CORRECCIÓN de errores de la Orden ECD/445/2019, de 6 de mayo, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional sostenidos con fondos públicos en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso 2019/2020.
Advertido error material en la Orden arriba indicada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 88, de 9 de mayo de 2019, se procede a efectuar las siguientes correcciones:
En el apartado Segundo. Determinación del número de plazas vacantes, donde dice:
a) Acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Grupo 1: 70% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por poseer el Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.
Grupo 2: 20% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por poseer un Título de Formación Profesional Básica.
Grupo 3: 10% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por las otras vías contempladas en la presente Orden.
Debe decir:
a) Acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Grupo 1:70% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por cualquier titulación contemplada en la presente Orden para la admisión a un ciclo formativo de grado medio, excepto la de Formación Profesional Básica.
Grupo 2: 20% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por poseer un Título de Formación Profesional Básica o tener superados los Módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
Grupo 3: 10% de las plazas ofertadas para las personas que accedan por tener alguno de los siguientes requisitos:
- Haber superado una prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o de grado superior.
- Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
En el anexo II de la página 11668, donde dice:
1.3. Solicitantes que en el curso 2018/2019 estén cursando enseñanzas de formación profesional, en el mismo centro docente solicitado. 2 puntos.
Debe decir:
1.3. Solicitantes que en el curso 2018/2019 estén cursando enseñanzas de formación profesional del mismo ciclo de formación profesional solicitado, en el mismo centro docente solicitado. 2 puntos.