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RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2015, de la Directora General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución del parque eólico Valiente de 20 MW de Parque Eólico Valiente S.L. en Gurrea de Gállego (Huesca).

Publicado el 11/08/2015 (Nº 154)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

La sociedad Taim Weser, S.A, con NIF A50009067 y con domicilio social en carretera de Castellón, km 6,3 50013-Zaragoza, presentó el proyecto del parque eólico Valiente de 20 MW en Gurrea de Gállego (Huesca) (el parque eólico) al concurso convocado por Orden de 26 de agosto de 2010, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convoca concurso para la priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en la zona eléctrica denominada "A" en la Comunidad Autónoma de Aragón, siendo priorizado con una potencia de 20 MW.

Con fecha 3 de agosto de 2012, Taim Weser, S.A, solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque eólico, por una potencia de 20 MW.

Con fecha 11 de marzo de 2013, por Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, se autorizó la transmisión de titularidad del expediente asociado a la instalación "Parque eólico Valiente de 20 MW de Taim Weser S.A en Gurrea de Gállego (Huesca)" a la sociedad Parque Eólico Valiente, S.L (en adelante, el promotor), con NIF B99303521, pasando la instalación a denominarse "Parque eólico Valiente de 20 MW de Parque Eólico Valiente S.L en Gurrea de Gállego (Huesca)".

Con fecha 20 de noviembre de 2014 el promotor presentó proyecto modificado del parque eólico Valiente para dar cumplimiento al condicionado segundo de la declaración de impacto ambiental.

Visto el expediente incoado en la Dirección General de Energía y Minas, a petición de Taim Weser S.A. (transmitido posteriormente a la sociedad Parque Eólico Valiente S.L.), solicitando, con fecha 3 de agosto de 2012, la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque eólico Valiente de 20 MW en Gurrea de Gállego (Huesca) y de sus instalaciones de evacuación particulares, así como el expediente derivado de dicha solicitud, incluyendo alegaciones y contra alegaciones.

Visto el informe favorable condicionado del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, de fecha 20 de marzo de 2015, referente al parque eólico y sus instalaciones de evacuación particulares, condicionado al cumplimiento de las condiciones establecidas en el resto de informes emitidos por los organismos afectados.

Considerando que, con fecha 26 de junio de 2014 Red Eléctrica de España emitió la actualización de contestación de conexión coordinada y remisión de actualización del ICCTC e IVCTC para la conexión a la actual subestación Gurrea 220 kV, considerando aceptable el acceso y conexión de varias instalaciones, y en particular la del parque eólico Valiente de 20 MW.

Considerando que los proyectos presentados se adecuan a la oferta presentada al concurso de priorización, según artículo 7.2 del Decreto 124/2010, de 22 de junio, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Considerando que parte de las infraestructuras de evacuación del parque eólico serán compartidas con otros promotores, no pudiendo ser autorizadas unilateralmente con esta autorización, y que por lo tanto dichas infraestructuras requerirán autorización administrativa previa y aprobación de proyecto independiente de la que ahora se redacta.

Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y según su transitoria segunda, que establece que los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se tramitarán hasta su resolución conforme a la legislación anterior, la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 337/2014 por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias y transitoriamente el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; el Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Aragón y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma, y las funciones que conforme al Decreto 27/2012, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, me corresponden, resuelvo

1.º Conceder la autorización administrativa a la sociedad Parque Eólico Valiente, S.L para la construcción del parque eólico Valiente de 20 MW y las instalaciones de evacuación que se describen en el punto segundo.

2.º Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones mencionadas, de fecha 27 de julio de 2012 y número AR02657/12, y su proyecto de modificación de 13 de noviembre de 2014 y número AR04164/14, ambos suscritos por el ingeniero técnico industrial D. Enrique Queralt Solari y visados por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, cuyas características principales son las siguientes:

- Generación.

10 aerogeneradores de 2 MW de potencia nominal, hasta un total de 20 MW.

Las coordenadas UTM de los aerogeneradores (huso 30 ED50) son:

Aerogenerador VA 01: X=692419; Y=4657547

Aerogenerador VA 02: X=692502; Y=4657264

Aerogenerador VA 03: X=692577.5; Y=4656978.5

Aerogenerador VA 04: X=692598; Y=4656678.5

Aerogenerador VA 05: X=692613; Y=4656388.5

Aerogenerador VA 06: X=692708; Y=4656114.5

Aerogenerador VA 07: X=692692.5; Y=4655824.5

Aerogenerador VA 08: X=692617; Y=4655538

Aerogenerador VA 09: X=692574.5; Y=4655250.5

Aerogenerador VA 10: X=692428; Y=4655000

Torre de medición: X=692727; Y=4656269.5

Centros de transformación en el interior de las torres metálicas de relación 0,690/30 kV de 2100 kVA de potencia.

Red de media tensión a 30 kV, subterránea paralela a los caminos de acceso, constituida por dos circuitos. Circuito 1: Maquinas 1,2,3,4,5 y circuito 2: Maquinas 6,7,8,9 y 10. Longitud total de 10.355 m.

- Transformación.

SET Valiente de relación de transformación 30/220 kV situada junto a SET Rio Gállego existente. En el lado de 30 kV consta de una subestación colectora de tipo interior, con dos celdas aisladas en SF6 de interruptor automático para protección de líneas, celda de protección de transformador, celda de interruptor automático de batería de condensadores y celda de protección del transformador de servicios auxiliares. Reactancia trifásica de puesta a tierra. Transformador de servicios auxiliares 30/0.42 kV de 50 KVA de potencia. En el lado de 220 kV, subestación intemperie formada por un transformador de potencia de 220/30 kV de 25/32 MVA (ONAN - ONAF) y una posición de línea de 220 kV. Elementos de protección, control y medida.

- Evacuación

Línea aérea de 220 kV de interconexión entre subestaciones con origen en el pórtico de salida de la SET Valiente y final en el nuevo pórtico ampliación de barras del SET Rio Gállego de 30 metros de longitud, conductor LA-380.

Presupuesto

El presupuesto total asciende a diecinueve millones cincuenta y seis mil ochenta y nueve euros y cuarenta y tres céntimos (19.056.089,43 euros).

3.º La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones siguientes:

1) Según el artículo 10 del Decreto 124/2010, de 22 de junio, a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la obtención de la autorización administrativa, la entidad beneficiaria deberá constituir, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución, una fianza por el importe del 2% del presupuesto del proyecto de las instalaciones.

2) El plazo para la ejecución del proyecto aprobado y presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio de la instalación, será de seis años contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

Dicho plazo podrá ser ampliado conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o, en su caso, conforme a lo que pueda disponer la normativa específica, a solicitud del titular de esta autorización. Considerando que, conforme al mencionado artículo 49, en el que se indica que tanto la petición como la decisión sobre la ampliación deben producirse antes de la finalización de plazo indicado, y que, según el artículo 42 de la misma Ley, la Administración cuenta con un plazo de tres meses para resolver sobre la ampliación, procederá formalizarse dicha solicitud de ampliación, al menos tres meses antes de la terminación del plazo de seis años otorgado en esta autorización.

3) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4) Se cumplirán las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental del INAGA de 10 de julio de 2014, teniendo en cuenta el informe de 6 de marzo del 2015 del mismo Organismo, así como las recogidas en el informe de 20 de marzo de 2015 del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca y que han sido expresamente aceptadas por el promotor.

5) El titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos de ejecución de las instalaciones al Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Industria e Innovación, quien durante el período de construcción y después en el de explotación, ejercerá las funciones de inspección.

6) El titular dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Industria e Innovación, mediante la presentación de la solicitud de acta de puesta en marcha de las instalaciones, aportando el certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, y cuanta documentación sea requerida en el procedimiento de puesta en marcha de las instalaciones.

7) Los compromisos adicionales y voluntarios a los que hace referencia el punto segundo de la Orden de 15 de abril de 2011, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se resuelve el concurso para la priorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la eólica en la zona eléctrica denominada "A" en la Comunidad Autónoma de Aragón, se ejecutarán conforme a los acuerdos recogidos, para este parque en concreto, en el acta número 4 de fecha 2 de junio de 2015 de la Comisión de Revisión de los Compromisos Adicionales y Voluntarios de los parques eólicos priorizados.

8) De a cuerdo a lo previsto en el artículo 21.6 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico así como en los artículos 21.4 y 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta autorización o la variación sustancial de los presupuestos que han determinado su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente, y en particular las autorizaciones necesarias para completar el sistema de evacuación del parque eólico, incluyendo las de las infraestructuras compartidas con otros promotores eólicos.

La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Industria y Empleo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 1 de julio de 2015.- La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.