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RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2020, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de Jefe/a de Grupo de Cocina en el Hospital Universitario Miguel Servet.

Publicado el 11/08/2020 (Nº 158)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Zaragoza II, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 71.1 de dicha norma reglamentaria, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto vacante de Jefe/a de Grupo de Cocina en la plantilla orgánica del Hospital Universitario Miguel Servet, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

Denominación: Jefe/a de Grupo de Cocina.

Sistema de provisión: Libre designación.

Adscripción orgánica: Dirección de Gestión y SS.GG. del Sector de Zaragoza II.

Adscripción funcional: Jefe de Servicio de Hostelería.

Jornada de Trabajo: Tarde.

Nivel de complemento de destino: 19.

Funciones:

Sustituirá al Jefe de Grupo de Cocina del turno mañanas en su ausencia, lo que implica un cambio de turno en esos días.

Asesoramiento al Jefe de Servicio de Hostelería en los diferentes concursos públicos relativos a los productos para su uso en cocina.

Ayuda al Jefe de Servicio en la realización del diseño de la dieta basal de los menús de invierno y verano.

Armoniza con el Jefe de Servicio las dietas terapéuticas aprobadas en la Comisión de Nutrición y con la Unidad de Dietética y Nutrición. Coordina la realización de los diferentes platos de los menús. Recetario de platos. Mantenimiento, actualización y difusión al resto de cocineros. Propuesta al Jefe de Servicio de nuevos platos o procedimientos para el menú.

Control del número de dietas y mercancía necesaria para la correcta asignación de los productos de alimentación a los menús diarios.

Control del abatimiento de la temperatura de todos los productos restaurados no utilizados.

Control de las cintas de emplatado a efectos de indicar cantidad de la ración y presentación de los platos.

Coordina con el Jefe de Servicio los diferentes test de calidad realizados en cocina: desbarasado, comedores, u otros test que el Jefe del Servicio determine.

Realización de las planillas semanales de trabajo de los cocineros en los turnos asignados.

Control de la información de las incidencias producidas en el turno de tarde o fines de semana a efectos de su corrección.

Participación en los diferentes Grupos de Trabajo creados en el Servicio.

En el turno de tarde, es el responsable máximo de todas las tareas y funciones en Cocina. Además, deberá coordinar sus actuaciones con respecto a las realizadas en turno de mañana y dará conocimiento de todo lo ocurrido en dicho turno a efectos del discurrir coordinado de la Cocina. Será un cocinero más a la hora de elaborar los segundos platos.

Y, en general, todas aquellas actividades relacionadas con su ejercicio profesional que, dentro su ámbito de actuación, le sean encomendadas por los correspondientes responsables.

Desempeño: temporal en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Aragonés de Salud, y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

Retribuciones: las correspondientes al personal estatutario del puesto convocado.

Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo que se encuentre prestando servicios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud, en plaza de alguna de las categorías de personal estatutario de Gestión y Servicios encuadradas en los Subgrupos C1 o C2, siempre que reúna los requisitos generales especificados en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Igualmente podrá participar el personal temporal que cumpla los requisitos generales señalados en el apartado anterior y esté prestando servicios en alguna de dichas categorías en el Hospital Universitario Miguel Servet.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia del Sector de Zaragoza II. Las solicitudes podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, y breve currículum académico, profesional y formativo. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal del Sector Zaragoza II.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante Resolución de la Gerencia del Sector de Zaragoza II, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios del Sector, situado en el Hospital Universitario Miguel Servet, en la planta baja junto al Servicio de Personal, una vez haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a la Gerencia de Sector de Zaragoza II la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto cuya provisión ahora se convoca. Dicha propuesta sólo podrá recaer en personal temporal si se motiva la inexistencia de candidato idóneo entre quienes concurran al procedimiento ostentando la condición de personal fijo.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia de Sector de Zaragoza II dictará la resolución definitiva del procedimiento que será publicada también en dicho diario oficial. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado Resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la Resolución de la Gerencia de Sector de Zaragoza II que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto convocado.

El nombramiento para el puesto convocado tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público en el "Boletín Oficial de Aragón", se publicarán en el tablón de anuncios oficial del Sector de Zaragoza II, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 22 de julio de 2020.

El Gerente de Sector de Zaragoza II,

LUIS CALLÉN SEVILLA