo de Referencia: ITR-0104), no asociados a ninguna instalación concreta, según recoge la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 650/2017, de 16 de junio, y en la Orden ETU/615/2017, de 27 de junio.

Por Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas («Boletín Oficial del Estado», número 247, de 13 de octubre de 2017) se inscribieron en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación las solicitudes adjudicatarias de la subasta, figurando la mercantil «Planta FV 3, S. L.» inscrita con la potencia de 250.000 kW.

Asimismo, se ha acreditado por la mercantil la identificación de las plantas fotovoltaicas FV Solaria-Huesca I de 25 MW y FV Solaria-Poleñino I de 30 MW ante el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital antes del 13 de abril de 2018.

Dado que los dos proyectos presentados están vinculados a una empresa que ha resultado adjudicataria en la subasta estatal, nos hallamos ante unos proyectos de inversión que cumplen los criterios establecidos por el Gobierno de Aragón en su acuerdo de 14 de febrero de 2017 para poder declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable. Como se indica en el acuerdo, la finalidad no es otra que atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales al ofrecer una tramitación administrativa preferente y urgente que favorece y facilita la implantación de sus proyectos.

Por otra parte, dichas inversiones cumplen los objetivos de favorecer tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés. Es por ello que cabe afirmar los proyectos de inversión presentados reúnen los requisitos para que puedan ser declarados de interés estratégico para Aragón al amparo del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre.

Así se ha considerado por la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que tras analizar los proyectos, ha emitido un informe de carácter favorable a la declaración como inversión de interés autonómico de los mismos, al considerar que «los proyectos de inversión de las 2 plantas fotovoltaicas (55,25 MW) y de sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Huesca, Chimillas y Poleñino en la provincia de Huesca, que deben ser tramitados y autorizados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cumplen el criterio interpretativo 2 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de febrero de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables».

En virtud de lo expuesto, en aplicación de los criterios interpretativos establecidos por el Gobierno de Aragón en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 y con la finalidad de cumplir el doble objetivo señalado en el mismo de continuar con el desarrollo de políticas públicas para el crecimiento de la energía de origen renovable en Aragón y de facilitar la implantación de proyectos de energías renovables en el territorio aragonés, se considera necesario proceder a declarar los dos proyectos de plantas fotovoltaicas y de sus infraestructuras de evacuación, como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto- ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón.

En este sentido, hay que indicar que el proyecto de las dos plantas fotovoltaicas cuya declaración de inversión de interés autonómico se ha solicitado, con un total de 55,00 MW de potencia instalada, incide en el desarrollo y potenciación de la energía solar fotovoltaica en Aragón, uniéndose a otros proyectos ubicados en nuestra Comunidad Autónoma, que fueron también declarados como inversiones de interés autonómico por el Gobierno de Aragón.

La declaración, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización y ejecución de los proyectos tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado decreto-ley en materia de urbanismo y medio ambiente. La declaración no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones necesarias, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.

Por otra parte, la declaración se halla condicionada a que los proyectos que tienen su origen en la condición de adjudicataria de la tercera subasta estatal de «Planta FV 3, S. L.», se mantengan como instalaciones identificadas e inscritas en el registro de régimen retributivo específico.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado decreto-ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. En el presente caso, es competente para el impulso del procedimiento correspondiente el Departamento que lo sea por razón de la materia, en el presente caso, el Departamento de Economía, Industria y Empleo (artículo 7.2).

En consecuencia, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 13 de julio de 2018, se adopta el siguiente acuerdo:

Primero. - Declarar como inversiones de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, los siguientes proyectos de inversión de centrales eléctricas de tecnología solar fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación, con una potencia total instalada de 55,00 MW, promovidos por la mercantil «Planta FV 3, S. L.»:

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".