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EXTRACTO de la Orden VTMV/745/2016, de 12 de julio, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se convocan subvenciones en materia de planeamiento urbanístico destinadas a municipios aragoneses, año 2016.

Publicado el 22/07/2016 (Nº 141)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

BDNS (Identif.): 312112

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria los municipios aragoneses, definidos según la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que deban llevar a cabo la actividad subvencionable y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Necesidad de iniciar o continuar el procedimiento de aprobación o revisión de un Plan General de Ordenación Urbana o un Plan General Simplificado o de realizar un texto refundido del planeamiento municipal.

b) Necesidad de contratar los servicios de un equipo redactor, a través de un contrato de servicios, por no contar con los medios humanos para realizar la actuación subvencionable. La subcontratación, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, podrá alcanzar el 100% de la actividad subvencionada.

c) Tener una población inferior a 10.000 habitantes, conforme a los datos publicados por el Instituto Aragonés de Estadística.

d) No haber obtenido subvención por la misma actuación en convocatorias anteriores.

Segundo.- Objeto.

Elaboración de instrumentos de planeamiento urbanístico, siendo actuaciones subvencionables la elaboración, tramitación o desarrollo de alguna de las siguientes finalidades:

a) Iniciar el procedimiento de aprobación de un Plan General de Ordenación Urbana, Plan General Simplificado o su revisión, para alcanzar, al menos, la aprobación inicial del instrumento urbanístico de que se trate.

b) Continuar el procedimiento de aprobación de un Plan General de Ordenación Urbana, Plan General Simplificado o su revisión, para alcanzar, al menos, la aprobación provisional del instrumento urbanístico de que se trate.

c) Elaborar un texto refundido, para alcanzar la aprobación definitiva o, al menos, la presentación del texto ante el órgano autonómico competente en condiciones de ser tramitado.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima estimada para esta convocatoria es de 107.800 euros para el ejercicio 2016 con cargo a la aplicación presupuestaria 13030 G/4321/760012/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de julio de 2016.- El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.