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ORDEN ECD/1739/2021, de 9 de diciembre, por la que se conceden subvenciones para la organización de eventos deportivos de interés regional en el ejercicio 2021.

Publicado el 22/12/2021 (Nº 258)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/1280/2021, de 29 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 211, de 13 de octubre de 2021), fueron convocadas ayudas para la organización de eventos deportivos de interés regional en el ejercicio 2021.

El objeto de dicha convocatoria es la concesión de ayudas económicas a entidades deportivas aragonesas para contribuir a ampliar el número y la calidad de los eventos y competiciones deportivas a celebrar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, para promover la práctica deportiva, la difusión y el equilibrio territorial de la misma, así como el estímulo del valor social del deporte en Argón

La convocatoria de las ayudas toma como marco regulador la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 3 de agosto de 2020).

Los posibles beneficiarios de esta convocatoria pública de ayudas son las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de Aragón que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiarias, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 6.2 de las bases reguladoras.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas fueron examinadas por la Comisión de Valoración, prevista en el artículo 11 de la convocatoria, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias del vigente ejercicio económico y a los criterios de concesión de las subvenciones previstos en el artículo 94 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte y en el artículo 9 de la propia convocatoria.

Se ha prescindido de la propuesta de resolución provisional, de acuerdo con el artículo 12 de la Orden de convocatoria, al no haberse tenido en cuenta otros hechos y pruebas que las aducidas por los interesados, por lo que se emitió la propuesta de resolución de carácter de definitiva por el órgano instructor en fecha 30 de noviembre de 2021.

Para la determinación de la cuantía individualizada de cada subvención, se dividió la disponibilidad presupuestaria existente (40.000 euros) entre el número total de puntos obtenidos por los beneficiarios (569 puntos), obteniendo así un precio por cada punto de 70,29 euros. Posteriormente, se procedió a multiplicar dicho precio/punto por los puntos obtenidos por cada beneficiario, obteniéndose así las cuantías individualizadas de cada una de las subvenciones, y teniendo en cuenta los límites establecidos en la convocatoria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y al artículo 93 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, las ayudas que se concedan a las entidades deportivas, no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

El pago de las ayudas se realizará siempre que la entidad deportiva siga manteniendo los mismos requisitos, que, en el momento de la solicitud de la ayuda y el resto de requisitos iniciales descritos en la convocatoria, y, en todo caso, con el cumplimiento de las obligaciones que comportan los citados pagos.

El pago de las ayudas a las entidades deportivas se realizará previa justificación de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y con el artículo 15 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, y con el artículo decimoctavo de la convocatoria.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta la Orden ECD/686/2021, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, modificada por la Orden ECD/423/2021, de 29 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 4 de mayo de 2021) y los criterios de la Orden ECD/1280/2021, de 29 de septiembre, por las que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de interés regional, modificada por la Orden ECD 1386/2021, de 21 de octubre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 29 de octubre de 2021) evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración, y vista la propuesta de resolución definitiva elevada por el órgano instructor del procedimiento, en uso de las competencias que legalmente me han sido atribuidas, resuelvo:

Conceder las subvenciones relacionadas en la tabla de valoración del anexo I de la presente Orden, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECD/1280/2021, de 29 de septiembre, por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de interesa regional en el ejercicio 2021, y de acuerdo con lo expresado en la tabla de puntuación y distribución de las entidades deportivas, (anexo II y III) y las limitaciones de las cuantías de conformidad al anexo V. La cuantía total de las subvenciones concedidas asciende a 29.617,43 euros, (veintinueve mil seiscientos diecisiete euros con cuarenta y tres céntimos), a satisfacer con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/480729/91002.

De acuerdo con el artículo 10 de la convocatoria, las entidades deportivas limitadas en su cuantía por sobrepasar el 50 % del coste total del proyecto subvencionable son: AD Club Voleibol Zaragoza (Fase de ascenso a 1.ª división nacional masculina), Club Ciclista Oscense (Memorial Mariano Cabrero), Club Maristas de Zaragoza (Fase sector Campeonato de España juvenil masculino de balonmano) y el Real Zaragoza Club de Tenis (Mutua Madrid Open sub 16)

De igual forma las subvenciones limitadas a 2.500 € por tratarse de competiciones de eventos de carácter nacional, son: Club Ciclista Oscense (Challenge B-Guara), Club Ciclista Edelweiss (Campeonato de España BTT DH), Club Ciclista Edelweiss (Campeonato de España BTT XCO XCE), Club de Orientación Ibón (Campeonato de Orientación a pie) y el Real Zaragoza Club de Tenis (Campeonato de España junior).

De conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 10.2 de la Orden de convocatoria, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionable, la entidad deportiva afectada por esta limitación es la Real Zaragoza Club de Tenis (Torneo de Tenis Warriors Tour 2021 y Circuito Nacional de Tenis Marca Jóvenes Promesas)

No se propone ayuda para las entidades deportivas relacionados en anexo IV, por los motivos allí expuestos.

Los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones de transparencia en los términos del artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

De acuerdo con el artículo cuarto de la convocatoria, podrán ser objeto de subvención los gastos subvencionables realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021 y efectivamente pagados antes del 13 de noviembre de 2021.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 9 de diciembre de 2021.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO