Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN EIE/1335/2018, de 20 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo de 13 de julio de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto de parque eólico "Roden" de 6 MW, ubicado en el término municipal de Fuentes de Ebro, en la provincia de Zaragoza, promovido por la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." (O.M.M.H.S.A).

Publicado el 14/08/2018 (Nº 157)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 13 de julio de 2018 el Acuerdo por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto de parque eólico "Roden" de 6 MW, ubicado en el término municipal de Fuentes de Ebro, en la provincia de Zaragoza, promovido por la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." (O.M.M.H.S.A), se procede a su publicación en anexo a la presente orden.

Zaragoza, 20 de julio de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

"Acuerdo de 13 de julio de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto de parque eólico "Roden" de 6 MW, ubicado en el término municipal de Fuentes de Ebro, en la provincia de Zaragoza, promovido por la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." (O.M.M.H.S.A)".

Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del decreto-ley, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.

La declaración de inversión de interés autonómico constituye un instrumento estratégico que, con el fin último de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan la renovación del modelo productivo de la economía aragonesa, puede ser aplicado al desarrollo de iniciativas de inversiones vinculadas a fuentes de energía renovables, favoreciendo tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Así se dispuso en el Acuerdo de 14 de febrero de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptaron los criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables, que fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2017. Dichos criterios interpretativos, establecidos con la finalidad de impulsar el crecimiento de la energía renovable en Aragón y de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan generar riqueza, innovación, empleo, así como favorecer la cohesión territorial, deben tenerse en cuenta en la tramitación y resolución de todos procedimientos para declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable, al amparo de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. Son los siguientes:

1. Que los proyectos se desarrollen y ejecuten en las comarcas y municipios mineros de Aragón, por resultar de especial relevancia en estas zonas la generación de actividades económicas alternativas a la minería del carbón que mitiguen las consecuencias sociales, laborales y territoriales derivadas de la crisis de este sector.

2. Que los proyectos pertenezcan a empresas que habiendo resultado adjudicatarias en la subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica y biomasa celebrada en 2016, o que resulten adjudicatarias en las futuras subastas de energías renovables convocadas por el Estado, ejecuten y desarrollen sus proyectos en el territorio de Aragón, por resultar de especial relevancia atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado.

En este contexto normativo e interpretativo debe analizarse la solicitud de declaración de inversión de interés autonómico del parque eólico "Roden" y sus infraestructuras de evacuación, que fue presentada el 21 de mayo de 2018 y completada, mediante escrito de subsanación aportado el 6 de junio de 2018, por la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." (en adelante, O.M.M.H.S.A) y la sociedad "Eolextrem Desarrollos, S.L".

La mercantil promotora del parque "Roden", de 6 MW, ubicado en el término municipal de Fuentes de Ebro (Zaragoza), es en la actualidad "O.M.M.H.S.A". Esta mercantil, al igual que la otra mercantil solicitante, pertenece al grupo de empresas Gormaz, y está especializada en el área de energías renovables, combinando sus activos en explotación con una desarrollada cartera de proyectos, entre los que se encuentra el parque eólico Roden.

En cuanto al proyecto, de acuerdo con la información facilitada por la sociedad promotora, sus características principales podrían resumirse en las siguientes:

- La inversión aproximada de la construcción del parque eólico, se ha estimado en 7 millones de euros.

- Se considera que las obras de construcción tendrán un plazo de entre seis meses o un año de ejecución. En este plazo de tiempo se podrán ver involucrados un número aproximado de cien personas entre personal cualificado de ingeniería y dirección de obra y personal técnico de instalación. Por otra parte, se indica que en la fase de explotación se requerirá personal de alto grado de especialización para las labores de mantenimiento del parque eólico durante los próximos 25 años.

- Se estima que la generación de energía eléctrica que producirá será de 22,71 GWh/año.

- Otro factor socio-económico que conlleva la construcción y explotación del parque viene determinado por las transferencias periódicas a las entidades locales a través de ingresos por arrendamientos de terrenos o concesión de licencias.

Dichas estimaciones se consideran muy significativas y relevantes para el desarrollo del municipio de Fuentes de Ebro en el que se localiza el parque eólico, de 4.554 habitantes, ubicado en la delimitación comarcal de Zaragoza, además de su influencia positiva en los municipios cercanos

Sin perjuicio del positivo impacto socio-económico y territorial del proyecto citados, hay que resaltar que en la tercera subasta de régimen retributivo especifico, celebrada el 26 de julio de 2017 en la que se subastaron 5.036,921 MW de potencia, la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." resultó adjudicataria de un total de 6,000 MW de la tecnología eólica (Código de Identificación de la Instalación Tipo de Referencia: ITR-0103), no asociados a ninguna instalación concreta, según recoge la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 650/2017, de 16 de junio, y en la Orden ETU/615/2017, de 27 de junio.

Por Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el "Boletín Oficial del Estado", número 247, el 13 de octubre de 2017, se inscribieron en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación las solicitudes adjudicatarias de la citada subasta, figurando entre ellas, la mercantil O.M.M.H.S.A, con una potencia de 6.000 Kw.

Asimismo, la mercantil ha aportado documentación referida a la identificación ante el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital del parque eólico de "Roden" como una de las instalaciones presentadas para completar la potencia inscrita en estado de preasignación.

En consecuencia, dado que el proyecto de parque eólico está vinculado a una empresa que ha resultado adjudicataria en la subasta estatal, nos hallamos ante un proyecto de inversión que cumple los criterios establecidos por el Gobierno de Aragón en su acuerdo de 14 de febrero de 2017 para poder declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable. Como se indica en el acuerdo, la finalidad no es otra que atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales al ofrecer una tramitación administrativa preferente y urgente que favorece y facilita la implantación de sus proyectos.

Por otra parte, dicha inversión cumple los objetivos de favorecer tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés. Cabe afirmar, en consecuencia, que el proyecto de inversión presentado reúne los requisitos para que pueda ser declarado de interés estratégico para Aragón al amparo del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre.

Así se ha considerado por la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que, tras analizar el proyecto, ha emitido un informe de carácter favorable a la declaración como inversión de interés autonómico de los mismos, al considerar que "el proyecto de inversión del parque eólico Rodén (6 MW) y de sus infraestructuras de evacuación en el término municipal de Fuentes de Ebro en la provincia de Zaragoza, que debe ser tramitado y autorizado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cumple el criterio interpretativo 2 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de febrero de 2017 del Gobierno de Aragón por el que se adoptan criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables".

En virtud de lo expuesto, en aplicación de los criterios interpretativos establecidos por el Gobierno de Aragón en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 y con la finalidad de cumplir el doble objetivo señalado en el mismo de continuar con el desarrollo de políticas públicas para el crecimiento de la energía de origen renovable en Aragón y de facilitar la implantación de proyectos de energías renovables en el territorio de Aragón, se considera necesario proceder a declarar el citado proyecto de parque eólico y sus infraestructuras de evacuación, como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón.

Dicha declaración, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la ejecución y desarrollo del proyecto tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado decreto-ley en materia de urbanismo y medio ambiente. La declaración no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones necesarias, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.

Por otra parte, la declaración se halla condicionada a que el proyecto que tiene su origen en la condición de adjudicataria de la tercera subasta estatal de O.M.M.H.S.A, se mantenga como instalación identificada e inscrita en el registro de régimen retributivo específico.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado decreto-ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. En el presente caso, es competente para el impulso del procedimiento correspondiente el Departamento que lo sea por razón de la materia, en el presente caso, el Departamento de Economía, Industria y Empleo (artículo 7.2).

En consecuencia, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 13 de julio de 2018, se adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Declarar como inversión de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, el siguiente proyecto de parque eólico, incluidas sus infraestructuras de evacuación, con una potencia total de 6 MW, promovido por la mercantil "Operación y Mantenimiento de Minicentrales Hidráulicas, S.A." (O.M.M.H.S.A):

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón",