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RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Administración de Justicia, por la que se convocan las bolsas de funcionarios interinos de los Cuerpos Nacionales de Médicos Forenses, Facultativos, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Ayudantes de Laboratorio y Auxilio Judicial, al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 19/09/2013 (Nº 185)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Mediante Resolución de 31 de mayo de 2013 ("Boletín Oficial de Aragón", de 18-06-2013), la Dirección General de Administración de Justicia aprobó el procedimiento de selección, nombramiento y cese de funcionarios interinos, para cubrir puestos de los Cuerpos Nacionales de Médicos Forenses, Facultativos, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Ayudantes de Laboratorio y Auxilio Judicial, al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En aplicación de las previsiones contenidas en dicha resolución, y haciendo uso de las atribuciones que confiere a la Dirección General de Administración de Justicia el artículo 13.1.l) del Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, se procede a la convocatoria de las bolsas de funcionarios interinos de los referidos Cuerpos.

Por todo ello, esta Dirección General de Administración de Justicia, resuelve:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convocan las bolsas de funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Facultativos, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Ayudantes de Laboratorio y Auxilio Judicial, al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La convocatoria se regirá por lo establecido en la presente resolución, así como en la Resolución de 31 de mayo de 2013, antes citada, por la que se aprobó el procedimiento de selección, nombramiento y cese de interinos.

Artículo 2. Composición de las bolsas.

2.1. Cuerpos Generales.

Se constituirá una bolsa de ámbito territorial autonómico por cada uno de los Cuerpos Nacionales de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Los aspirantes deberán indicar en su solicitud los partidos judiciales en los que están interesados en prestar sus servicios, entendiéndose que, en caso de no ejercitar esta opción, solicitan todo el ámbito territorial autonómico.

2.2. Cuerpos especiales.

Se constituirá una bolsa de ámbito territorial autonómico para el Cuerpo de Médicos Forenses.

Los aspirantes a formar parte de la citada bolsa deberán indicar la provincia o provincias aragonesas en las que estarían interesados en prestar servicios, entendiéndose que, en caso de no ejercitar esta opción, solicitan todo el ámbito territorial autonómico.

Se constituirá, asimismo una bolsa de ámbito territorial autonómico para el Cuerpo de Facultativos (especialidad de Química y Drogas) y otra para el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio. Estas dos últimas bolsas corresponden a puestos de trabajo ubicados en el Instituto de Medicina Legal de Aragón, en su sede de Zaragoza.

3. Requisitos de los solicitantes.

Para acceder a las bolsas de interinos, los aspirantes deberán haberse presentado al primer ejercicio del último proceso selectivo del Cuerpo al que aspiran, y deberán cumplir a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, los requisitos generales y específicos para cada Cuerpo que se enumeran en el artículo 3 y 4 de la Resolución de 31 de mayo de 2013.

También podrán formar parte de las bolsas los aspirantes que hayan prestado servicios durante tres meses como funcionarios interinos en el Cuerpo al que se aspira, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución de 31 de mayo de 2013, excepto lo dispuesto en el artículo 3.1.h) de dicha resolución y se encuentren en la bolsa anterior en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias para la constitución de la actual bolsa.

Los aspirantes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial que, habiéndose presentado al primer ejercicio del último proceso selectivo, reúnan todos los requisitos establecidos en la Resolución de 31 de mayo de 2013, excepto el 3.1.h, por no superado al menos el 35 % de la puntuación máxima posible en el primer ejercicio del último proceso selectivo del Cuerpo al que aspira, y no les sea de aplicación lo previsto en el párrafo anterior, podrán formular solicitudes únicamente a efectos de formar parte de una lista de reserva que se utilizará en caso de agotamiento de la bolsa de dicho Cuerpo.

4. Solicitudes y documentación.

Los aspirantes deberán formular su solicitud utilizando el anexo I si se trata de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, o el anexo II en el caso de los Cuerpos de Médicos Forenses, Facultativos y Ayudantes de Laboratorio. Ambos modelos se adjuntan a la presente resolución. En caso de estar interesado en más de un Cuerpo deberá cumplimentarse una solicitud por cada uno de dichos Cuerpos.

Cada solicitud que se presente deberá ir acompañada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3 de la Resolución de 31 de mayo de 2013, de los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del D.N.I.

b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo.

c) En el caso de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, fotocopias compulsadas de los títulos acreditativos de los conocimientos en materia de ofimática, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2.

d) Documentación acreditativa de los méritos a baremar en los términos previstos en el artículo 6 de la Resolución de 31 de mayo de 2013. Los servicios prestados en la Administración de Justicia como funcionario interino se harán constar en la instancia, especificando el órgano judicial, cuerpo y los períodos de tiempo en que tuvieron lugar, aportando original o fotocopia compulsada del certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente en materia de personal especificando los periodos de tiempo en que tuvieron lugar. En el caso de los servicios prestados en órganos o unidades de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, bastará con hacerlos constar en la instancia, especificando el órgano judicial o unidad, Cuerpo y los periodos de tiempo en que tuvieron lugar. La Dirección General de Administración de Justicia verificará los datos aportados, examinando la documentación que obra en los expedientes de personal.

e) Certificado médico oficial que acredite que el solicitante no padece enfermedad o defecto psíquico o físico que le incapacite para el desempeño de un puesto de trabajo, excepto los que se encuentran trabajando como interinos en la Administración de Justicia en el momento de formular su solicitud.

f) En el caso de personas discapacitadas, documentación que acredite el grado de discapacidad, así como certificado, expedido por el órgano competente en la materia, de compatibilidad con las funciones que tenga atribuidas el Cuerpo correspondiente.

Los aspirantes a formar parte de los Cuerpos Generales deberán hacer constar en su instancia, a efectos de comprobación, si han superado al menos el treinta y cinco por ciento de la puntuación máxima posible en el primer ejercicio del último proceso selectivo. Asimismo indicarán las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de dicho proceso.

Los méritos o circunstancias no alegados en su solicitud y, en su caso, los no acreditados, no se tendrán en cuenta a la hora de la baremación.

5. Lugares y plazos de presentación.

La presentación de solicitudes podrá realizarse en el registro general del Gobierno de Aragón ubicado en el Paseo M.ª Agustín, 36, Edificio Pignatelli, 50004 de Zaragoza, dirigidas a la Dirección General de Administración de Justicia del Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, así como en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón.

Asimismo, podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en "Boletín Oficial de Aragón".

6. Valoración de las solicitudes y publicación de listas.

La valoración de las solicitudes y la correspondiente ordenación de las aspirantes que integren las distintas bolsas se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Resolución de 31 de mayo de 2013.

Se elaborarán unas listas provisionales, que serán publicadas en los lugares previstos en el artículo 7 de dicha resolución. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, desde el siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para efectuar las reclamaciones ante el órgano convocante.

Durante el plazo de alegaciones, los aspirantes que hayan sido seleccionados en las listas provisionales de interinos de más de una de las bolsas, deberán optar por la bolsa de la que deseen formar parte. De no hacerlo, se incluirán de oficio en la bolsa en la que ocupen mejor posición.

Finalizado dicho plazo, la Dirección General de Administración de Justicia procederá a la elaboración de las listas definitivas, que se publicarán en los mismos lugares que las provisionales.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 3 de septiembre de 2013.

La Directora General de Administación de Justicia

TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN