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RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Cesur Zaragoza" de Zaragoza.

Publicado el 07/10/2020 (Nº 200)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de Cesur- Centro Superior de Formación Europa Sur S.A., solicitando la autorización de apertura y funcionamiento de un Centro Privado de Formación Profesional Específica que se denominaría "Cesur Zaragoza", situado en Avenida de Ranillas, número 5C, de Zaragoza.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, así como los emitidos por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento y material didáctico de cada uno de los ciclos formativos que se autorizan.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Autorizar la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Cesur Zaragoza".

Titular: Centro Superior de Formación Europa-Sur, S.A.

Código: 50019767.

Domicilio: Avenida de Ranillas, número 5C.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Enseñanzas que se autorizan:

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso 2020/2021, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Sexto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 28 de septiembre de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ