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RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2020, del Director General de Economía, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de la fusión por absorción de la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón" a la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC)".

Publicado el 13/02/2020 (Nº 30)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

Examinada la documentación presentada por la Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, para la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de la fusión por absorción de la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón" a la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC)"; así como de los nuevos estatutos de la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón" y la composición del Patronato tras la fusión, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón y el Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones, así como la Orden de 16 de abril de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, referente al funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma, constan los siguientes hechos:

Primero.- La Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón (Fundación CAI, en adelante) fue constituida en escritura pública número 2180, de 19 de diciembre de 2013, otorgada ante el Notario de Zaragoza D. Augusto Ariño García-Belenguer, e inscrita, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 13 de enero de 2014, del Consejero de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón, en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón con el número 350/I, siendo su CIF G50000819.

La aprobación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de Reestructuración y Resolución de entidades de crédito condujo a que el 12 de diciembre de 2013 la asamblea general, en sesión celebrada con carácter extraordinario, de la Caja de Ahorros de la Inmaculada acordase su transformación en una fundación de carácter especial y la renuncia a su condición de entidad de crédito.

En fecha 26 de junio de 2014, el Patronato de la Fundación CAI acordó la transformación en fundación ordinaria, en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de Cajas de ahorros y fundaciones bancarias.

La publicación de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones bancarias de Aragón, viene a completar el marco normativo en el que se desenvuelve la actividad de la Fundación CAI, atendiendo a lo dispuesto en su disposición adicional primera.

En particular el protectorado y registro de la Fundación Caja de la Inmaculada se sujetan a lo dispuesto en el capítulo VI de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones bancarias de Aragón, siendo por ello que corresponde el protectorado al Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de economía.

La Fundación CAI tiene como fines crear, fomentar y sostener obras sociales, especialmente para favorecer la asistencia e inclusión social de personas vulnerables o en riesgo de exclusión, así como impulsar el desarrollo económico, social y cultural de Aragón.

Segundo.- La Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC) (Fundación CAI-ASC, en adelante) fue constituida en escritura pública número 224, de 27 de enero de 2000, otorgada ante el Notario de Zaragoza D. Fernando Gimeno Lázaro, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón con el número 83/I, siendo su CIF G50832211.

El Protectorado de esta Fundación es desempeñado por el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales de acuerdo al Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y crea el Registro de Fundaciones.

La Fundación tiene como fines la creación, realización, fomento y desarrollo de actividades sociales, culturales y cívicas en su sentido más amplio.

Tercero.- Los respectivos Patronatos de ambas Fundaciones, en sendas reuniones celebradas el 12 de junio de 2019, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de la Fundación CAI (Fundación absorbente) de la Fundación CAI- ASC (Fundación absorbida).

En esas misma reuniones se aprobaron los informes emitidos por cada una de las Fundaciones y los estatutos por los que se regirá la Fundación absorbente.

Cuarto.- No existe en los estatutos de ambas Fundaciones prohibición de los fundadores para la fusión de la misma.

Quinto.- Mediante Orden de 2 de agosto de 2019, del Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, en tanto que Protectorado de la Fundación CAI-ASC, mostró la no oposición a la fusión de la Fundación de CAI-ASC y la Fundación CAI, incorporando aquélla a esta última.

Posteriormente, y en ejercicio de las competencia como Protectorado de la Fundación CAI, el Director General de Economía del Gobierno de Aragón emitió Resolución de 26 de septiembre de 2019, por la que se manifiesta la no oposición a la fusión de la Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón y la Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC).

Sexto.- En fecha 13 de noviembre de 2019, se ha otorgado escritura pública número 3574 ante el Notario de Zaragoza D. Augusto Ariño García- Belenguer para formalizar la fusión de las fundaciones "Fundación CAI" y "Fundación CAI-ASC", mediante la absorción de la segunda por la primera, adquiriendo ésta en bloque a título de sucesión universal todos los elementos patrimoniales integrados en el activo y en el pasivo de la Fundación CAI-ASC

Ascendiendo la dotación fundacional, íntegramente dineraria, de la Fundación CAI tras la fusión al valor de 1.201.012,10€, atendiendo al balance específico agregado de la fusión e incorporado a la escritura pública número 3574 "Fusión por absorción".

Séptimo.- Los estatutos de la Fundación surgida tras la fusión son los que constan en la escritura pública número 3574 ante el Notario de Zaragoza D. Augusto Ariño García- Belenguer de fusión por absorción

En consecuencia, el domicilio de la Fundación queda trasladado a la calle San Braulio, 5-7, en el Centro Joaquín Roncal, Zaragoza, de acuerdo a la nueva redacción del artículo 2 de los estatutos de la Fundación resultante de la fusión por absorción.

Atendiendo al artículo 6 de los nuevos estatutos de la Fundación surgida tras la fusión por absorción, los fines de la misma son crear, fomentar y sostener obras sociales; y desarrollar acciones dirigidas a favorecer la asistencia e inclusión social de personas vulnerables o en riesgo de exclusión, siguiendo el espíritu de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, así como impulsar el desarrollo económico, social y cultural de Aragón.

Octavo.- El Patronato de la Fundación absorbente, tal y como consta en la escritura de la fusión por absorción número 3574, a la que se ha hecho referencia en los puntos anteriores y en la escritura pública número 3575, de elevación a público de acuerdos del Patronato de la Fundación, en particular la aceptación de cargos, otorgada en Zaragoza ante el Notario D. Augusto Ariño García-Belenguer, queda integrado por las siguientes personas:

D. Juan Álvarez Aranaz, en condición de Presidente; D. José Miguel Echarri Porta, en condición de Vicepresidente primero; D. José Luis Casao Barrado, en condición de Vicepresidente segundo; D.ª María Teresa Gabás Trigo, en condición de Secretaria; y como vocales D. Rafael Alcázar Crevillén; D. Juan Manuel Blanchard Galligo; D.ª Marta De Miguel Esponera; D. Javier Moreno Merino; D. Enrique Mur Saura; D. Carlos Revuelta Villalba y D. José Antonio Rojo Martínez.

Así mismo se cesa como Secretario no patrono de la Fundación absorbente a D. Juan María Pemán Gavín.

También consta como Consiliario no patrono D. Santiago Daniel Aparicio Felipe, con funciones de asesoramiento y apoyo al Presidente y al Patronato, pudiendo asistir a las sesiones del mismo, a petición propia o por invitación del Presidente.

Según los estatutos de la Fundación el plazo o duración del cargo será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

Fundamentos de derecho

Primero.- El artículo 30 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones establece que las fundaciones, siempre que no lo haya prohibido el fundador, podrán fusionarse previo acuerdo de los respectivos Patronatos, que se comunicará al Protectorado.

Habiendo comprobado los respectivos Protectorados de la Fundación CAI (Fundación absorbente) y de la Fundación CAI-ASC (Fundación absorbida) el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en este artículo 30 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, así como en el artículo 37 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, emitieron la no oposición a la fusión por razones de legalidad, de acuerdo a lo expuesto en el apartado quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.- Asimismo, atendiendo al artículo 30 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, y al artículo 37 del Reglamento de fundaciones, la fusión requiere del otorgamiento de escritura pública, la cual se ha formalizado a través de la escritura número 3574 otorgada en Zaragoza a 13 de noviembre de 2019, ante el Notario D. Augusto Ariño García- Belenguer.

Dicha escritura contiene los estatutos de la Fundación resultante de la fusión, así como la identificación de los miembros de su primer Patronato. Consta asimismo el acuerdo de fusión aprobado por los respectivos patronatos, el informe justificativo de la fusión también aprobado por ambos Patronatos, así como el último balance anual aprobado de cada una de la Fundaciones fusionadas.

Finalmente la fusión requiere de su inscripción en el Registro de Fundaciones, por ello y con base en lo hasta aquí expuesto y en virtud de las competencias atribuidas como Protectorado de la fundación resultante de la fusión, el Director General de Economía de acuerdo al artículo 25.1 de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón, en relación con el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y por el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con el artículo 7 del Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la estructura orgánica del anterior Departamento de Economía, Industria y Empleo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de la escritura de la fusión por absorción por la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón" (Fundación absorbente) de la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC)" (Fundación absorbida), de conformidad con el contenido de la escritura pública otorgada el 13 de noviembre de 2019, ante el Notario D. Augusto Ariño García- Belenguer (número de protocolo 3574).

Dicha inscripción se llevará a cabo en la hoja registral abierta a la Fundación absorbente que mantendrá su mismo número de registro, 350/I.

En consecuencia, se procederá a la correlativa cancelación de los asientos registrales referentes a la "Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón- Acción Social Católica (CAI-ASC)"

Segundo.- Ordenar la inscripción de la modificación de los nuevos estatutos de la Fundación CAI tras la fusión por absorción incorporados a la escritura pública número 3574, otorgada ante el notario D. Augusto Ariño García-Belenguer, el 13 de noviembre de 2019, en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón. En dichos

estatutos consta el nuevo domicilio social en San Braulio, 5-7, en el Centro Joaquín Roncal, Zaragoza.

Los fines de la Fundación son crear, fomentar y sostener obras sociales; y desarrollar acciones dirigidas a favorecer la asistencia e inclusión social de personas vulnerables o en riesgo de exclusión, siguiendo el espíritu de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, así como impulsar el desarrollo económico, social y cultural de Aragón.

Tercero.- La dotación fundacional resultante de la Fundación CAI tras la fusión está compuesta por la suma de las dotaciones de la Fundaciones fusionadas, ascendiendo al valor de 1.201.012,10€, íntegramente dineraria y totalmente desembolsada

Cuarto.- Ordenar la inscripción del nuevo Patronato de la Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, conforme a la escritura pública número 3575 de elevación a público de acuerdos del Patronato de la Fundación en la que consta la aceptación de los cargos, cuya composición es la siguiente:

Presidente: D. Juan Álvarez Aranaz.

Vicepresidente primero: D. José Miguel Echarri Porta.

Vicepresidente segundo: D. José Luis Casao Barrado.

Secretaria: D.ª María Teresa Gabás Trigo.

Vocales: D. Rafael Alcázar Crevillén.

D. Juan Manuel Blanchard Galligo.

D.ª Marta De Miguel Esponera.

D. Javier Moreno Merino.

D. Enrique Mur Saura.

D. Carlos Revuelta Villalba.

D. José Antonio Rojo Martínez.

Quinto.- Proceder a la notificación de la presente Resolución a la Fundación Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, así como su la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Planificación y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 14 de enero de 2020.- El Director General de Economía, Luis Lanaspa Santolaria.