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DECRETO 99/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la extinción de la "Fundación aragonesa para el desarrollo de la observación de la Tierra".

Publicado el 22/07/2016 (Nº 141)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Mediante Decreto 194/2009, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se autorizó la constitución de la "Fundación aragonesa para el desarrollo de la observación de la Tierra", una fundación privada de iniciativa pública que tiene por objeto promover las actividades en el ámbito del I+D+i para el desarrollo e implantación de las técnicas de observación de la Tierra y de sus diversas aplicaciones en Aragón, todo ello en ejercicio de las competencias que el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 71 en materia de ordenación de territorio (8.ª), planificación de la actividad económica (32.ª), fundaciones (40.ª) e investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica (41.ª).

Como entidades fundadoras figuran la Diputación General de Aragón, la Universidad de Zaragoza, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y las empresas "Deimos Imaging, S.L.", "S.M. Consultores, S.L." y "GeoSpatiumLab, S.L".

Teniendo en cuenta la situación actual, en la que, si bien se mantienen los objetivos iniciales que llevaron a la creación de la Fundación, coexiste una clara ausencia de proyectos junto a una importante reducción de fondos financieros propios de la entidad, ello determina que esta figura del ente fundacional no sea a día de hoy el instrumento más apropiado para la consecución de los objetivos perseguidos, constatándose la imposibilidad de cumplir los reseñados fines fundacionales.

Reunido en sesión de fecha 27 de octubre de 2015, el Patronato de la Fundación acordó por unanimidad el inicio de los trámites necesarios para la extinción y liquidación de la Fundación, justificando tal decisión en la imposibilidad de cumplir con los fines fundacionales, adoptando con posterioridad acuerdo en tal sentido, por lo que procede la continuación de las actuaciones precisas para la extinción y liquidación de la Fundación.

El texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, establece en su artículo 8.3 que la creación y extinción de las fundaciones privadas de iniciativa pública en las que sea mayoritaria la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, requiere autorización del Gobierno de Aragón.

Tal y como dispone el artículo 25.1 de los Estatutos de la Fundación, la dotación inicial fue desembolsada íntegramente por el Gobierno de Aragón, circunstancia que determina, conforme al artículo 8.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, que la representación de la Administración autonómica tenga el carácter de mayoritaria.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 12 de julio de 2016,

DISPONGO

Primero.- Se autoriza la extinción de la fundación privada de iniciativa pública denominada "Fundación aragonesa para el desarrollo de la observación de la Tierra".

Segundo.- Se autoriza el inicio del procedimiento de liquidación del patrimonio de la Fundación.

Tercero.- El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de julio de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda,

JOSÉ LUIS SORO DOMINGO