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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se resuelve no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de ampliación hasta 62.100 plazas para pollos (248,40 UGM), de la explotación avícola de producción de carne, en el polígono 6, parcela 8, del término municipal de Torre de Arcas (Teruel), y promovido por D. Luis Ángel Giner Amela (Número Expte INAGA 500601/01/2015/10196).

Publicado el 27/06/2016 (Nº 122)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada (Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, artículo 23.2.b).

Promotor: Luis Ángel Giner Amela.

Proyecto: Evaluación de impacto ambiental (EIA). Determinación procedencia aplicación EIA (tramitación simplificada). Ampliación con 19.500 nuevas plazas de una explotación avícola de producción de carne, sita en el polígono 6, parcela 8, del término municipal de Torre de Arcas (Teruel).

Descripción básica del proyecto presentado.

Las infraestructuras para el desarrollo de la actividad que forman parte de la explotación avícola son: dos naves ganaderas, de dimensiones 120 x 10 m y 100 x 14 m; dos fosas de cadáveres, de 4,71 m³ de capacidad; un almacén junto a cada nave avícola con oficinas y aseos; un almacén agrícola de 80 m² de superficie; un depósito de agua de 77 m³ de capacidad; vado sanitario y vallado perimetral. Dispone de código REGA ES442230000808.

Las infraestructuras proyectadas para realizar la ampliación son: una nave ganadera de dimensiones 90,22 x 12,24 m; un almacén junto a la nave proyectada, de dimensiones 5 x 4 m, y un estercolero impermeabilizado con capacidad de 516 m³. También se plantea la ampliación de una de las fosas de cadáveres para tener una capacidad de almacenaje de 5,10 m² en total.

La documentación presentada se ajusta al contenido de la información indicada en el artículo 37 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre.

Los documentos están redactados por el ingeniero técnico agrícola D. Juan Clúa Clúa, colegiado número 1.400 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Aragón. El proyecto se presenta visado con fecha 29 de septiembre de 2015 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Aragón, y el estudio de impacto ambiental se presenta sin visar.

Con fecha 17 de noviembre de 2015, se realizan las consultas preceptivas a los siguientes organismos:

Asociación Naturalista de Aragón-ANSAR.

Comarca del Matarraña.

Comisiones Obreras.

Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario.

Dirección General de Cultura y Patrimonio.

Dirección General de Desarrollo Rural.

Ecologistas en acción-Ecofontaneros.

Ecologistas en acción-OTUS.

Fundación Ecología y Desarrollo.

Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).

Unión General de Trabajadores.

Ayuntamiento de Torre de Arcas.

Ayuntamiento de Monroyo.

Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón.

Respuestas recibidas.

Con fecha de registro de entrada en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental 21 de enero de 2016, el Servicio de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural remite informe indicando que si en el momento de realización de las obras apareciese algún resto fósil de interés o algún elemento propio del patrimonio arqueológico aragonés se deberá poner inmediatamente en conocimiento de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

Con fecha de registro de entrada en el Instituto Aragonés de Gestión Ambienta 14 de enero de 2016, el Ayuntamiento de Torre de Arcas remite informe considerando que la documentación aportada para la evaluación del impacto ambiental del proyecto es suficiente.

No se ha recibido respuesta del resto de asociaciones, organismos o instituciones consultados.

Ubicación del proyecto.

La explotación se encuentra en la parcela 8, polígono 6, en el término municipal de Torre de Arcas (Teruel). Las coordenadas UTM ETRS89, huso 30, son las siguientes: XM: 748.810 - YM: 4.514.361.

Caracterización de la ubicación.

Descripción general.

La superficie total de la parcela donde se ubica la explotación asciende, según datos de catastro, a 72.458 m² (7,2458 ha). La superficie construida asciende a 2.690 m². Con la construcción de las nuevas instalaciones, se ocuparán 1.125 m² más. Por tanto, al final de la ampliación, la superficie construida será de 3.815 m².

La explotación se localiza a 1.350 m del núcleo de Torre de Arcas, provincia de Teruel. La explotación avícola en funcionamiento más cercana a la objeto de estudio, se encuentra emplazada a 1.075 m. La explotación ganadera más próxima de otra especie está ubicada a más de 100 m.

Aspectos singulares.

Según la Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se designan y modifican las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón, la parcela donde se ubica la explotación, en el término municipal de Torre de Arcas (Teruel), no está incluida en las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos.

Potenciales impactos del proyecto y valoración.

- Afección a las aguas. Valoración: impacto bajo. La masa de agua más cercana es el río Monroyo (barranco de Entrefort), situado a 300 m al este de la explotación. El estercolero proyectado estará impermeabilizado mediante hormigón con mallazo y pendiente del 1%, que canalizará el escurrido de los líquidos a un canal central de recogida de lixiviados, enlucido. En varios puntos del documento, se cita que las aguas residuales del aseo se canalizan hacia una fosa séptica, lo cual está específicamente prohibido por el punto 3.b del anexo XII del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.

- Afección a la atmósfera. Valoración: impacto bajo. Durante la fase de construcción, las emisiones provienen del movimiento de tierras, tránsito de maquinaria, las actividades derivadas de la construcción de los edificios y los gases de combustión producidos por la maquinaria de obra. Durante la fase de explotación, las emisiones a la atmósfera son poco significativas y provienen de los ruidos generados por los animales y el tráfico puntual de vehículos, las emisiones generadas por el sistema de combustión de propano, las emisiones derivadas por el desarrollo de la actividad de los animales alojados, la generación de estiércoles y su gestión como abono agrícola.

- Afección al suelo. Valoración: impacto bajo. La instalación ganadera dispone de medidas de impermeabilización en el estercolero, en la fosa de cadáveres y en las naves. El estiércol procedente de las aves será valorizado agronómicamente en las parcelas agrícolas vinculadas a la explotación, teniendo en cuenta la aplicación en base a las buenas prácticas agrarias.

- Gestión de cadáveres y de residuos sanitarios. Valoración: impacto medio. La gestión de los cadáveres y de los residuos sanitarios tiene un riesgo de contaminación y proliferación de organismos patógenos si no se realiza de forma adecuada. Por ello, la explotación deberá disponer de un gestor autorizado para la recogida de residuos zoosanitarios y de un contrato con el servicio público de recogida de cadáveres. La ampliación de la actividad no supone un aumento considerable del impacto.

- Utilización recursos naturales. Valoración: impacto bajo. El abastecimiento de agua a la explotación se realizará desde la red municipal. Se estima un consumo anual de 4.158 m³/año, una vez se lleve a cabo el proyecto.

- Afección a zonas ambientalmente sensibles. Valoración: impacto bajo. La explotación no se ubica dentro de una figura de protección ambiental.

La explotación se encuentra fuera de zona vulnerable, según la Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se designan y modifican las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Hay parcelas agrícolas vinculadas a la explotación que sí se encuentran dentro de zona vulnerable, según la citada Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

La explotación se encuentra dentro del ámbito de protección del cangrejo de río, en aplicación del Decreto 127/2006, de 9 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río común, Austropotamobius pallipes, y se aprueba el Plan de recuperación.

- Gestión de los estiércoles. Valoración: impacto medio. El estiércol estimado producido es equivalente a 12.420 kg N/año, será valorizado agronómicamente en las parcelas agrícolas vinculadas a la explotación (28,2523 ha de superficie agraria útil sobre 42,07 ha de base territorial aportada). Esta superficie agraria es capaz de asimilar hasta un máximo de 5.698 kg N/año. El promotor aporta un contrato con una empresa gestora de estiércoles con la que manifiesta que gestionará 3.815 kg N/año. En total, la cantidad de nitrógeno que puede ser asimilada es de 9.513 kg N/año, cantidad inferior a la generada en la explotación. No obstante, el promotor cuenta con base agrícola en la provincia de Castellón, debiendo solicitar en la Comunidad Autónoma Valenciana la debida autorización y seguir las disposiciones vigentes en esa Comunidad, y si como consecuencia de ello fuese insuficiente la superficie total para la valorización de todo el nitrógeno producido en la explotación avícola, deberá incrementar la superficie de la base agrícola o entregar a gestor autorizado.

Vistos, el expediente administrativo incoado; las consultas realizadas; la propuesta formulada por el Área VI del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; los criterios establecidos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente, se resuelve:

1. No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de ampliación con 19.500 nuevas plazas de la explotación avícola de producción de carne ES442230000808, sita en la partida "Venta Nazario", polígono 6, parcela 8, de Torre de Arcas (Teruel), para alcanzar las 62.100 plazas para pollos (248,40 UGM), en su conjunto, por no observarse ninguno de los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón:

a) No afectar a los objetivos de conservación de la Red Natura 2000.

b) La escasa magnitud de los impactos generados y el reducido incremento relativo de los riesgos potenciales del proyecto, si se toman las medidas preventivas y correctoras adecuadas.

2. Establecer las siguientes condiciones que dan cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención Protección Ambiental de Aragón, que deberán figurar en la autorización administrativa que autorice el proyecto:

- Con una antelación mínima de 30 días al inicio de las obras, el promotor deberá notificar al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel el inicio de las obras.

- Se deberá adecuar la instalación de saneamiento del aseo a lo dispuesto en el punto 3.b) del anexo XII del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, en el que se dice: "Las aguas residuales producidas en la explotación, procedentes de los silos, servicios sanitarios del personal u otras similares, se conducirán a las balsas o depósitos de almacenamiento de estiércoles. En ningún caso, podrán verterse directamente a un pozo negro".

- Según el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, la explotación deberá contar con una capacidad de reserva de agua, para paliar posibles cortes, estimado para un consumo medio de 5 días.

- El promotor deberá contar con un gestor de residuos autorizado para la recogida y gestión de los residuos zoosanitarios generados. Estos residuos se almacenarán en contenedores homologados suministrados por el gestor, debiendo de ser el tiempo máximo de almacenamiento de seis meses. El promotor deberá acreditar en todo momento la posesión y vigencia del contrato de recogida firmado con gestor autorizado y conservar al menos el último documento de entrega.

- El estiércol producido estimado es equivalente a 12.420 kg N/año, será valorizado agronómicamente en parcelas agrícolas y mediante gestor autorizado. La cantidad de nitrógeno evaluada y que puede ser asimilada es de 9.513 kg N/año, cantidad inferior a la generada en la explotación, por lo que el promotor deberá realizar una ampliación del contrato con la empresa gestora de estiércoles o aumentar la base agraria, teniendo en cuenta que en las parcelas ubicadas en la Comunidad Valenciana (no analizadas), será preceptivo contar con los permisos necesarios y cumplir con la normativa de dicha comunidad para la gestión correcta de los estiércoles.

- El plan de fertilización respetará los objetivos de conservación del Decreto 127/2006, de 9 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río común, Austropotamobius pallipes, y se aprueba el Plan de recuperación.

- La aplicación de los estiércoles sobre las superficies agrícolas se realizará en días sin viento, evitando, así mismo, los días de temperaturas elevadas. Para su distribución en los cultivos, se respetarán las distancias establecidas en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas. Siempre que sea posible deberán enterrarse en un plazo no superior a 7 días después de su aplicación, para reducir las emisiones de nitrógeno a la atmósfera, salvo que las condiciones meteorológicas adversas o el tipo de cultivo no lo permitan.

- El promotor deberá llevar el libro-registro de fertilización en el que quedarán anotadas las fechas, las parcelas de destino, su superficie y las cantidades de estiércol aplicadas en cada operación de abonado.

- El promotor deberá solicitar la inscripción en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, ya que la actividad ganadera, con capacidad para 62.100 plazas de pollo de carne, está incluida en el grupo C, código 10 05 08 02, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las condiciones básicas para su aplicación (CAPCA-2010).

- No se realizarán vertidos de aceites y combustibles, ni se abandonarán escombros o cualquier tipo de residuos en la zona de actuación. Los residuos generados serán gestionados correctamente según su clasificación.

- En relación con las normas mínimas de bienestar animal, se tendrá en cuenta lo recogido en el Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas de protección de pollos destinados a la producción de carne.

- Las instalaciones deberán contar con todas las autorizaciones legales exigibles; entre ellas, deberá obtener para el proyecto la correspondiente licencia ambiental de actividad clasificada, la licencia de obras y la licencia de inicio de actividad, debiendo presentar ante el Ayuntamiento de Torre de Arcas (Teruel) el proyecto técnico correspondiente, incluyendo entre la documentación lo especificado en los apartados anteriores.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 37.4 de Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Conforme a lo previsto en el artículo 37.6 de la mencionada ley, la presente resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.

Zaragoza, 24 de mayo de 2016.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS