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DECRETO 25/2017, de 14 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión a favor del Instituto Aragonés del Agua, de una parcela situada en el término municipal de Cedrillas con destino al servicio de depuración de aguas residuales del municipio.

Publicado el 23/02/2017 (Nº 37)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 3 de octubre de 2005 fue firmado el convenio de Colaboración entre el Instituto Aragonés del Agua y el Ayuntamiento de Cedrillas para la construcción y explotación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) que da servicio al municipio. Dentro del conjunto de actuaciones necesarias para la ejecución de las obras se convino la cesión por el Ayuntamiento de los terrenos necesarios para la ubicación de la EDAR.

Tras los oportunos trámites, ambas Administraciones han cumplido los compromisos pactados en dicho convenio con mutua satisfacción, quedando únicamente pendiente la regularización patrimonial de la situación existente, donde sobre un suelo de propiedad municipal se levanta la depuradora de aguas residuales cuyo servicio es de titularidad autonómica.

Tras la instrucción del oportuno expediente y en el marco de colaboración que debe darse entre Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de Cedrillas, mediante Acuerdo plenario de 4 de mayo de 2005 acordó ceder gratuitamente al Instituto Aragonés del Agua la parcela 49 del polígono 531 de su término municipal. Nuevamente, mediante Acuerdo plenario de 21 de diciembre de 2016 se ratificó dicho acuerdo modificando la extensión de la superficie a ceder tras advertirse un error relativo a la misma, determinando que la cesión afecta a 7468 m². con destino a la depuración de aguas residuales del municipio.

El artículo 21.1 del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón (TRLPA) preceptúa que "Corresponde al Gobierno de Aragón, mediante decreto, aceptar y repudiar las herencias, legados y donaciones a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma o de sus organismos públicos, salvo cuando el objeto del legado o donación sean bienes muebles, en cuyo caso la competencia para su aceptación corresponderá al titular del departamento competente por razón de la materia".

Asimismo, el artículo 24 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón establece en su apartado 2 que "constituyen el patrimonio del Instituto Aragonés del Agua los bienes y derechos que pueda adquirir con fondos procedentes de su presupuesto y los que, por cualquier otro título jurídico, pueda recibir de la Comunidad Autónoma o de otras Administraciones públicas".

A la vista de los antecedentes, habiendo tomado conocimiento de esta cesión la Dirección General de Administración Local, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales de Aragón; habiéndose emitido informe favorable de 9 de noviembre de 2016 del Consejero de Hacienda y Administración Pública, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, previo acuerdo del Gobierno de Aragón, en su reunión de 14 de febrero de 2017,

DISPONGO

Artículo 1. Aceptación de la cesión.

Se acepta la cesión gratuita, acordada por el Ayuntamiento de Cedrillas, de la plena propiedad de la parcela que a continuación se describe:

1. Rústica. Parcela de titularidad municipal, con referencial catastral 44074B531000490000SL, de 7.480 m² cedida por el Ayuntamiento de Cedrillas al Instituto Aragonés del Agua, por acuerdo plenario de 4 de mayo de 2005, ratificado y modificado en los términos indicados en el Acuerdo plenario de 21 de diciembre de 2016, con destino al servicio y funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Cedrillas.

2. Ubicación. La parcela se encuentra situada en el paraje "Masa Común", Polígono 531, parcela 9 de la localidad de Cedrillas.

3. Linda: al norte, Mas de Carlos; al sur, parcela 70; al este, con caminos; y al oeste, con parcela 50.

4. Inscrita en el Registro de la propiedad de Teruel:

- Número 1930, inscrita al tomo 742, libro 17, folio 139, inscripción 1.ª

Libre de cargas y gravámenes.

Valorada en 4.488 euros.

Artículo 2. Competencia

El Instituto Aragonés del Agua llevará a cabo los trámites necesarios para la plena efectividad de lo dispuesto en el presente decreto.

Se faculta al Presidente del Instituto Aragonés del Agua para otorgar cuantos documentos fueran precisos en orden a la formalización de la aceptación de la presente cesión.

Disposición final única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de febrero de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad,

JOAQUÍN OLONA BLASCO