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EXTRACTO de la Orden CDS/1182/2018, de 27 de junio, por la que se convocan subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de prevención de la violencia contra la mujer con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial.

Publicado el 13/07/2018 (Nº 135)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 405840

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán tener la condición de beneficiarias de esta línea de subvenciones, las entidades que tengan entre sus finalidades la atención integral de mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial, víctimas de violencias.

Segundo.- Objeto.

Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, para realizar actuaciones dirigidas a la prevención y protección de las mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial que sufran cualquier tipo de violencias y sean realizadas desde el 1 de enero de 2018 hasta el 15 de noviembre de 2018.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CDS/954/2018, de 1 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de mujer, ("Boletín Oficial de Aragón", número 113, de 13 de junio de 2018), así como en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable en materia presupuestaria y de subvenciones.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía de esta convocatoria es de 50.000 euros.

La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 25.000 euros, conforme con el artículo 35 de la Orden CDS/954/2018, de 1 de junio. Para determinar la cuantía individualizada de la subvención se tendrán en cuenta los criterios objetivos de valoración del apartado décimo y el baremo del apartado duodécimo.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde día siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

2. La solicitud, acompañada de la documentación precisa, y dirigida a la Directora del Instituto Aragonés de la Mujer se presentará en el Registro del Instituto Aragonés de la Mujer, o bien en cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.- Otros datos.

La entidad solicitante deberá presentar la documentación que se especifica en la orden de convocatoria.

Zaragoza, 27 de junio de 2018.- La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto Cosculluela.