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RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2016, de la Gerencia de Urgencias y Emergencias del 061 Aragón, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefe de Equipo en el colectivo de telefonistas en la plantilla orgánica del Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia del 061 Aragón.

Publicado el 11/05/2016 (Nº 89)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Urgencias y Emergencias del 061 Aragón, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 71.1 de dicha norma reglamentaria, efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Jefatura de Equipo en la categoría de telefonista, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

Denominación del puesto: Jefe de Equipo Telefonistas adscrito al Centro Coordinador de Urgencias.

Sistema de provisión: Libre designación.

Adscripción orgánica y funcional: Dirección de Gestión y SSGG de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del 061 Aragón

Nivel de complemento de destino: 17

Turno: Rotatorio Mañana/Tarde/Noche

Funciones: Con carácter general, en el ámbito de su responsabilidad, llevar a cabo la ejecución de las instrucciones, dictadas por la Dirección de Gestión y SSGG, así como colaborar en la consecución de los objetivos que se establezcan para la unidad del Centro Coordinador de Urgencias en el colectivo de telefonistas. De manera más específica:

- Coordinación del colectivo de telefonistas adscritos al CCU en materia de organización y gestión del personal (permisos, licencias y vacaciones, calendarios anuales de la unidad, calendarios de vacaciones, sustituciones, cambios de turno, recuentos de jornada...)

- En relación con el sistema de calidad, participar en el ámbito de su responsabilidad y competencia en la elaboración, distribución de la documentación y asegurar su implantación y mantenimiento.

- Cualquier otra actividad que dentro de su responsabilidad y competencias le sea asignada por la Dirección de Gestión y SSGG.

Desempeño: Temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

Causas de cese en el puesto: Las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, antes citado.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario de Gestión y Servicios fijo o temporal que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Encontrarse prestando servicios en el Sector de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del 061 Aragón, en plaza de alguna de las categorías de personal estatutario de Gestión y Servicios encuadradas en el grupo C o D, de conformidad con lo exigido en la plantilla orgánica del Centro.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia del Sector de Urgencias y Emergencias del 061 Aragón. Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de Registro de dicha Gerencia (Avda. Navarra, 78, 2.ª planta. 50011 Zaragoza), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, un breve currículum académico, profesional, formativo y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto.

No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de la Gerencia del 061 Aragón.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia de Urgencias y Emergencias del 061 Aragón, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios de la dirección de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del 061 Aragón, una vez haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector del 061 Aragón la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Jefe/a de Equipo cuya provisión ahora se convoca.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", la Gerencia del 061 Aragón dictará resolución del procedimiento que será publicada también en dicho diario oficial. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se hay publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

Mediante resolución de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del 061 Aragón que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Jefe de Equipo convocado.

El nombramiento para el puesto de Jefe de Equipo tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público en el "Boletín Oficial de Aragón", se publicarán en el tablón de anuncios situado en el Dirección de la Gerencia del 061 Aragón, de conformidad con el artículo 59. 6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante al Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 8 de abril de 2016.- El Gerente de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del 061 Aragón, José Ignacio Castaño Lasaosa