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ORDEN ECD/1000/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden ECD/902/2020, de 10 de septiembre, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales en la temporada deportiva 2019/2020.

Publicado el 21/10/2020 (Nº 210)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 23 de septiembre de 2020, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 190, la Orden ECD/902/2020, de 10 de septiembre, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales en la temporada deportiva 2019/2020.

El artículo 6 de dicha Orden dispone que podrán ser objeto de subvención los gastos que, estando directamente relacionados con la actividad subvencionada, es decir, correspondientes a la temporada 2019/2020, hayan sido realizados entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 y efectivamente pagados antes del 20 de noviembre de 2020.

Con carácter general, este es el período en que se generan los gastos correspondientes a una temporada deportiva. No obstante, en la temporada 2019/2020, y con motivo de la pandemia sanitaria generada por la COVID-19, el normal desarrollo de las competiciones se ha visto sustancialmente alterado. De hecho, algunas Reales Federaciones Deportivas Españolas han decidido reanudar la competición de dicha temporada deportiva en el presente mes de septiembre.

Esta situación implica que los gastos subvencionables realizados por aquellas entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales y cuya competición correspondiente a la temporada 2019/2020 se desarrolle, total o parcialmente, a partir del 1 de julio de 2020, quedan excluidos de la convocatoria de ayudas.

Por los motivos expuestos, y a la vista de la situación extraordinaria generada por la COVID-19, resulta necesario modificar el artículo 6 de la Orden ECD/902/2020, de 10 de septiembre, de modo que, respetando el período recogido en el artículo 55 de la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, puedan ser objeto de subvención gastos subvencionables que, correspondiendo a la temporada 2019/2020, hayan sido realizados con posterioridad al 30 de junio de 2020.

En virtud, de lo expuesto, vistas las disposiciones citadas y demás normas de general aplicación, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ECD/902/2020, de 10 de septiembre, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales en la temporada deportiva 2019/2020.

Se modifica el artículo 6, que queda redactado como sigue:

"Podrán ser objeto de subvención los gastos que, estando directamente relacionados con la actividad subvencionada, es decir, correspondientes a la temporada 2019/2020, hayan sido realizados entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 y efectivamente pagados antes del 20 de noviembre de 2020.

No obstante, en aquellas competiciones correspondientes a la temporada 2019/2020, cuyo desarrollo total o parcial se haya visto aplazado más allá del 30 de junio de 2020 como consecuencia de la pandemia sanitaria generada por la COVID-19, podrán ser objeto de subvención los gastos subvencionables realizados entre el 1 de julio de 2019 y el 19 de noviembre de 2020 y efectivamente pagados antes del 20 de noviembre de 2020".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 8 de octubre de 2020.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO