Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría - Cardiología Pediátrica en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 26/10/2020 (Nº 213)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Advertidos errores en la Resolución citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 202, de 9 de octubre de 2020, se procede a corregir en los siguientes términos:

Primero.- Página: 22576.

Donde dice:

3. Requisitos de participación del personal estatutario.

3.1. El personal estatutario fijo que participe en este procedimiento de movilidad voluntaria, deberá ostentar el título de Médico Especialista en Pediatría expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y estar en posesión del Certificado de Acreditación en Cardiología Pediátrica que otorga la Sociedad Española de Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas (SECPCC) y/o experiencia acreditada en una unidad Cardiológica pediátrica de nivel alto o medio certificado conjuntamente por el Jefe de Servicio de la unidad correspondiente y por la Dirección Médica del Hospital.

Debe decir:

3. Requisitos de participación del personal estatutario.

3.1. El personal estatutario fijo que participe en este procedimiento de movilidad voluntaria, deberá ostentar el título de Médico Especialista en Pediatría expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y estar en posesión del Certificado de Acreditación en Cardiología Pediátrica que otorga la Sociedad Española de Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas (SECPCC) y/o experiencia acreditada en una unidad Cardiológica pediátrica de nivel alto o medio certificado conjuntamente por el Jefe de Servicio de la unidad correspondiente y por la Dirección Médica del Hospital. En este último caso, en ausencia de Certificado de Acreditación de la SECPCC, deberá acreditarse experiencia en cardiología pediátrica clínica (haber trabajado durante un mínimo de 2 años en un centro de nivel medio o alto con actividad quirúrgica y hemodinámica pediátricas sin incluir el periodo de formación MIR), ecocardiografía fetal, ecocardiografía transesofágica y hemodinámica pediátrica.

Segundo.- Página: 22577.

Donde dice:

4. Requisitos de participación del personal funcionario de carrera y laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4.1. El personal funcionario de carrera y laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que participe en esta convocatoria, deberá ostentar el título de Médico Especialista en Pediatría expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y estar en posesión del Certificado de Acreditación en Cardiología Pediátrica que otorga la Sociedad Española de Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas (SECPCC) y/o experiencia acreditada en una unidad Cardiológica pediátrica de nivel alto o medio certificado conjuntamente por el Jefe de Servicio de la unidad correspondiente y por la Dirección Médica del Hospital.

Debe decir:

4. Requisitos de participación del personal funcionario de carrera y laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4.1. El personal funcionario de carrera y laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que participe en esta convocatoria, deberá ostentar el título de Médico Especialista en Pediatría expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y estar en posesión del Certificado de Acreditación en Cardiología Pediátrica que otorga la Sociedad Española de Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas (SECPCC) y/o experiencia acreditada en una unidad Cardiológica pediátrica de nivel alto o medio certificado conjuntamente por el Jefe de Servicio de la unidad correspondiente y por la Dirección Médica del Hospital. En este último caso, en ausencia de Certificado de Acreditación de la SECPCC, deberá acreditarse experiencia en cardiología pediátrica clínica (haber trabajado durante un mínimo de 2 años en un centro de nivel medio o alto con actividad quirúrgica y hemodinámica pediátricas sin incluir el periodo de formación MIR), ecocardiografía fetal, ecocardiografía transesofágica y hemodinámica pediátrica.

Tercero.- Página: 22584.

II PLAZAS VACANTES

Donde dice: ZARAGOZA III

Debe decir: ZARAGOZA II