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ANUNCIO de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria, por el que se somete a un periodo de información pública el proyecto de Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la financiación de intereses y otros gastos, de los préstamos formalizados por las cooperativas agroalimentarias de Aragón, destinados a su consolidación patrimonial para hacer frente a la situación excepcional generada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y de aprobación de la convocatoria de estas subvenciones para 2020.

Publicado el 20/10/2020 (Nº 209)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con la finalidad de paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19, resulta urgente y necesario reconstruir el tejido económico y social de Aragón, adoptando soluciones que reduzcan la destrucción de empresas y puestos de trabajo. Uno de los sectores que se ha visto afectado es el sector cooperativo aragonés, que ha visto mermada de forma considerable su actividad y, como resultado de ello, el debilitamiento de su estructura financiera. Es por ello que se hace imprescindible articular las medidas necesarias para salvaguardar la actividad que presta el tejido cooperativo aragonés, tanto al sector agrario como al propio medio rural, arbitrando medidas que, dentro de las competencias atribuidas a la Comunidad, puedan contribuir a su supervivencia. Por ello, el Departamento considera oportuno instrumentar una serie de mecanismos compensatorios dirigidos a aminorar los costes financieros de las operaciones de préstamo formalizados por cooperativas radicadas en Aragón, en colaboración con las entidades financieras.

Todo ello, de conformidad con el artículo 79.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, que dispone "en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios regulando, o en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión" y con el Decreto-Ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. En el mismo se incorporan distintas medidas de ámbito sectorial contenidas en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica, fundamentales para alcanzar, lo más rápidamente posible, los objetivos concretos perseguidos por las mismas, así como para dar respuesta al programa de recuperación diseñado. Así se establece, en el artículo 37, subvenciones a agentes de la cadena alimentaria, que se podrán otorgar subvenciones a la financiación de intereses y otros gastos de préstamos que tengan por objeto la consolidación patrimonial de cooperativas agroalimentarias, especialmente afectadas por las especiales circunstancias actuales, pudiéndose realizar el pago en concepto de abono a cuenta del total de los gastos subvencionables aprobados.

El procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

El contenido de la futura norma puede afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos, es por ello necesario someter el antedicho proyecto, conforme al artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, a audiencia pública a través de la información pública que este anuncio hace efectivo, conforme a las siguientes condiciones:

Primera.- Se somete a información pública el proyecto de Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones la financiación de intereses y otros gastos, de los préstamos formalizados por las cooperativas agroalimentarias de Aragón, destinados a su consolidación patrimonial para hacer frente a la situación excepcional generada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y de aprobación de la convocatoria de estas subvenciones para 2020, por un periodo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el que cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno podrá examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Segunda.- El proyecto podrá examinarse durante siete días hábiles en horario de oficina en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, Paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza), la Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (edificio Maristas, Plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.ª, Zaragoza).

Igualmente, el texto está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón:

http://www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica

Tercera.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, durante un periodo de siete días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletin Oficial de Aragón", haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, DNI, domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior, así como en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 15 de octubre de 2020.- La Directora General de Innovación y Promoción Agroalimentaria, Mari Carmen Urbano Gómez