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ANUNCIO del Ayuntamiento de Zaragoza, por el que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de 23 de febrero de 2018.

Publicado el 03/04/2018 (Nº 64)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Texto completo:

El Gobierno de Zaragoza con fecha 23 de febrero de 2018 ha acordado lo siguiente:

Primero.- Declarar válida la licitación pública para la enajenación con adjudicación a la oferta económica más ventajosa mediante una pluralidad de criterios, de la parcela A de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area G-57-4 en el B.º de Valdefierro con objeto de destinarla a la construcción de 62 viviendas protegidas de Aragón, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 b) y 108 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Urbanística de Aragón, cumplimentando el destino previsto en los artículos 105.1 y 2 a) y c) de dicho cuerpo legal.

Segundo.- Adjudicar a la UTE Residencial Los Prunos S.L. Construcciones Mariano López Navarro S.A.U., a propuesta de la mesa de contratación celebrada en fecha 15 de febrero de 2018, la parcela municipal objeto de la presente licitación pública, que a continuación se describen:

Descripción. "Urbana. Terreno edificable en el término municipal de Zaragoza, constituye la parcela A del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención G-57-4 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza. De una superficie de mil ciento noventa y cinco con noventa metros cuadrados (1.195,90 m².). Linda: Al norte con Andador Peatonal número 1 que forma parte de la parcela de viales del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención G-57-4 del P.G.O.U. de Zaragoza; sur con Andador Peatonal número 2 que forma parte de la parcela de viales del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención G-57-4 del P.G.O.U. de Zaragoza; al este, con calle Biel; y al oeste con calle Azalea".

Título. Pertenece en pleno dominio al Ayuntamiento de Zaragoza en virtud de cesión obligatoria y gratuita derivada de la Ley Urbanística de Aragón, como consecuencia de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación, mediante acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 12 de mayo de 2017.

Inscripción. Se encuentra pendiente de inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad de Zaragoza.

Cargas y gravámenes. Se encuentra libre de cargas y gravámenes.

No obstante lo anterior, de conformidad con el contenido del Plan Especial de Reforma Interior definitivamente aprobado para dicha Area y Estudio de Detalle tramitado en expediente número 1.441.717/15, en dicha finca se ubicará un centro de transformación eléctrica que se localizará dentro de la parcela residencial, en el suroeste de la misma, junto a calle Azalea y cuya ubicación definitiva deberá fijarse en el Proyecto de Urbanización del Area, quedado integrado en la edificación que se plantee. A tal efecto el adjudicatario de la parcela deberá asegurar el cumplimiento de cuanta normativa municipal sea de aplicación, especialmente la relativa a ruidos y vibraciones, así como protección contra incendios, garantizando el correcto acceso de la compañía eléctrica al espacio donde se ubiquen, en orden a su correcta conservación, mantenimiento y reparación, pudiéndose negociar entre la propiedad y la compañía eléctrica la cesión a esta última del espacio donde se ubique el centro de transformación.

Aprovechamiento urbanístico. Le corresponde una edificabilidad de siete mil ciento noventa con cuarenta metros cuadrados (7.190,40 m²./t), repartidos en un máximo de 62 viviendas de protección oficial distribuidas en dos bloques con unas alturas máximas de baja más cuatro y baja más cinco, en el caso del bloque que linda con calle Azalea y baja más siete en el bloque con linda con la calle Biel.

Precio de enajenación. El precio de enajenación de la parcela A de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención G-57-4, asciende a dos millones ciento sesenta y cinco mil doscientos veintisiete euros y diez céntimos (2.165.227,10 euros), de acuerdo con el informe emitido por la Unidad de Proyectos y Valoraciones II de fecha 30 de octubre de 2017.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas segunda, tercera y décima del pliego de cláusulas económico-administrativas que ha regido la presente enajenación mediante licitación pública, el precio del contrato se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza mediante la ejecución de obras de rehabilitación en el inmueble de propiedad municipal sito en calle Ecce Homo número 8 de esta ciudad, en los términos previstos en el anteproyecto redactado por los servicios técnicos municipales, por importe de 1.754.110,64 €, IVA no incluido, según oferta económica presentada por la adjudicataria del contrato, quien además deberá satisfacer en metálico la cantidad restante hasta alcanzar el precio del contrato, es decir, 411.116,46 €, en los plazos y forma previstas en el propio pliego.

Cuarto.- El presente acuerdo, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y en un periódico de publicación diaria, habrá de formalizarse en escritura pública de compraventa en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el IVA correspondiente, es decir, hasta el momento en que se produzca la recepción definitiva de las obras de rehabilitación del edificio de propiedad municipal ubicado en calle Ecce Homo número 8 y se abone la diferencia económica en metálico señalada en el apartado anterior, momento en que se entenderán cumplimentadas las obligaciones de las partes con vinculación del adjudicatario a las mejoras formuladas en la oferta presentada.

No obstante lo anterior, el adjudicatario del contrato podrá solicitar de forma anticipada la formalización de la escritura pública de transmisión de dominio de la parcela municipal objeto de enajenación, previa aportación de la correspondiente garantía, mediante aval bancario que cubra el importe de las obras de rehabilitación pendientes de ejecutar, o en su caso, mediante el establecimiento de condición resolutoria debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad sobre la finca objeto de enajenación consistente en la ejecución de las obras proyectadas para la rehabilitación de la finca municipal sita en calle Ecce Homo número 8 en los términos derivados de la oferta económica presentada, y satisfaciendo en metálico al municipio la diferencia económica resultante hasta completar el precio del contrato.

Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del contrato y abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio pliego.

Quinto.- La entidad adjudicataria asume el contenido íntegro de los pliegos de cláusulas económico-administrativas y cláusulas técnicas particulares que ha regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.

Asimismo, la entidad adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las mejoras incluidas en la propuesta presentada en su oferta, que serán garantizadas mediante su inclusión en la escritura pública de transmisión de dominio público de las fincas, así como al cumplimiento de las características, tipologías constructivas y calidades previstas, tanto para las viviendas a ejecutar en el Área G-57-4, como para la obra de rehabilitación de la finca municipal sita en calle Ecce Homo número 8 que forman parte de su propuesta.

Sexto.- Dar cuenta del presente acuerdo, para su conocimiento y efectos a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamente de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.

Séptimo.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Zaragoza, 27 de febrero de 2018.- El Titular del Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, P.D. de fecha 23 de agosto de 2017, El Director de Estudios y Programas de Suelo y Vivienda, P.A. Pedro Marín Ballabriga.