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EXTRACTO de la Orden EPE/745/2020, de 31 de julio, por la que se convocan para el año 2020 las subvenciones por prórrogas de Agentes de Empleo y Desarrollo Local reguladas en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de colaboración del Instituto Aragonés de Empleo con las entidades locales.

Publicado el 14/08/2020 (Nº 161)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 515590

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/515590).

Primero.- Beneficiarios.

1. De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras establecidas en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre, podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en ésta Orden, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y las comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como las entidades dependientes o vinculadas a los mismos, siempre que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y su titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.- Objeto.

1. Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2020, las subvenciones por prórrogas de AEDL reguladas en el Capítulo V de la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de AEDL en el ámbito de colaboración del Instituto Aragonés de Empleo con las entidades locales.

2. La finalidad de éste programa de subvenciones es financiar nuevos períodos de contratación de los AEDL que hubiesen sido subvencionados en el ejercicio anterior, quedando condicionado el otorgamiento de la correspondiente prórroga de la subvención al cumplimiento de los requerimientos establecidos, en su caso, por el Instituto Aragonés de Empleo, a la necesidad de dar continuidad al plan de acción que motivó el otorgamiento inicial y al cumplimiento de las condiciones establecidas en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre, tal y como establece el artículo 5.1 de la citada Orden.

Tercero.- Bases reguladoras.

Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se articulan en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 196, de 10 de octubre de 2016).

http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=929329823333

Cuarta.- Cuantía.

1. El presupuesto de 2020 de la Comunidad Autónoma de Aragón incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo dotación económica suficiente y adecuada para financiar el Programa de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con las entidades locales, para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.

2. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

3. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a seiscientos dos mil euros (602.000 €) y las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 51016/G/3221/460045/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo y denominada "Agentes de Empleo y Desarrollo Local".

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 58.4 y 5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, los créditos de esta convocatoria tiene carácter estimativo, por lo que podrán ser objeto de un incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito sin necesidad de nueva convocatoria, pero sí de la tramitación del procedimiento de su modificación y correspondiente publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será a lo largo de los dos meses naturales inmediatamente anteriores a aquel en que se produzca la finalización del periodo subvencionado anterior.

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de "Tramitador on line", disponible en la siguiente dirección electrónica https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-contratacion-agentes-empleo-desarrollo-local

Zaragoza, 31 de julio de 2020.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.