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ORDEN PRI/1610/2021, de 20 de octubre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Sociedad Estatal de Acción Cultural, SA, en el marco de celebración de la Exposición Universal Dubai 2020 (1 de octubre de 2021-31 de marzo 2022).

Publicado el 02/12/2021 (Nº 246)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2021/1/0035, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 14 de octubre de 2021, por la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Sociedad Estatal de Acción Cultural, SA, y de conformidad con lo dispuesto en los apartados 5 y 6 del artículo 151 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón". Zaragoza

, 20 de octubre de 2021.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y LA SOCIEDAD ESTATAL DE ACCIÓN CULTURAL, SA, EN EL MARCO DE CELEBRACIÓN DE LA EXPOSICIÓN UNIVERSAL DUBAI 2020 (1 DE OCTUBRE DE 2021-31 DE MARZO 2022)

En Zaragoza y Madrid, 14 de octubre de 2021.

De una parte, D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cuyo nombre y representación actúa, autorizado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de septiembre de 2021.

Y de otra parte, D. José Andrés Torres Mora, en nombre y representación de la Sociedad mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, con CIF: A81553521, con domicilio social en la calle José Abascal, 4, de Madrid (28003) en su calidad de Presidente de la misma, en uso de las facultades delegadas en su favor y que ejerce según consta en la escritura de poder otorgada ante el notario de Madrid, D. Carlos Huidobro Arreba, bajo el número de orden de su protocolo 277, de fecha 3 de marzo de 2020; en adelante, AC/E.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal para la firma del presente convenio y, a tal efecto,

I. Que la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA. (en adelante AC/E), es la entidad encargada de la planificación, organización y ejecución de las exposiciones, eventos e iniciativas de difusión y promoción de las culturas de España que contribuyan a la promoción de las mismas, tanto en al ámbito nacional como internacional, y particularmente con motivo de conmemoraciones de personas, obras y acontecimientos destacados.

II. Que, en consonancia con lo anterior, AC/E, a la fecha de celebración de este convenio, tiene encomendada la ejecución del Pabellón de España en la Exposición Universal Dubai 2020, que se celebrará en la ciudad de Dubai (Emiratos Árabes Unidos) del 1 de octubre de 2021 al 31 de marzo de 2022, para lo que ha firmado el contrato de participación con su Organizadora.

III. Que Expo Dubai 2020, organizada bajo el lema "Connecting minds, creating the future" ("Conectar Mentes, Construir el Futuro") es una Exposición Universal, máxima categoría para este tipo de eventos, que convocará a más de 200 países y organizaciones internacionales.

IV. Que bajo el lema "Inteligencia para la Vida", el Pabellón de España mostrará la pujanza española en todos los órdenes y, especialmente, en línea con el subtema de Sostenibilidad escogido, en el campo del desarrollo sostenible y la innovación.

V. Que entre los objetivos que se ha marcado AC/E, como entidad responsable de la ejecución y gestión del Pabellón de España en Expo Dubai 2020, está el de fomentar y facilitar la presencia tanto a las instituciones como al sector empresarial, permitiendo así un mayor y mejor aprovechamiento de los recursos que, además, proporcione beneficios futuros.

VI. Que, con este fin, el Pabellón de España ofrecerá distintos espacios dotados técnicamente para acoger las actividades que se desarrollen a lo largo de los seis meses de duración, tanto a iniciativa de AC/E como de sus entidades colaboradoras.

VII. Que AC/E considera prioritaria la presencia en el Pabellón de España de las Comunidades Autónomas como plataforma privilegiada para el desarrollo y promoción, entre otras, de sus actividades de carácter cultural y turístico, presentación de su riqueza gastronómica, de sus productos y del desarrollo tecnológico y empresarial, especialmente en el campo del desarrollo sostenible y la innovación.

VIII. Que la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante, la Comunidad), de acuerdo con el artículo 96 del Estatuto de Autonomía de Aragón, impulsará su proyección en el exterior y promoverá sus intereses en dicho ámbito. Además, la Comunidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene competencias en distintas materias que inciden en los ejes fundamentales sobre los que se articula la Expo de Dubai 2020, como la protección del medio ambiente, la agricultura, el turismo, la investigación, el desarrollo e innovación científica y tecnológica, entre otras.

Particularmente, la Comunidad tiene especial interés en mantener activo el legado de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008, celebrada bajo el lema "Agua y desarrollo sostenible". Destaca la Tribuna del Agua como uno de los principales legados inmateriales de la Expo 2008, como propuesta de pensamiento, reflexión, debate y encuentro de soluciones en relación con el agua y la sostenibilidad. En ella se recopilan y sintetizan conocimiento universal para contribuir a reorientar y mejorar los modelos y sistemas vigentes en materia de agua y desarrollo sostenible para el siglo XXI, todo ello bajo la óptica de la innovación.

IX. Que la Comunidad ha desarrollado en los últimos años actuaciones a través de la iniciativa "Ebro 2030" para recuperar varios elementos del espíritu de la Expo, como la capitalidad internacional del Agua y el ODS 6 de la Agenda 2030. Entre las actuaciones, destaca la celebración de la European Water Innovation Conference, coorganizada con la Comisión Europea en diciembre de 2019, en la que se desarrolló un experimento de inteligencia colectiva para involucrar a miles de estudiantes de toda España en el diseño de políticas europeas de agua y sostenibilidad. Dicho experimento científico se vinculó con la conferencia COP25 y puede ampliarse en el marco de la Exposición Universal de Dubai 2020.

X. Que la Comunidad acepta el ofrecimiento de AC/E y desea estar presente en el Pabellón de España en la Exposición Universal de Dubai 2020 durante los días pactados con AC/E de común acuerdo.

XI. Que ambas partes deciden suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer y canalizar la participación y presencia de la Comunidad en el Pabellón de España en Expo Dubai 2020, para lo cual, las partes acuerdan los días 21 a 26 de marzo de 2022 para la organización y programación de actos de la Comunidad.

AC/E y la Comunidad acuerdan celebrar y programar conjuntamente los actos del Día de Honor de Aragón en el Pabellón de España, que se fija para el día 22 de marzo de 2022.

En estas fechas, la Comunidad podrá utilizar las instalaciones del Pabellón, de acuerdo con el programa y disponibilidad que AC/E determine al efecto, a fin de realizar las siguientes actividades y actos que, de forma general, se enuncian a continuación:

Presentación institucional de Aragón, con representantes políticos y algunos agentes clave de la región en el marco de la sostenibilidad y la inteligencia colectiva, tanto del ámbito empresarial, como social e investigador. Esa presentación se podrá realizar de forma presencial o remota.

Debate técnico sobre el legado de la Tribuna del Agua con personas expertas en aspectos como políticas ambientales y de innovación a nivel internacional, estatal y regional, emprendimiento, territorios inteligentes de agua, etc. Este debate se podrá realizar de forma presencial o remota.

Experimento científico de inteligencia colectiva en el que podrán intervenir -a través de la plataforma online desplegada a tal efecto- miles de estudiantes de España y de Dubai para priorizar de forma colectiva políticas relacionadas con el ODS 6 de la Agenda 2030.

Segunda.- Programación definitiva de la Comunidad.

Las partes acuerdan remitirse a la Comisión de seguimiento que se regula en la cláusula quinta del presente convenio para determinar, entre otros, los siguientes aspectos de la celebración de las actividades, información mínima imprescindible para su adecuada preparación y celebración:

Sobre la dotación disponible y ofertada por AC/E, necesidades de la Comunidad para la celebración de sus actividades: espacio/os preferente/es y requerimientos técnicos y recursos a proporcionar por AC/E.

Recursos técnicos y humanos a proporcionar por la Comunidad.

Días de utilización y fechas de entrada y salida.

Relación de las actividades, calendario, descripción, público al que se dirige, duración, franjas horarias y periodicidad en caso de tratarse de una actividad que se repita a lo largo de los días de presencia de la Comunidad.

Aspectos relativos a los requerimientos logísticos relativos a la Organizadora.

Cualquier otro aspecto cuya previsión sea necesaria para asegurarse su cumplimiento, en especial, los servicios que precise de terceros y/o proveedores (empresa adjudicataria del servicio de restauración y tienda del Pabellón de España y empresa de gestión de personal, entre otros).

El calendario definitivo de actividades y los aspectos antes mencionados deberán ser acordados por las partes con la suficiente antelación y previsión que permita su preparación y coordinación por AC/E, como entidad responsable de la ejecución del Pabellón de España.

Desde la firma del convenio, y a lo largo de su vigencia, AC/E informará a la Comunidad de las actualizaciones en la normativa impuesta por la Organizadora, ajena a la voluntad y responsabilidad de AC/E, que afecte a la celebración de sus actividades (logística de entrada y salida al recinto de productos no comestibles y de alimentos y bebidas, delimitación y manejo de productos autorizados, etc.).

Asimismo, la Comunidad informará a AC/E de la/as modificaciones que en su caso se produzcan sobre lo pactado en la Comisión de seguimiento que afecten a su gestión como responsable de la gestión del Pabellón de España y único interlocutor válido con la Organizadora.

Tercera.- Financiación de las actividades de la Comunidad.

La financiación de las actividades que promueva la Comunidad se realizará con cargo a su presupuesto, debiendo tener presente lo establecido a continuación:

Los traslados y alojamientos de los representantes y delegaciones de la Comunidad serán organizados y financiados por ella misma. AC/E podrá sugerir, si así lo desea la Comunidad, los servicios de empresas que colaboren con el Pabellón de España, sin que en ningún caso recaiga responsabilidad alguna, ni directa ni subsidiaria sobre AC/E.

Las necesidades de personal local, azafatas/os, etc. que se requieran para el ejercicio de las actividades a realizar por la Comunidad serán coordinadas y financiadas por la propia Comunidad. AC/E facilitará el listado de los profesionales y empresas autorizados para prestar los servicios a la Comunidad en las instalaciones del Pabellón de España.

En el supuesto de que al efecto, la Comunidad obtenga patrocinios o colaboraciones, éstos deberán ser compatibles con los patrocinadores y colaboradores del Pabellón de España, por lo que previamente AC/E deberá aprobar la participación de los patrocinadores de la Comunidad, con el fin de evitar un conflicto de intereses.

Cuarta.- Coordinación institucional y difusión.

Ambas partes, en el marco de Expo Dubai 2020, se comprometen a:

Difundir, a través de sus respectivas Oficinas de Prensa y Comunicación, el establecimiento del convenio, así como el programa de acciones promocionales que se desarrollarán en el Pabellón de España en el marco del mismo. Las comunicaciones serán acordadas previamente entre las dos partes, no pudiendo ninguna de ellas realizar acción comunicativa sin el conocimiento ni consentimiento de la otra.

Establecer un enlace (link) en sus respectivos website.

Asimismo, AC/E se compromete a:

Facilitar a la Comunidad entradas a Expo Dubai 2020 en función del número que la Organizadora entregue a los países participantes.

Conceder un lugar visible y relevante al logotipo de cada Comunidad en las actividades que ésta organice en el Pabellón de España, o en colaboración con él. Igualmente, los soportes gráficos y publicitarios de tales actividades contendrán el logotipo del Pabellón de España junto al de la Comunidad organizadora.

Quinta.- Comisión de seguimiento.

Las partes firmantes acuerdan la creación de una Comisión de Seguimiento formada por dos representantes designados por cada una de ellas, con el fin de adoptar las decisiones necesarias para el desarrollo de las actividades establecidas en el presente convenio y resolver los conflictos que deriven de la interpretación del mismo.

La comisión se reunirá con la frecuencia que sus integrantes consideren necesaria y podrán asistir a sus reuniones las personas que en cada momento consideren oportuno los miembros de la comisión.

En caso de discrepancias entre los miembros de la Comisión de seguimiento, se someterá la solución de las mismas a la decisión de los que suscriben el presente convenio.

Sexta.- Asistencia recíproca.

Ambas partes acuerdan facilitarse asistencia recíproca al objeto de resolver satisfactoriamente cualquier clase de requisito administrativo, procedimiento o exigencia que deba ser cumplida, al objeto de lograr la ejecución adecuada de este convenio o de cualquier acuerdo relacionado con el mismo.

Séptima.- Vigencia y resolución anticipada.

1. El presente convenio mantendrá su vigencia hasta la completa realización de cuantas actuaciones sean precisas para su adecuado cumplimiento.

2. Serán causas de resolución del presente convenio:

El mutuo acuerdo de las partes firmantes.

La imposibilidad sobrevenida de cumplir los compromisos asumidos en el presente convenio.

El incumplimiento de las estipulaciones del convenio.

3. La Comisión de seguimiento analizará las posibles causas de resolución que pudieran plantear las partes, a los efectos de hallar una solución. Si ello no fuera posible, la resolución será instada por la parte afectada mediante comunicación escrita a la otra parte con quince días de antelación a la fecha en que se pretenda la extinción.

4. En todo caso, la resolución del convenio conllevará la extinción de las obligaciones asumidas por las partes firmantes, en relación con las actuaciones objeto de este convenio.

Octava.- Régimen jurídico y solución de controversias.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, por lo que sus cláusulas se regirán por el derecho administrativo.

Para la solución de cualquier cuestión litigiosa sobre la existencia, validez, interpretación y ejecución del presente convenio, las partes intentarán por todos los medios resolver las discrepancias existentes. De no llegar a ningún acuerdo, las diferencias se someterán a la jurisdicción competente.

Y en prueba de conformidad, los firmantes suscriben este convenio en un único acto, y por duplicado ejemplar, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.