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RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo convocado por Resolución de 4 de abril de 2017, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre y turno de promoción interna.

Publicado el 03/09/2018 (Nº 170)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Por Resolución de 15 de noviembre de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se determina la composición del Tribunal calificador en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre y turno de promoción interna.

De conformidad con lo previsto en la base 5.1 de las Resolución de 4 de abril de 2017, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 75, de 20 de abril de 2017, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Designar Presidente titular, en lugar de D. José María Abad Diez, a D. Javier Marzo Arana.

Segundo.- Designar Presidente suplente, en lugar de D. Javier marzo Arana, a D.ª María Soledad Corbacho Malo.

Tercero.- Los miembros del Tribunal habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 21 de agosto de 2018.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN