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EXTRACTO de la Orden CDS/854/2016, de 2 de agosto, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2016.

Publicado el 16/08/2016 (Nº 157)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 314354

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones tanto las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo como otras entidades que deberán cumplir los requisitos establecidos en el capítulo I del título II del Reglamento aprobado mediante el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón.

Segundo.- Objeto:

Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo para los tipos de subvención enumerados a continuación:

Proyectos de satisfacción de necesidades básicas.

Programas de desarrollo económico y social de los pueblos.

Programas de educación y sensibilización.

Iniciativas y redes de comercio justo.

Formación de cooperantes y voluntarios aragoneses.

Ayudas de emergencia y humanitaria

Tercero.- Bases reguladoras:

Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la cooperación para el desarrollo y de las bases reguladoras de las subvenciones en esa materia ("Boletín Oficial de Aragón", número 141, de 22 de julio de 2016).

Cuarto.- Cuantía:

La cuantía de esta convocatoria es de 2.000.000 euros, con la siguiente distribución anual:

Para el año 2016: 804.744,40 euros.

Para el año 2017: 1.195.255,60 euros.

Las ONGD y entidades solicitantes pueden presentar en total un máximo de dos solicitudes para esta convocatoria. Los proyectos presentados por una agrupación de entidades tienen la consideración de un proyecto propio presentado por cada una de las entidades agrupadas.

El importe máximo de las solicitudes será el siguiente:

a) 100.000 € para satisfacción de necesidades básicas, desarrollo económico y social de los pueblos, formación y asistencia técnica previstas en las iniciativas de comercio justo, así como emergencia y humanitaria, siempre y cuando la solicitud de subvención se presente de forma individual; en el caso de que sea presentada por varias entidades, el importe máximo de la solicitud será 160.000 €.

b) 25.000 € para educación y sensibilización (incluida la relativa a comercio justo), y para formación de cooperantes y voluntarios aragoneses.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes de subvención será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes deberán presentarse en alguna de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.- Otros datos:

La ONGD o entidad solicitante deberá presentar formulario conforme al modelo del anexo I y de identificación del proyecto de acuerdo con los modelos según tipo de ayuda conforme a los anexos II y III que se adjuntan en la orden de convocatoria. Dichos anexos también están disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es), en la Oficina Virtual de Trámites. Ese formulario de identificación podrá ir acompañado de toda aquella documentación acreditativa que la entidad considere oportuna para la valoración de la calidad del proyecto conforme a lo previsto tanto en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo 2016-2019 y el Plan Anual 2016, como en el Reglamento aprobado mediante el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón.

Asimismo, deberán presentar la documentación que se especifica en la orden de convocatoria.

Zaragoza, 2 de agosto de 2016.- La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, M.ª Victoria Broto Cosculluela.