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RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2019, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria de concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (122018).

Publicado el 20/05/2019 (Nº 95)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 17 de julio de 2018, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 151, de 6 de agosto de 2018, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (122018).

La Comisión de Valoración designada, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, ha puntuado los méritos alegados por los solicitantes del concurso y efectuado propuesta de adjudicación al candidato con mayor puntuación.

En ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios con mayor puntuación que figuran en la relación que se acompaña como anexo único a la presente Resolución.

Segundo.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos de trabajo tomarán posesión de su nuevo destino en el plazo de tres días hábiles si radica en la misma localidad, o de un mes si radica en localidad distinta. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución. A tales efectos, y en lo referido al cálculo de retribuciones, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018.

Tercero.- Los destinos adjudicados por medio de la presente Resolución son irrenunciables, y los traslados que implican tienen la consideración de voluntarios.

Cuarto.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en los concursos que se convoquen para la provisión de vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el plazo de los dos años siguientes a la toma de posesión de aquél, salvo que sean removidos de los mismos o que opten, únicamente, a puestos del mismo Departamento. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.10 de la referida Ley de Presupuestos, los adjudicatarios no podrán desempeñar provisionalmente, en comisión de servicios de carácter voluntario, otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo cuando se vaya a desempeñar un puesto de trabajo clasificado como de libre designación

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 26 de abril de 2019.

La Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

M.ª ARÁNTZAZU MILLO IBÁÑEZ