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DECRETO 112/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Política Territorial e Interior a efectuar una encomienda de gestión al Servicio Aragonés de Salud, para la liquidación, facturación y cobro de los gastos derivados del traslado de lesionados en accidentes de tráfico, a través del transporte sanitario y de emergencias mediante helicóptero.

Publicado el 04/05/2012 (Nº 84)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

El Decreto 332/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial e Interior, le atribuye: "El ejercicio de las competencias en materia de seguridad, vigilancia y protección de edificios e instalaciones de la Diputación General de Aragón y en materia de protección civil, así como la coordinación de las policías locales".

En este sentido, se encuentra entre sus objetivos la promoción y la realización de acciones contempladas en la Ley 30/2002, de Protección Civil y atención de emergencias de Aragón, y concretamente, la atención a las personas en situaciones calamitosas, el salvamento y rescate, la búsqueda de desaparecidos, o garantizar una atención rápida y posterior traslado a personas accidentadas o enfermas en zonas de difícil acceso.

Debido a la gran extensión del territorio aragonés, donde se encuentran grandes áreas de una densidad de población muy baja y una deficiente estructura de transporte, hace que existan núcleos y zonas muy aisladas y desprotegidas frente a una adversidad.

Para su cumplimiento, el Departamento de Política Territorial e Interior tiene en vigor un contrato de servicios de "Transporte sanitario y de emergencias mediante helicóptero" para disponer de un sistema de emergencias vía aérea, de forma que se pueda acceder en un tiempo reducido a zonas que tengan mala comunicación vial o que estén muy distantes de los proveedores de servicios demandados. Entre los servicios que se prestan a través del helicóptero de emergencias está el del traslado de lesionados en accidente de tráfico.

Por otro lado, el Gobierno de Aragón, mediante el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, ha firmado un Convenio con La Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradotas (UNESPA) y El Consorcio de Compensación de Seguros para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias para los ejercicios 2010, 2011 y 2012 de fecha 7 de abril de 2011.

Este convenio tiene por objeto la regulación de la prestación de los servicios de asistencia sanitaria de emergencia de lesionados en accidente de tráfico en el ámbito de la sanidad pública y las tarifas de precios aplicables a las mismas.

A efectos del objeto del Convenio, se entiende incluido el traslado del lesionado desde el lugar del siniestro al centro hospitalario que indique el personal del centro coordinador de la Entidad de Emergencias Sanitarias, mediante medios aéreos, según criterio médico.

Conforme establece la Cláusula quinta del Convenio, todas las asistencias y traslados de urgencia realizados al amparo de este Convenio deberán ser facturadas por los Servicios de Emergencia que movilicen los recursos.

A tal efecto y para facilitar la gestión de la facturación de los partes de accidentes de los helicópteros de protección Civil, por parte del Servicio Aragonés de Salud, resulta imprescindible realizar una encomienda de gestión con dicho organismo, previa autorización del Gobierno de Aragón, al amparo de lo dispuesto en el art. 15 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, así como del art 38.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 24 de abril de 2012,

Primero.- Autorizar la encomienda de gestión, a favor del Servicio Aragonés de Salud, para la liquidación, facturación y cobro de los gastos derivados del traslado de lesionados en accidentes de tráfico, a través del transporte sanitario y de emergencias mediante helicóptero.

Segundo.- La encomienda de gestión tiene por objeto la realización, por parte del Servicio Aragonés de Salud de las actividades correspondientes a la liquidación, facturación y cobro de los gastos derivados del traslado de lesionados en accidentes de tráfico, cuando el transporte se realice a través del transporte sanitario y de emergencias mediante el helicóptero contratado por el Departamento de Política Territorial e Interior y adscrito al Servicio de Protección Civil.

Tercero.- Al vencimiento de cada trimestre, el Servicio Aragonés de Salud ingresará en la Tesorería de la Comunidad Autónoma el importe de los cobros que se hayan efectuado al amparo de la presente encomienda de gestión.

Cuarto.- Esta encomienda no implica cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del departamento de Política Territorial e Interior y se rige por lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo común y en el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobada por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Quinto.- La vigencia de la encomienda de gestión será de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, que se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos de un año, salvo que el Departamento competente en materia de Interior decida dar por terminada la encomienda, lo que deberá comunicar al Servicio Aragonés de Salud con una antelación mínima de un mes a la conclusión de la encomienda o de cualquiera de sus prórrogas.

Sexto.- Este Decreto producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Zaragoza, 24 de abril de 2012.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Política Territorial e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ÓRIZ