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EXTRACTO de la Orden IIU/562, de 4 de mayo, por la que se modifica la Orden de 12 de febrero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el año 2014.

Publicado el 15/06/2016 (Nº 114)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 308814.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Se modifica el apartado sexto "Prórroga del contrato" que queda redactado en los siguientes términos:

"1. La prórroga del contrato para las anualidades siguientes se formalizará con las características señaladas en el apartado anterior y con una duración de un año a partir de la fecha de finalización del contrato anterior.

2. A efectos de esta prórroga, el personal investigador en formación contratado deberá elaborar un informe de seguimiento científico-técnico, referido a la actividad desarrollada en la anualidad correspondiente, tal y como dispone el apartado decimoséptimo, al que adjuntará su curriculum vitae actualizado.

La prórroga exigirá informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa

3. El centro beneficiario deberá presentar los citados informes dos meses antes de la finalización de la correspondiente anualidad de contrato ante el Servicio de Gestión de Investigación e Innovación.

La prórroga exigirá informe favorable del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.

4. El Servicio de Gestión de la Investigación e Innovación, de acuerdo con el informe del Consejo Asesor, formulará la propuesta de resolución, que expresará la relación de solicitantes para los que se propone la autorización de la prórroga del contrato.

5. La autorización de la prórroga de los contratos corresponderá al titular del departamento competente en materia de investigación e innovación y, de acuerdo con ella, el centro deberá presentarla ante el citado Servicio durante la última mensualidad de la anualidad".

Segundo.- Eficacia.

Esta Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 4 de mayo de 2016.- La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, Pilar Alegría Continente