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DECRETO 58/2013, de 16 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Jasa, de la Comarca de la Jacetania, para adoptar su escudo y bandera municipal.

Publicado el 24/04/2013 (Nº 79)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

El Ayuntamiento de Jasa, de la Comarca de La Jacetania, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 233/2008, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación y rehabilitación de escudos y banderas de los Municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 16 de abril de 2013,

Artículo único. Se autoriza al Ayuntamiento de Jasa, de la Comarca de La Jacetania, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

Escudo: Escudo cuadrilongo de base circular: en campo de azur, sobre cuatro ondas de azur y plata, cuatro cimas de montañas, de plata, surmontadas de una estrella, de ocho rayos de oro.

Bandera: Paño de proporciones 2/3 ancho por largo, de azur, y en su centro un losange, de azur, fileteado, de plata, de proporciones 4/6 de alto por 1/3 de ancho de la bandera, con los emblemas del escudo.

Zaragoza, 16 de abril de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Política Territorial e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ÓRIZ