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ORDEN de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente y se somete a los trámites de audiencia e información pública la modificación número 1 del proyecto de reparcelación del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logístico-Industrial y Centro de Transportes de Fraga.

Publicado el 22/12/2021 (Nº 258)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

El Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logístico-industrial y Centro de Transportes de Fraga fue aprobado de conformidad con la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, mediante Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el 13 de diciembre de 2005 y publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 16 de diciembre de 2005, mediante Orden de 14 de diciembre de 2005, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

El mencionado Proyecto Supramunicipal, desde su aprobación, ha sufrido tres modificaciones, habiéndose aprobado recientemente la modificación número 3 de carácter no sustancial, mediante Orden VMV/1218/2021, de 17 de septiembre, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 203, de 30 de septiembre de 2021.

El Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logístico-industrial y Centro de Transportes de Fraga (Huesca), fue aprobado mediante Orden de 28 de mayo de 2010, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 117, de 16 de junio de 2010, estando inscrito en el Registro de la Propiedad de Fraga.

Suelo y Vivienda de Aragón, SLU, (en adelante SVA) en fecha 1 de diciembre de 2021, ha presentado solicitud acompañada de propuesta de modificación número 1 del proyecto de reparcelación de la mencionada Plataforma que deriva de la modificación número 3 del Proyecto Supramunicipal y afecta a tres manzanas ubicadas en el primer tercio de la plataforma.

Corresponde al consejero del departamento competente en materia de ordenación del territorio, conjuntamente con los consejeros de los departamentos colaboradores y conforme a los procedimientos establecidos en la legislación urbanística, la aprobación de planes o proyectos complementarios o modificados, así como de los expedientes relativos a cualesquiera instrumentos de gestión precisos para la ejecución del Plan o Proyecto de Interés General de Aragón en aplicación de lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

Asimismo, el procedimiento para la aprobación de un proyecto de reparcelación se contempla en la legislación urbanística, en concreto en el artículo 147 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, que se remite a las reglas del artículo 68 y conforme al cual debe realizarse la aprobación inicial, sometimiento del expediente a información pública y audiencia a los interesados por plazo mínimo de un mes.

Vistos los antecedentes mencionados y de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón; en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, Decreto 34/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, y demás normativa aplicable, resuelvo:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación número 1 del proyecto de reparcelación de la Plataforma Logístico-industrial y Centro de Transportes de Fraga.

Segundo.- Someter a los trámites de información pública y audiencia de los interesados la propuesta de modificación por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", a fin de que puedan presentarse las alegaciones oportunas.

Para ello, la modificación número 1 del proyecto de reparcelación de la Plataforma Logístico-industrial y Centro de Transportes de Fraga estará a disposición del público, en el siguiente enlace:

https://www.aragon.es/-/plataforma-fraga-reparcelacion-modificacion1

Tercero.- Facultar al Director General de Ordenación del Territorio para llevar a cabo el impulso de la tramitación del procedimiento.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2021.- El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.