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ORDEN IIU/442/2016, de 28 de abril, por la que se concede al Instituto de Ciencia de los Materiales de Aragón (ICMA) a través del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC),una subvención no sujeta a convocatoria específica para la publicación de Proceedings de la "20th International Conference on Solid Compounds of Transition Elements".

Publicado el 23/05/2016 (Nº 97)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 71.41.ª competencia en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica. Asimismo, el artículo 28 dispone que los poderes públicos aragoneses fomentaran la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad. Este título competencial permite a la Comunidad Autónoma ejercer la actividad de fomento en dicha materia, como así se ha consagrado en el artículo 79 del Estatuto de Autonomía.

El ejercicio de las citadas competencias corresponde en la actualidad al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, de conformidad con lo establecido en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del citado departamento y se le atribuyen, en particular, las funciones previstas en el artículo 3 de la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, así como la promoción y fomento de la innovación, la relación con el sector empresarial en la transferencia de conocimiento y el desarrollo de acciones conjuntas en materia de I+D+i.

Por otro lado, el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad 2016-2019, aprobado mediante Orden de 18 de febrero de 2016, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, propone como objetivo estratégico de las líneas de subvenciones para fomento de la investigación y la innovación, "favorecer el marco adecuado que impulse y coordine la I+D+i como motor del progreso económico, social y cultural de Aragón, en particular apoyando la transferencia tecnológica e innovación y la difusión de la investigación y la innovación".

Además, dentro del programa "Fomento de la Investigación", línea de subvención 18, se establece la colaboración con entidades sin ánimo de lucro y organismos públicos, en cuanto se trate de actividades de interés general de cierta especialidad en cuanto a la actividad y al sujeto, como el encuentro de científicos provenientes de todo el mundo para trabajar e investigar conjuntamente en la Comunidad Autónoma de Aragón, y realizar transmisión del conocimiento.

El Instituto de Ciencia de Materiales de Aragón (ICMA) es un centro de investigación creado mediante convenio específico de colaboración suscrito el 24 de mayo de 1985 entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Universidad de Zaragoza (UZ), y reestructurado por el vigente convenio firmado entre los mismos el 5 de abril de 2011, por el que el ICMA pasa a ser centro científico de referencia de ciencias de los materiales, como un Instituto Mixto dependiente de ambas instituciones.

El objetivo fundamental del ICMA es contribuir al avance del conocimiento científico y técnico en el área de Ciencia y Tecnología de Materiales a través de la realización de trabajos de investigación científica y técnica de calidad. Esta calidad ha de ser contrastada mediante la publicación de resultados en las revistas internacionales de mayor prestigio, así como por la participación en proyectos de investigación y transferencia autonómicos, nacionales e internacionales y por la transferencia de conocimiento al entorno industrial en las áreas citadas.

En 2016 el ICMA es el responsable de la organización de una reunión internacional, "20th International Conference on Solid Compounds of Transition Elements" (STCE), que se desarrollará en Zaragoza del 11 al 15 de abril de 2016 y que tiene como objetivo presentar los últimos avances de la investigación en los campos de la Química, Física del Estado Sólido y la Ciencia de los Materiales, a través de numerosas conferencias y ponencias programadas. La lista de oradores, plenarios, invitados y "keynotes", incluye especialistas provenientes de Alemania, Francia, Reino Unido, Estados Unidos, Países Bajos, Dinamarca, Eslovaquia, Ucrania, Japón y España, entre otros. El SCTE es una de las reuniones internacionales más importantes en esta materia, siendo la primera vez que se desarrolla en España. Con la reunión de 2016, la Conferencia celebrará su vigésima edición y sus 50 años. En conmemoración de esta vigésima edición de la Conferencia SCTE se va a publicar un libro que incluirá artículos de las conferencias de sesiones Plenarias y de ponentes invitados, junto con una selección de las mejores contribuciones recibidas.

Antecedentes

Primero.- Con fecha 18 de febrero de 2016 tiene entrada en el registro del Gobierno de Aragón una solicitud de subvención presentada por el representante legal del Instituto de Ciencia de Materiales de Aragón (en adelante ICMA), Instituto Universitario Mixto del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante CSIC) y la Universidad de Zaragoza, para financiar gastos, por un importe de 4.112 euros, derivados de la publicación de Actas (Proceedings) de la "20th International Conference on Solid Compounds of Transition Elements" programada por el ICMA, que se desarrollará en Zaragoza del 11 al 15 de abril de 2016.

Segundo.- La actuación a financiar se encuadra en la citada XX Conferencia internacional SCTE. En 2016, la Conferencia celebrará su vigésima edición y sus 50 años. En conmemoración de esta vigésima edición se va a publicar un libro que incluirá artículos de las conferencias de sesiones plenarias y de ponentes invitados, junto con una selección de las mejores contribuciones recibidas, que se pondrá a disposición de la comunidad científica, y de la sociedad en general.

La edición, publicación y distribución del Libro de Actas (Proceedings), cuyo presupuesto asciende a 4.112 euros, para la que se solicita la ayuda del Gobierno de Aragón, es un instrumento de recopilación de los últimos avances que permitirá dar difusión a nivel mundial sobre estado actual de la investigación generada en el área de compuestos sólidos. La publicación contribuye a desarrollar la actividad de promoción y fomento de la investigación, desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, de la que es responsable este Departamento.

Las ponencias así publicadas tendrán, además, repercusión en la sociedad por su componente de investigación aplicada, a la vez que un impacto difícil de conseguir de otra forma en la difusión nacional y sobre todo internacional. Además, la celebración de dicha Conferencia en Zaragoza, proporciona una ocasión única de dar a conocer nuestros Centros de Investigación y a Zaragoza como ciudad de la ciencia.

Tercero.- Debido a la importancia que revisten las actuaciones propuestas, indicadas en la memoria justificativa-económica de la Dirección General de Investigación e Innovación, de fecha 7 de abril de 2016, se propone la concesión de una ayuda a favor del Instituto de Ciencia de los Materiales de Aragón (ICMA) a través del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), por importe de dos mil treinta y ocho euros con noventa y nueve céntimos (2.038,99 euros).

Vistas la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016; la Ley de Hacienda de la Comunidad de Aragón cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón; el Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, que aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, y demás normativa aplicable, se formulan los siguientes,

Fundamentos de Derecho

Primero.- La ayuda solicitada se ampara en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, que permite la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional cuando concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Además, el objeto de la subvención solicitada cumple el requisito de interés público, social y económico, ya que la publicación de las Actas (Proceedings) que recopila las conferencias, ponencias y aportaciones de la XX Conferencia SCTE, es un elemento fundamental de cara a la difusión del estado de la investigación en la materia, realizada a nivel internacional, que tendrá una repercusión en la sociedad por su componente de investigación aplicada, a la vez que un impacto difícil de conseguir de otra forma. La celebración de dicha Conferencia en Zaragoza, proporciona una ocasión única de dar a conocer nuestros Centros de Investigación y a Zaragoza como ciudad de la ciencia; queda por tanto justificado su interés general y social para la Comunidad Autónoma, además de contribuir a los fines y estrategias de esta Dirección General.

Segundo.- El carácter excepcional de la actividad que se subvenciona, se justifica por un lado porque la publicación de Actas (Proceedings) deriva de una conferencia que reúne a científicos de prestigio a nivel internacional, y por otro lado se trata de un evento que por primera vez se celebra en España, y en concreto en Zaragoza, tratándose por ello de una ocasión única que difícilmente volverá a repetirse. Por otra parte, se da imposibilidad de concurrencia competitiva dada la especialización del ICMA en el área de la química, física del estado sólido y ciencia de los materiales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón lo que lo sitúa como único sujeto capacitado para realizar la iniciativa presentada, por lo tanto no existe ni puede articularse convocatoria de concurrencia competitiva con el mismo objeto.

Tercero.- De acuerdo con la información obrante en el expediente, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) del que depende el ICMA, se ha acreditado que la mencionada entidad cumple con los requisitos para obtener la condición de beneficiario que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y demás normativa en materia de subvenciones.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de la Dirección General de Investigación e Innovación, teniendo en cuenta que la referida actividad es considerada de interés público y social, dentro del territorio de Aragón y que dicha actuación no ha obtenido subvención alguna en otro procedimiento sujeto a convocatoria, y en ejercicio de las competencias atribuidas al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, de conformidad con lo establecido en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica, resuelvo:

Primero.- Conceder una subvención por un importe máximo de dos mil treinta y ocho euros con noventa y nueve céntimos (2.038,99 euros) al Instituto de Ciencia de los Materiales de Aragón, ICMA, a través del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para financiar los gastos de 4.112 euros derivados de la publicación de Proceedings de la "20th International Conference on Solid Compounds of Transition Elements", programada por el ICMA, que se desarrollará en Zaragoza del 11 al 15 de abril de 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria 17030 G/5423/440030/91002, del presupuesto de gastos del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad para el año 2016.

Segundo.- Serán gastos subvencionables los derivados de la publicación de Proceedings, suponiendo la cuantía de la ayuda el 49,58% del coste total de la edición, publicación y distribución de la misma, en el seno de la XX conferencia internacional STCE, según el presupuesto presentado.

Tercero.- Para poder proceder al pago de la subvención, la beneficiaria deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

El pago de la ayuda por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se efectuará cuando se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la realización de la actuación subvencionada y el gasto realizado.

Para el pago de la ayuda, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, del que depende el ICMA, deberá aportar, antes del 30 de junio de 2016, la documentación acreditativa del gasto y del pago del mismo, así como un ejemplar de la publicación financiada como justificante de la realización de la actividad subvencionada, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa vigente en materia de pago de subvenciones.

Cuarto.- Sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de subvenciones y ayudas públicas, el ICMA queda sometido al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Cumplir el objetivo y realizar la actuación que fundamentó la concesión de la subvención.

b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actuación subvencionada.

c) Facilitar a la Administración de la Comunidad Autónoma cuanta información precise para entender cumplida la obligación de justificación de la subvención.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pudieran realizar la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón u otros órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.

f) Comunicar al Departamento concedente en el plazo de un mes y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención concedida al amparo de esta orden, la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingresos o recursos que financien la misma actuación subvencionada, procedente de otras Administraciones Públicas o entes públicos y privados.

g) Acreditar previamente al cobro, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, la presentación de la solicitud para la concesión de subvenciones por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social

h) Suministrar, previo requerimiento y en un plazo de quince días, la información necesaria para acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana.

i) Respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto de la subvención y para hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá contar con el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, previamente solicitado, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, para la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá contar con el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, solicitado con carácter previo, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

j) Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

Quinto.- Para que la concesión de esta subvención por resolución sea efectiva, deberá producirse la aceptación del beneficiario en el plazo de quince días desde que se notifique la resolución. Transcurrido este plazo, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin que en ningún caso pueda hacerse un uso simultáneo de ambas vías de recurso.

Zaragoza, 28 de abril de 2016.

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad,

PILAR ALEGRÍA CONTINENTE