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DECRETO 169/2016, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, de un terreno sito en Villanueva de Gállego, para la ubicación de un Instituto de Educación Secundaria.

Publicado el 01/12/2016 (Nº 232)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Acuerdo adoptado el 2 de septiembre de 2016 el Pleno del Ayuntamiento de Villanueva de Gállego aprobó la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón de una parcela de 14.686,12 metros cuadrados situada en la Unidad de Ejecución 17 del Plan General de Ordenación Urbana de esa localidad para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.

Dicha transmisión de la titularidad ha sido acordada al amparo de lo previsto en el artículo 118 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, que prevé la posibilidad de ceder gratuitamente los bienes inmuebles patrimoniales a entidades públicas siempre que los fines que justifiquen la cesión redunden en beneficio de la población de la entidad local.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte ha informado favorablemente la aceptación de esta cesión puesto que las instalaciones docentes disponibles en la actualidad en dicho municipio son insuficientes para la prestación del servicio público educativo, resultando la parcela cedida adecuada, por su superficie y localización, para la ubicación de un nuevo equipamiento educativo.

La Dirección General de Administración Local ha tomado conocimiento de esta cesión, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales de Aragón.

El terreno ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de noviembre de 2016

DISPONGO

Primero.- Aceptación de la cesión gratuita

Se acepta la cesión gratuita del terreno que a continuación se describe, aprobada por el Ayuntamiento de Villanueva de Gállego, que pasará a integrarse en pleno dominio en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón:

Urbana. Parcela de catorce mil seiscientos ochenta y seis metros y doce decímetros cuadrados de superficie, situada en la Unidad de Ejecución diecisiete del Plan General de Ordenación urbana de Villanueva de Gállego, destinada a equipamientos de carácter público de acuerdo a lo fijado en el Planeamiento urbanístico de aplicación. Usos: equipamiento público. Edificabilidad: aquella que fuera necesaria para el cumplimiento de los fines fijados para la dotación pública. Linderos: Norte, vial de nueva apertura; Sur, zona verde ZV-2; Este, vial de nueva apertura; Oeste, vial de nueva apertura.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 13 de Zaragoza, al tomo 4648, Libro 151, folio 196, finca número 8542

Libre de cargas y de gravámenes

Referencia catastral: sin asignar

Valoración: veinticinco mil ciento trece euros con veintisiete céntimos (25.113,27 €).

Naturaleza: bien patrimonial

Segundo.- Destino y afectación

Este terreno se destinará a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria, debiendo cumplirse este destino en un plazo máximo de cinco años a contar desde la firma del documento administrativo de cesión y mantenerse durante los treinta años siguientes, produciéndose la reversión automática de la parcela a la Entidad Local con todas sus accesiones y mejoras realizadas en caso de incumplimiento o falta de uso del bien.

Este terreno deberá incorporarse al Inventario General del Patrimonio de Aragón, una vez inscrito a nombre de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación al servicio público de educación.

Tercero.- Formalización

De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del texto refundido de Ley del Patrimonio de Aragón, esta cesión gratuita se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública, y al Director General de Contratación, Patrimonio y Organización, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellas, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Cuarto.- Gastos e impuestos

Los gastos e impuestos que se deriven de la formalización de la cesión gratuita serán de cargo de la parte cesionaria.

Zaragoza, 22 de noviembre de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón, JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, FERNANDO GIMENO MARÍN