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RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2019, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (062018 Concurso Secciones Generalistas) convocado por Resolución de 31 de mayo de 2018.

Publicado el 27/05/2019 (Nº 100)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 31 de mayo de 2018, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 111, de 11 de junio de 2018, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (062018 Concurso Secciones Generalistas).

Las Comisiones de Valoración designadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, ha puntuado los méritos alegados por los solicitantes del concurso y efectuado propuesta de adjudicación al candidato con mayor puntuación.

En ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de 17 de diciembre, de competencias en materia de personal, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Acordar la inadmisión de las solicitudes de participación de aquellos candidatos que no cumplen los requisitos generales de participación establecidos por la normativa vigente o los particulares exigidos para el desempeño de los puestos solicitados, según se determinan en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo. Tales inadmisiones, así como las causas que las motivan, figuran, en las valoraciones de cada uno de los puestos convocados, en la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios del Portal del Empleado.

Segundo.- Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios con mayor puntuación que figuran en la relación que se acompaña como anexo único a la presente Resolución.

Tercero.- Declarar desiertos y sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo, motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la Resolución de la convocatoria.

Cuarto.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos de trabajo tomarán posesión de sus nuevos destinos en el plazo de tres días hábiles si radica en la misma localidad, o de un mes si radica en localidad distinta. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado el día 10 de junio de 2019. A tales efectos, y en lo referido al cálculo de retribuciones, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión, que será de un mes, deberá computarse desde dicha publicación.

Quinto.- Los destinos adjudicados por medio de la presente Resolución son irrenunciables, y los traslados que implican tienen la consideración de voluntarios.

Sexto.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en los concursos que se convoquen para la provisión de vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el plazo de los dos años siguientes a la toma de posesión de aquél, salvo que sean removidos de los mismos o que opten, únicamente, a puestos del mismo Departamento. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.10 de la referida Ley de Presupuestos, los adjudicatarios no podrán desempeñar provisionalmente, en comisión de servicios de carácter voluntario, otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo cuando se vaya a desempeñar un puesto de trabajo clasificado como de libre designación

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 17 de mayo de 2019.

La Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

M.ª ARÁNTZAZU MILLO IBÁÑEZ