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ORDEN CDS/1223/2019, de 7 de septiembre, por la que se establecen los precios de servicios de atención educativa residencial integral de hogares y pisos de atención a la infancia y la adolescencia en Zaragoza y de centros propios en Teruel.

Publicado el 26/09/2019 (Nº 189)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, contempla determinadas formas de previsión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, posibilitando en su artículo 21.1 que la provisión de servicios pueda realizarse mediante las diferentes fórmulas de gestión directa e indirecta previstas en el ordenamiento jurídico, a través de entidades públicas y privadas de carácter social o mercantil.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales, según su Ley reguladora, la Ley 4/1996, de 22 de mayo, tiene como objetivo la coordinación funcional de las actividades de las instituciones públicas y privadas en materia de servicios sociales, mediante establecimiento de convenios, conciertos o cualesquiera otras fórmulas de gestión compartida, que permita alcanzar el máximo rendimiento de los recursos disponibles.

Entre las competencias de este organismo, garantiza a los menores y adolescentes que se encuentran en situación social desfavorable una atención individualizada que asegure sus necesidades básicas, la convivencia en un entorno familiar adecuado y una formación que les permita su autonomía y libertad personal, así como su integración social y laboral.

El Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, fija las prestaciones propias del Sistema Público de Servicios Sociales delimitando con ello tanto su ámbito de actuación respecto a otros sistemas de protección social, entre los que cabe citar los de salud, educación, seguridad social o empleo, como la específica responsabilidad del Sistema Público en el campo de la acción social o atención a las necesidades sociales, en el que intervienen igualmente entidades privadas, de iniciativa social o mercantil, cuya actividad puede desenvolverse al margen del Sistema Público o en colaboración con éste, como proveedores de prestaciones públicas dentro del sistema de responsabilidad pública de servicios sociales.

Dentro del ámbito de Protección a la Infancia dicho catálogo fija diferentes servicios que pueden ser objeto de acción concertada por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Durante los años 2017 y 2018 se fijaron los precios de varios servicios que no serán objeto de la presente Orden:

- El Servicio de Apoyo integral al programa de acogimientos familiares en familia ajena. Orden CDS/750/2017, de 29 de mayo.

- El Servicio de Gestión Educativa y residencial de dos Casas de Acogida que presten servicio de alojamiento para menores de protección para observación y acogida de urgencia de Zaragoza. Orden CDS/1690/2017, de 30 de octubre.

- Servicio de Valoración, atención educativa, atención a la integración formativa, social y laboral de los menores migrantes no acompañados en situación de desprotección mediante acogimiento residencial.

- Los Servicios de atención educativa residencial integral de centros propios de protección a la infancia de Zaragoza y Huesca;

- Los Servicios de plazas concertadas de atención educativa residencial a niños/as en situación de desamparo o guarda.

- Los servicios de emancipación de jóvenes procedentes de una situación de desprotección (1.2.6.4). Tipología A2.

- Los servicios de atención preventiva dentro de los servicios de atención a niños/as en situación de riesgo y desamparo (1.2.3.7). Orden CDS/1185/2018.

- Los servicios de atención a menores extranjeros no acompañados bajo la protección del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Los Servicios de alojamiento residencial en pisos y hogares de la provincia de Zaragoza así como los centros propios de la provincia de Teruel tienen contrato en vigor hasta diciembre de 2019 habiendo sido establecidos los costes en dichos contratos que a su finalización deberán ser objeto de nueva acción concertada, por lo que interesa determinar los costes de los servicios correspondientes a la acción concertada, de manera que puedan servir de referencia para los acuerdos de concertación a realizar, así como para las diversas modalidades de contratación administrativa que, en su caso, pudieran ser utilizadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en el ámbito de protección a la infancia.

Por todo cuanto antecede y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Primero.- Ámbito de aplicación.

1. La presente Orden tiene por objeto la determinación de los importes de los módulos económicos correspondientes a la prestación de servicios de atención educativa residencial integral de hogares y pisos de atención a la infancia y la adolescencia en Zaragoza y de centros propios en Teruel.

2. Esta Orden será de aplicación a los acuerdos de acción concertada que pueda formalizar el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para la prestación de servicios sociales, dentro de sus competencias en materia de Acción Concertada, con entidades públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, en el ámbito de los servicios de Protección a la Infancia y la Adolescencia. Servirá igualmente de referencia en los supuestos de prestación de servicios sociales incluidos en la Acción Concertada mediante gestión indirecta, con arreglo a cualquiera de las fórmulas previstas en la normativa de contratos del sector público.

Segundo.- Determinación del coste de los servicios objetos de acuerdos de acción concertada a suscribir por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales

A.1. Servicios de atención educativa residencial integral de centros propios de protección a la infancia

A.1.1. Servicio de atención educativa residencial para la atención inmediata, reinserción y autonomía de la Vivienda Hogar, piso tutelado y emancipación de Teruel. (1.2.4.2.2.) (1.2.4.2.5.)