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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 18 de febrero de 2008, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para el proyecto de explotación porcina de producción de lechones hasta 2.230 cerdas con lechones, 335 cerdas de reposición y 8 verracos, en las parcelas 144 y 145, del polígono 9, del término municipal de Zuera (Zaragoza), ampliando la capacidad a 864 UGM, y promovida por Impoala 2008 Aragón, S.L. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2015/00779).

Publicado el 15/06/2015 (Nº 112)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 4 de febrero de 2015, se registra escrito en este Instituto, a instancias de Impoala 2008 Aragón, S.L., con CIF: B99132391, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial, aprobada por Resolución de 27 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 18 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 5 de marzo de 2008 (Número Expte. INAGA 500301/02/2007/03723).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 22 de febrero de 2010, se autorizó la modificación no sustancial consistente en el cambio de orientación productiva pasando a producción de lechones hasta 6 kg, con auto reposición, pasando a 701 UGM (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/01185).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 4 de noviembre de 2013, se actualizó y se modificó puntualmente la Resolución de 18 de febrero de 2008 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/05604).

Cuarto.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 27 de enero de 2015, se autorizó la modificación no sustancial consistente en el incremento de capacidad pasando a 864 UGM, variando la ejecución de varias edificaciones (Número de Expediente INAGA 500601/02/2014/12706).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 18 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de producción con una capacidad equivalente a 701 UGM, ubicada en el polígono 9, parcelas 144 y 145, en el término municipal de Zuera (Zaragoza), y promovida por Impoala 2008 Aragón, S. L, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

Los puntos 2 y 2.1 de la resolución quedarán sustituidos por los siguientes:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Impoala 2008 Aragón, S.L., con CIF: B99132391, para la instalación de una explotación porcina de producción de lechones hasta 6 kg, con una capacidad equivalente a 864 UGM, ubicada en el polígono 9, parcelas 144 y 145, del término municipal de Zuera (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS89 (huso 30) de X = 688.392 - Y = 4.644.410 - Z = 345 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales:"

El punto 2.1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: una nave de gestación confirmada/no confirmada, de dimensiones 124,14 x 21 m; una nave de gestación no confirmada, de 94,80 x 14,40 m; dos naves de gestación confirmada, de 110,50 x 21 y 90,40 x 20 m; dos naves de maternidad, de 97,96 x 28,20 m y 77,80 x 21,70 m; una nave de cebo, de 36 x 13 m; una nave de transición, de 58,12 x 18,70 m; una nave de cuarentena, de 24,20 x 14,50 m; verraqueras, de 12 x 6 m; cuarto de calderas y maquinaria, de 12,20 x 5,20 m; vestuarios, de 14,28 x 12,50 m y 6,30 x 5,25 m; un almacén, de 30,20 x 13,20 m; una balsa de purines con una capacidad útil de 4.375 m³; una fosa de cadáveres con capacidad útil para 80 m³; una balsa de agua con capacidad útil para 4.320 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 5 de mayo de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ