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ORDEN PRE/61/2017, de 4 de enero, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y la Universidad de Zaragoza, para la promoción y apoyo a la participación a las empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación.

Publicado el 06/02/2017 (Nº 24)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/4/0045 el convenio suscrito, con fecha 14 de octubre de 2016, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo, y Presidenta del IAF, y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 4 de enero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO (IAF), PARA LA PROMOCIÓN Y APOYO A LA PARTICIPACIÓN A LAS EMPRESAS ARAGONESAS EN PROYECTOS EUROPEOS E INTERNACIONALES DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

En Zaragoza, 14 de octubre de 2016.

D.ª Marta Gastón Menal, en su condición de Presidenta del Instituto Aragonés de Fomento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del citado Instituto. Se encuentra facultada para este acto en virtud de Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 11 de octubre de 2016.

D. José Antonio Mayoral Murillo, en nombre y representación de la Universidad de Zaragoza, en ejercicio de su cargo de Rector, para el que fue nombrado por Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón. Se encuentra facultado para este acto en virtud de la representación legal señalada en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 62 del Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, modificados por Decreto 27/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón.

Las partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir el presente convenio, y a tal efecto

I. Que la Universidad de Zaragoza (en adelante, UNIZAR) tiene entre sus objetivos la promoción y el apoyo a la participación de sus investigadores en los distintos programas europeos e internacionales de investigación e innovación, con especial atención al programa Horizonte 2020.

II. El Instituto Aragonés de Fomento (en adelante, IAF) se ha configurado como canalizador del papel incentivador que corresponde a los poderes públicos en el desarrollo económico regional, teniendo entre sus objetivos generales el favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón, la creación y consolidación del empleo y el reequilibrio territorial.

III. Que un factor clave para el desarrollo económico de una determinada zona es su capacidad de generar conocimiento, difundirlo, actualizarlo y aplicarlo de forma continua, innovando en productos y servicios. Por este motivo, es importante seguir apostando por fomentar el desarrollo de las actividades de I+D+i. Estas actividades tienen un coste elevado, por lo que es importante aprovechar al máximo las fuentes de financiación disponibles.

Una de las más importantes es el programa Horizonte 2020 de la Unión Europea, principal instrumento europeo para apoyar la innovación en nuestras empresas durante todo el periodo 2014-2020, con un presupuesto cercano a los 80.000M€. El programa de investigación e innovación puesto en marcha por la Unión Europea tiene el objetivo de estimular avances, descubrimientos y primicias a nivel mundial, de manera que las grandes ideas puedan convertirse en productos de mercado.

H2020 se fundamenta en la implantación de tres pilares: abordar los principales retos sociales, promover el liderazgo industrial en Europa y reforzar la excelencia de su base científica.

Los objetivos estratégicos del programa Horizonte 2020 son los siguientes:

a) Crear una ciencia de excelencia que permita reforzar la posición de la UE en el panorama científico mundial.

b) Desarrollar tecnologías y sus aplicaciones para mejorar la competitividad europea.

c) Investigar en las grandes cuestiones que afectan a los ciudadanos europeos.

La atención se centra en siete áreas esenciales para una vida mejor: salud, alimentación y agricultura, incluyendo las ciencias del mar, energía, transporte, clima y materias primas, sociedades inclusivas y seguridad.

Los resultados se dirigen a resolver problemas concretos de los ciudadanos. Como por ejemplo, el envejecimiento de la sociedad, la protección informática o la transición a una economía eficiente y baja en emisiones de carbono.

La participación en el programa marco se basa en competir con los mejores y en la mayoría de las veces con actividades en consorcio (grupos de investigación, empresas y usuarios).

IV. También son de gran interés, especialmente para el desarrollo de clústeres empresariales, los programas de cooperación y desarrollo regional Interreg. Dichos programas, tanto en su vertiente transfronteriza, como transnacional o interregional, permiten diseñar e implementar políticas regionales y programas de una forma más efectiva en los campos de la investigación e innovación, competitividad de las pymes, economía baja en carbono, lucha contra el cambio climático y medioambiente, y eficiencia de recursos.

V. Los programas europeos son altamente competitivos, con tasas de éxito que no superan el 15%. Asimismo, la presentación de propuestas a las convocatorias europeas es un proceso complejo que exige un gran conocimiento de los procedimientos y complejidades de la tramitación ante los organismos europeos. Este hecho, junto con las barreras idiomáticas, hace que muchas empresas/clústeres desistan de presentar propuestas a este tipo de programas, perdiéndose oportunidades de generar nuevos conocimientos y obtener retornos económicos importantes.

VI. En el pasado VII Programa Marco, la Universidad de Zaragoza aglutinó en torno a ella y coordinó a los principales centros de investigación de Aragón, formando una plataforma de prestación de servicios para incrementar y mejorar la presentación de propuestas a los programas europeos. Esta plataforma se denominó "Red Aragón VII PM". De esta forma, las entidades integradas en la misma incrementaron de forma significativa en la mayor parte de los casos los proyectos y recursos de I+D. A nivel empresarial, los retornos en el mismo periodo fueron por contra inferiores a los de periodos anteriores.

VII. El Instituto Aragonés de Fomento y la Universidad de Zaragoza firmaron en 2015 un convenio para la promoción y apoyo a la participación a las empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación por importe de cincuenta mil euros (50.000 €). Esta colaboración ha permitido difundir, formar y asesorar a diversas empresas en aspectos concretos sobre proyectos europeos, destacando las 10 jornadas de formación realizadas con más de 300 asistentes y el asesoramiento a 20 empresas para la presentación de propuestas.

VIII. Los datos de los dos primeros años del programa Horizonte 2020, donde ha estado vigente el convenio firmado con la universidad, son altamente positivos para Aragón. Se ha incrementado la participación regional sobre el retorno nacional en 0,8 puntos hasta situarse en el 2,60%. De este retorno, el 40,60% corresponde a empresas (36) de las que el 81% son pymes.

No obstante, todavía es posible mejorar los retornos obtenidos y la tasa de éxito de las propuestas presentadas; de hecho, el objetivo debería ser el 3,13%, porcentaje que representa el PIB regional del total español. Para ello, es fundamental mejorar la estructura, claridad y atractivo de las propuestas, y ajustar su encaje con los criterios de evaluación de las distintas convocatorias.

La Universidad de Zaragoza es la entidad aragonesa con mayor número de propuestas aprobadas (17) y lideradas (4) de toda la Comunidad Autónoma, liderando el retorno obtenido (21,70%) por Aragón en el actual Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Unión Europea H2020.

Para el crecimiento y mejora de la competitividad de los clústeres, fundamentales en el desarrollo económico regional, es necesaria su internacionalización y participación en proyectos consorciados de I+D+i. En este sentido, la universidad, como agente básico del Ecosistema de Innovación Aragonés, forma parte la mayor parte de los clústeres aragoneses calificados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo como agrupaciones de empresas innovadoras, convirtiéndose en catalizador y acelerador de los procesos de capacitación y aprendizaje de los clústeres.

IX. Que IAF y UNIZAR están interesados en mantener dicha colaboración para promover la participación de empresas y clústeres aragoneses en proyectos europeos internacionales de investigación e innovación, con especial atención al programa Horizonte 2020 e Interreg.

X. Que, en consecuencia, las partes acuerdan establecer, a través de este convenio, las condiciones que han de regir el marco de colaboración específico entre las instituciones para la promoción y apoyo a la participación a las empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación.

Por todo ello, las partes firmantes acuerdan las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre UNIZAR y el IAF, para promover la participación de empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de I+D+i, especialmente en el programa Horizonte 2020 e Interreg, con los siguientes objetivos:

a) Incrementar la participación de los clústeres y empresas aragonesas en proyectos europeos.

b) Alcanzar un retorno económico de esa participación y promover el acceso a la financiación europea para el desarrollo de proyectos de I+D+i.

c) Incrementar y consolidar la interacción de entidades aragonesas con otros agentes relevantes en Europa.

Segunda.- Compromisos de la Universidad de Zaragoza.

UNIZAR se compromete a llevar a cabo actuaciones encaminadas a promover la participación de empresas aragonesas en convocatorias de proyectos europeos e internacionales de I+D+i, como:

- Identificación de convocatorias susceptibles para participación por empresas aragonesas, en línea con la Estrategia de Especialización Inteligente de Aragón RIS3 y los 7 clústeres aragoneses calificados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo como agrupaciones de empresas innovadoras.

- Elaboración de una ficha para cada una de las convocatorias identificadas, con ejemplos de proyectos aprobados anteriormente en dichas líneas de financiación.

- Elaboración de una relación de empresas (pymes) y organizaciones que puedan acogerse a las oportunidades de financiación detectadas.

- Difusión y asesoramiento a las pymes identificadas sobre las convocatorias definidas de interés para su participación.

- Apoyo directo a dichas empresas para la identificación de socios y consorcios en relación a las convocatorias expuestas.

Tercera.- Compromisos del Instituto Aragonés de Fomento.

El IAF se compromete a identificar y facilitar la comunicación entre UNIZAR y las empresas aragonesas con el fin de llevar a cabo las actuaciones descritas.

Asimismo, el IAF identificará las demandas científico-tecnológicas de los clústeres aragoneses, con vistas a la presentación de propuestas a proyectos europeos. Dichas necesidades, se trasmitirán a la universidad para poder estudiar el encaje dentro de su cartera de oferta tecnológica, favoreciendo así la transferencia de tecnología y contribuyendo de este modo a la aplicación y comercialización de los resultados de la I+D generada en la universidad.

El IAF se compromete a preparar una propuesta dentro de las convocatorias dirigidas especialmente a entidades u organizaciones de desarrollo regional. Dicho proyecto, tendrá dentro de sus objetivos dar cobertura a alguna de las necesidades o líneas de actuación de la Universidad de Zaragoza.

El IAF destinará a la financiación del objeto establecido en la cláusula primera de este convenio y las actuaciones descritas en la cláusula anterior hasta un máximo de 30.000 €, sin que dicho máximo pueda exceder del 80% del coste total de la actividad a subvencionar, y se destinarán a financiar, entre otros, los gastos derivados de la contratación y gastos de funcionamiento de un gestor de proyectos europeos para empresas. Este gestor se integrará en la Universidad de Zaragoza y trabajará, de manera coordinada, con el personal, tanto de la Oficina de Proyectos Europeos, como de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación de UNIZAR, para el desarrollo de las actividades descritas en la cláusula segunda. A los efectos previstos en el artículo 34 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se podrá imputar como costes indirectos de la actividad subvencionada el 15% del coste total a percibir en el convenio, de conformidad con la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley 1/2016, de 28 de enero, por la que se aprueban los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016.

En caso de que el importe de los gastos realizados en el ámbito de este convenio sea inferior a la cifra establecida en la presente cláusula, la subvención será proporcional a la inversión o gasto realizado y justificado.

No serán objeto de financiación, ni los gastos financieros ni los intereses de demora que se produzcan en la realización de la actuación.

Cuarta.- Comisión de seguimiento.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se podrá constituir una comisión de seguimiento formada por dos miembros de cada una de las dos entidades. En UNIZAR, los integrantes de la comisión serán nombrados por el Rector de la Universidad de Zaragoza y en el IAF, serán nombrados por su Director Gerente.

La comisión tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio. Se reunirá siempre que lo solicite una de las partes. En su primera reunión, la comisión elegirá a las personas que la presidan y que levanten actas de sus reuniones. Al final de cada año, elaborará una memoria de actividades.

A efectos del llevar a cabo el seguimiento de la ejecución de las actividades objeto del presente convenio y con el fin de evaluar sus resultados, se establecen unos objetivos vinculados a las actuaciones descritas en la cláusula segunda. Estos objetivos aparecen recogidos en el anexo I al presente convenio.

Quinta.- Plazo para la realización de las actuaciones y su justificación.

Los gastos relativos a las actuaciones que debe realizar UNIZAR establecidas en el presente convenio deberán llevarse a cabo antes del 31 de diciembre de 2016, admitiéndose gastos desde 1 de enero de 2016. El plazo para justificar la realización de las actuaciones y el pago de los gastos subvencionables finalizará el 28 de febrero de 2017.

Sexta.- Justificación y pago.

UNIZAR, de manera previa a la realización del pago por parte del IAF, deberá acreditar a éste la siguiente documentación mediante original o copia compulsada:

- Certificado de la Universidad de Zaragoza, aceptando la subvención, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la firma del presente convenio. Declaración del representante de la Universidad de Zaragoza de no estar la actuación financiada con otra subvención o, en caso de estarlo, que las actuaciones que se presenten al IAF no han sido subvencionadas.

- Fotocopia del CIF.

- Certificado bancario acreditativo del número de cuenta en la que se hará el ingreso.

- Declaración jurada de no estar incurso/a en las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- Poderes o cualquier otra documentación que acredite capacidad suficiente del representante de la entidad.

- La Universidad de Zaragoza deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente. La firma de este convenio conllevará la autorización al Instituto Aragonés de Fomento para recabar los certificados que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones.

Las condiciones para ser beneficiario deberán mantenerse hasta el momento del pago de la ayuda. Cualquier variación, deberá ser comunicada por parte del beneficiario al Instituto Aragonés de Fomento en el momento que se produzca.

La ejecución de la actuación subvencionable se justificará mediante la presentación de la siguiente documentación:

1. Escrito, firmado por el beneficiario o por quien ostente su representación, en el que se relacione los documentos aportados, y en el que se especifiquen los datos del beneficiario.

2. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

3. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de la factura, importe, fecha de emisión y fecha de pago.

b) Facturas y/o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil, o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, y los justificantes de pago.

c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, así como fotocopia compulsada de las mismas.

d) Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el artículo 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

El pago de la subvención se hará efectivo por parte del IAF una vez que la UNIZAR haya justificado que ha ejecutado las actuaciones subvencionadas objeto del presente convenio.

Séptima.- Compatibilidad.

La financiación contemplada en el presente convenio será compatible con otras subvenciones de carácter público sin perjuicio de lo establecido en la cláusula tercera. En ningún caso, la suma de las subvenciones otorgadas a la actuación que es objeto del convenio podrá sobrepasar podrá sobrepasar el 80% del coste total de la actividad a subvencionar. La financiación será satisfecha previa justificación del importe de las inversiones y gastos imputables a la actuación subvencionada establecida en el presente convenio.

Octava.- Destino.

UNIZAR vendrá obligada a justificar que la subvención ha sido destinada a la ejecución del objeto establecido en el presente convenio y en la cuantía que fue otorgada; para ello, presentará al Instituto Aragonés de Fomento la documentación solicitada en la cláusula quinta.

Novena.- Vigencia.

La duración del presente convenio será hasta la completa realización de las actuaciones previstas y, en cualquier caso, como fecha límite el 31 de diciembre de 2016.

Décima.- Comprobaciones.

El IAF se reserva el derecho a llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas. A tal fin, UNIZAR se compromete a proporcionar al IAF, diligentemente, toda la información que se le solicite.

Undécima.- Responsabilidad.

El Instituto Aragonés de Fomento queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del desarrollo y realización de las actuaciones contempladas en este convenio.

En ningún caso, podrá considerarse que el IAF tiene relación alguna con UNIZAR ni con su personal, de forma que no podrá exigírsele responsabilidad laboral directa, indirecta o subsidiaria derivada de la realización de las actuaciones del objeto del presente convenio.

Duodécima.- Modificación, resolución del convenio

Será causa de resolución del presente convenio:

1. El incumplimiento, por parte de cualesquiera de las partes intervinientes, de las obligaciones esenciales contenidas en sus cláusulas.

2. Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento en alguna de sus cláusulas, salvo que, de común acuerdo entre las partes, se modifique su sentido.

El incumplimiento por causas directamente imputables a la actuación de UNIZAR, exceptuándose la fuerza mayor, de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente convenio eximirá al IAF del compromiso de abonar las cantidades pendientes, quedando obligada UNIZAR a restituir las cantidades ya percibidas más los intereses de mora generados.

Decimotercera.- Incumplimiento.

El incumplimiento de las condiciones anteriormente expuestas dará lugar a que se declare al beneficiario decaído en sus derechos, reservándose el IAF el ejercicio de las oportunas acciones legales y judiciales que correspondan.

Decimocuarta.- Reintegro.

UNIZAR estará obligada a reintegrar las cantidades percibidas y el interés de demora desde el momento del pago de la ayuda, en los supuestos establecidos a este efecto en la normativa vigente.

Decimoquinta.- Protección de datos.

Los datos personales tratados en el marco de este convenio serán incorporados y tratados en un fichero cuya finalidad es la recogida de información y documentación necesaria para la tramitación de las subvenciones concedidas por el Instituto Aragonés de Fomento. El órgano responsable de fichero es el Instituto Aragonés de Fomento y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004-Zaragoza; todo lo cual, se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Conforme a lo establecido en la Resolución de 16 de julio de 2001, de la Universidad de Zaragoza, reguladora de los ficheros de datos de carácter personal de la Universidad, publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 13 de agosto de 2001, los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerán mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, a través del Registro General de la Universidad, o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimosexta.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa siendo de los previstos en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se halla excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la mencionada norma, estando sujeto a lo previsto en esa ley y, de manera supletoria, en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este convenio, que tiene naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se canaliza la concesión directa de una subvención, encontrando su fundamento en el artículo 22.2, apartado c), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Al presente convenio, le será de aplicación la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016.

Las controversias que se planteen en materia de subvenciones serán resueltas de acuerdo con la normativa aplicable a dicha materia y conforme a los procedimientos previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

Y en prueba de conformidad con lo manifestado, las partes intervinientes firman, por duplicado el presente documento, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.

ANEXO I

CUADRO DE OBJETIVOS

- Identificación de al menos 25 convocatorias susceptibles de participación por empresas aragonesas y elaboración de su correspondiente ficha.

- Elaboración de una relación de pymes y organizaciones (clústeres), con un mínimo de 40, que puedan acogerse a las oportunidades de financiación detectadas.

- Difusión y asesoramiento a un mínimo de 20 empresas u organizaciones identificadas, sobre las convocatorias definidas de interés para su participación, y apoyo directo a dichas empresas para la identificación de socios y consorcios, en relación a las convocatorias expuestas.

- Presentación de un mínimo de 6 propuestas con participación de empresas aragonesas a convocatorias de programas europeos.

- Identificación de 5 demandas científico-tecnológicas de los clústeres aragoneses con encaje en la cartera de oferta tecnológica de la universidad.

- Preparación de una propuesta, dentro de las convocatorias de desarrollo regional, que dé cobertura a alguna línea de actuación de la Universidad de Zaragoza.