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ORDEN de 30 de diciembre de 2011, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de prórroga para el año 2012 por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) al Gobierno de Aragón en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Publicado el 11/01/2012 (Nº 6)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h2c11n0017-Add2/11 el acuerdo suscrito, con fecha 13 de diciembre de 2011, por el Director General de MUFACE y el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado acuerdo, que figura como anexo de esta Orden, en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 30 de diciembre de 2011.

En Zaragoza, a 13 de diciembre de 2011, reunidos:

De una parte, D. Ricardo Oliván Bellosta, Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, en virtud de las competencias que se le atribuyen en el artículo 60 t) de la ley 6/2002, de 15 de abril, del Salud de Aragón. Autorizada expresamente para la firma del presente Acuerdo de Prórroga por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el día 14 de octubre de 2011, de conformidad con lo establecido en el art. 12.24 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

De otra, D. José María Fernández Lacasa, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrado por Real Decreto 320/2010, de 15 de marzo, actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Acuerdo de prórroga y a tal efecto exponen:

1º) Que el 30 de diciembre de 2009, las partes suscribieron un convenio de colaboración por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al gobierno de Aragón en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

2º) Que la cláusula décima del mencionado convenio estipula que entrará en vigor el día 1 de enero de 2010 y será válido hasta el 31 de diciembre de 2010, pudiendo prorrogarse por períodos anuales por mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, que deberá formalizarse por escrito con una antelación mínima de tres meses al cierre del ejercicio presupuestario anual.

3º) Que la cláusula undécima establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará al Departamento de Salud y Consumo por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula novena de acuerdo con el incremento del IPC General, referido al 30 de junio y con efectos de uno de enero del año siguiente.

4º) Que dicho convenio fue prorrogado para el año 2011 por Acuerdo de 28 de diciembre de 2010.

5º) Que próxima a finalizar la vigencia del citado convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2012, de acuerdo con las siguientes cláusulas:

Primera.-Se prorroga, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia del convenio de colaboración por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Gobierno de Aragón en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Segunda.-Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón asciende a 7.856,10 euros de acuerdo con el incremento del 3,2 % del IPC General, referido al 30 de junio de 2011.

Tercera.-El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2012 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 25.105.312 E.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.-La presente prórroga producirá efectos desde el 1 de enero del año 2012.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.