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ORDEN EIE/1020/2017, de 6 de julio, por la que se suspende la eficacia de la Orden EIE/807/2016, de 15 de julio, por la que se determina la aplicación de los criterios establecidos para fijar las fechas correspondientes a domingos y festivos de apertura autorizada en los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 21/07/2017 (Nº 139)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Por Orden de 28 de febrero de 2017, de la Consejera de Economía Industria y Empleo, se inicia el procedimiento de revisión de oficio de la Orden EIE/807/2016, de 15 de julio, por la que se determina la aplicación de los criterios establecidos para fijar las fechas correspondientes a domingos y festivos de apertura autorizada en los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón; iniciado a instancia de parte tras la solicitud realizada, en fecha 9 de diciembre de 2016, por la representación de la Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (CEMCA).

El procedimiento administrativo de revisión se encuentra en la fase de solicitud de dictamen al Consejo Consultivo de Aragón, trámite preceptivo de acuerdo con el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con la Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón.

Durante la instrucción del procedimiento se ha observado la concurrencia de causas de nulidad en la citada orden y, por extensión, en el apartado tercero de la Orden EIE/1056/2016, de 8 de agosto, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2017, en la Comunidad Autónoma de Aragón -sin perjuicio de lo que resulte en la finalización del procedimiento-, que implican que la eficacia de la misma produzca efectos perniciosos para la seguridad jurídica, causando perjuicios de difícil reparación al otorgar derechos extra legem a sus destinatarios y generando disfunciones en la determinación de los festivos que ampara la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y, con las facultades que me atribuye el artículo 55 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, acuerdo:

Primero.- Suspender la eficacia de la Orden EIE/807/2016, de 15 de julio, por la que se determina la aplicación de los criterios establecidos para fijar las fechas correspondientes a domingos y festivos de apertura autorizada en los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 4 de agosto de 2016, hasta que se dicte resolución expresa en el procedimiento de revisión de oficio contra la misma.

Segundo.- Suspender la eficacia del apartado tercero de la Orden EIE/1056/2016, de 8 de agosto, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2017, en la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 176, de 12 de septiembre de 2016, al derivar y ser una reproducción literal del apartado cuarto de la Orden EIE/807/2016, de 15 de julio, hasta que se dicte resolución expresa en el procedimiento de revisión de oficio contra la misma.

Tercero.- Ordenar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificación a la Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (CEMCA) como interesado en el procedimiento de revisión de oficio.

Cuarto.- Esta orden y, consecuentemente, la suspensión acordada, producirá efectos desde el mismo día de su publicación.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación de esta orden. Igualmente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día de la publicación de esta orden, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 6 de julio de 2017.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL