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DECRETO 52/2016, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la participación del Gobierno de Aragón en la "Fundación Universitaria Antonio Gargallo".

Publicado el 11/05/2016 (Nº 89)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón en su artículo 71. 40.ª la competencia exclusiva en materia de fundaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico, asistencial, deportivo y similares que desarrollen principalmente sus funciones en Aragón. Asimismo, el artículo 73 del citado Estatuto establece que la Comunidad Autónoma tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, incluyendo, en todo caso, la enseñanza universitaria.

La competencia en materia de enseñanza universitaria corresponde en la actualidad al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad en virtud de lo dispuesto por el artículo décimo del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia deL Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

La "Fundación Universitaria Antonio Gargallo" surgió por iniciativa de la Universidad de Zaragoza, al amparo del artículo 84 de la Ley Orgánica de Universidades, que permite a las mismas, para la promoción y desarrollo de sus fines y con la aprobación del Consejo Social, crear por si solas o en colaboración con otras entidades públicas o privadas otras personas jurídicas como pueden ser las fundaciones. Una de sus entidades colaboradoras con esta Fundación sería el Gobierno de Aragón.

El artículo 210 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Argón, en el Capítulo V "Del sector público universitario", dispone igualmente que la Universidad podrá crear por sí sola, o en colaboración con otras entidades, cualquier clase de personas jurídicas, exigiéndose para ello la aprobación por el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno.

Así, mediante el Decreto 59/2005, de 29 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la participación en la constitución de la "Fundación Universitaria Antonio Gargallo" publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", de 13 de abril de 2005, se autorizó la participación de la Comunidad Autónoma de Aragón en la Fundación Universitaria Antonio Gargallo.

Transcurrido el tiempo, el Gobierno de Aragón consideró conveniente dejar de formar parte de esa entidad sin perjuicio de su voluntad de continuar colaborando con ella en actuaciones tendentes a la promoción de los estudios universitarios. Concretamente, mediante el Decreto 88/2014, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, se produjo la autorización de la separación del Gobierno de Aragón en la citada Fundación.

Con fecha 1 de junio de 2015, se produjo la renuncia al cargo de patrono de la citada entidad ante el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de los representantes del Gobierno de Aragón.

Posteriormente, con el acuerdo del Patronato, que manifestó expresamente su deseo de la permanencia del Gobierno de Aragón, en la sesión de 12 de diciembre de 2014, mediante la manifestación del agradecimiento y satisfacción de la mayoría de sus miembros por esa presencia en el seno de la Fundación, el director de la Fundación Antonio Gargallo ha remitido un escrito de fecha 17 de septiembre de 2015 mediante el que se ha solicitado el retorno del Gobierno de Aragón al Patronato, nombrando para ello nuevos representantes que sustituyan a los que, en su día, renunciaron.

En este sentido hay que tener en cuenta que la participación tiene por objeto el fomento de fines y competencias universitarias tales como la promoción y fomento del estudio, la investigación, la transferencia de resultados, la calidad, la formación y la inserción de titulados universitarios, especialmente en la provincia de Teruel y su entorno socioeconómico. El Gobierno de Aragón pretende de nuevo tener entrada en la Fundación Universitaria Antonio Gargallo de la que también forman parte: la Universidad de Zaragoza, la Diputación provincial de Teruel, el Ayuntamiento de Teruel, la Caja Rural de Teruel, la Cámara de Comercio de Teruel, la Confederación de Empresarios de Teruel y el Ayuntamiento de Escucha, entidades todas estas, que están representadas en el Patronato de la entidad conforme a lo previsto en sus Estatutos, y que son sus entidades fundadoras.

De acuerdo con lo indicado y con los fines de la Fundación se considera adecuado la participación en la misma, en la medida que dichos fines confluyen con las competencias de este Departamento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del 3 de mayo de 2016.

DISPONGO:

Primero.- Autorizar la participación del Gobierno de Aragón en la "Fundación Universitaria Antonio Gargallo".

Segundo.- Esta participación no supondrá ninguna aportación económica inicial a la citada Fundación por parte del Gobierno de Aragón.

Tercero.- Designar como patronos de la Fundación en representación del Gobierno de Aragón a Doña Pilar Alegría Continente, Consejera de Innovación, Investigación y Universidad como Vicepresidenta del Patronato y a Don José Antonio Beltrán Cebollada, Director General de Universidades, como vocal del Patronato.

Cuarto.- Este Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de mayo de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad

PILAR ALEGRÍA CONTINENTE