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RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 28 de febrero de 2018, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 7200 plazas (864 UGM), ubicada en las parcelas 41 y 143 del polígono 514 del término municipal de Luna (Zaragoza), y promovida por Ezcaporc S.C. (Expte INAGA 500202/02/2018/02861).

Publicado el 02/07/2018 (Nº 126)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 15 de marzo de 2018 el promotor, Ezcaporc S. C., solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las construcciones existentes en la explotación por cambios surgidos durante su ejecución.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambienta, de 28 de febrero de 2018, se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 7200 plazas, equivalente a 864 UGM, ubicada en el polígono 514, parcelas 41 y 143, en el término municipal de Luna (Zaragoza) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 56, de 20 de marzo de 2018 (Expte: INAGA 500202/02/2017/04622).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en acomodar los cambios que han surgido durante la construcción de la granja, actualizando las dimensiones de las instalaciones de la explotación. Las instalaciones proyectadas eran las siguientes:

Cinco naves de cebo de dimensiones 75,90 x 15,72 m, una caseta grupo electrógeno y equipo de tratamiento aguas de dimensiones 10 x 6 m, una nave para vestuario y oficinas 6 x 5 m, dos casetas caldera calefacción y equipo tratamiento aguas de dimensiones 4 x 4 m, una balsa de purines de 5.700 m³, un depósito de agua de 403 m³ de capacidad, una fosa de cadáveres con una capacidad útil de 30 m³, vallado perimetral y vado sanitario de dimensiones 9 x 4 m y una profundidad de 0,3 m.

Finalmente, las instalaciones ejecutadas son:

Cinco naves para cebo iguales de dimensiones 76,11 x 15,72 m.; una caseta para el grupo electrógeno y equipo de tratamiento de agua de 11,60 x 4,60 m.; una caseta para vestuarios y oficina de 6 x 5 m.; dos casetas iguales para caldera de calefacción y equipo de tratamiento de agua de dimensiones de 4x4 m.; un depósito de agua con capacidad para 170 m³, una balsa de purines con un volumen útil de almacenamiento de 6200 m³, una fosa de cadáveres con un volumen útil de 30 m³, vallado perimetral y vado sanitario de dimensiones 9 x 4 m y una profundidad de 0,3 m.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 28 de febrero de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 7200 plazas (864 UGM), ubicada en las parcelas 41 y 143 del polígono 514 del término municipal de Luna (Zaragoza), y promovida por Ezcaporc S. C., en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 4.º de los antecedentes de hecho de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"Cuarto. Características de la instalación:

La explotación a ampliar obtuvo licencia municipal ambiental de actividad clasificada por Resolución del Ayuntamiento de Luna, de 22 de abril de 2015, para 2.000 plazas, cuyas instalaciones consistían en una nave para ganado, vestuario-oficina, depósito de agua, balsa de purines, fosa de cadáveres, badén de desinfección y vallado perimetral, que al no haberse ejecutado a la solicitud de la presente ampliación, se anulan, se sustituyen e integran en las que constan en la autorización ambiental integrada.

Las instalaciones objeto de autorización ambiental integrada y evaluación de impacto ambiental son:

Cinco naves para cebo iguales de dimensiones 76,11 x 15,72 m.; una caseta para el grupo electrógeno y equipo de tratamiento de agua de 11,60 x 4,60 m.; una caseta para vestuarios y oficina de 6 x 5 m.; dos casetas iguales para caldera de calefacción y equipo de tratamiento de agua de dimensiones de 4x4 m.; un depósito de agua con capacidad para 170 m³, una balsa de purines con un volumen útil de almacenamiento de 6200 m³, una fosa de cadáveres con un volumen útil de 30 m³, vallado perimetral y vado sanitario de dimensiones 9 x 4 m y una profundidad de 0,3 m".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 11 de junio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL