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ORDEN ECD/1386/2021, de 21 de octubre, por la que se modifican las Ordenes ECD/771/2021, de 25 de junio, ECD/712/2021, de 16 de junio, ECD/831/2021, de 7 de julio, y ECD/1280/2021, de 29 de septiembre, por las que se convocan diferentes subvenciones en materia de deporte.

Publicado el 29/10/2021 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, regula la actividad subvencional de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el artículo 11 de la misma se contemplan las bases reguladoras, como la normativa que establece y desarrolla el régimen jurídico de las subvenciones.

Mediante Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, cuyo artículo 16.4 establece que, "Sin perjuicio de que en las correspondientes convocatorias pueda establecerse un plazo anterior, la documentación justificativa se presentará con anterioridad al día 13 de diciembre del año de la convocatoria, u Orden de concesión o convenio en el caso de ayudas directas..."

Con cargo al presupuesto del ejercicio 2021, se han convocado diferentes subvenciones en materia de deporte, determinándose en todas ellas un plazo de justificación anterior a dicha fecha límite.

A la vista de la imposibilidad de resolver los diferentes procedimientos con anterioridad a la fecha de justificación prevista, resulta necesario modificar dicho plazo en las correspondientes órdenes de convocatoria, respetando en todo caso al límite del plazo establecido en el artículo 16.4 de la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio.

En virtud de lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Artículo 1. Modificación del apartado 10 del artículo 22 de la Orden ECD/771/2021, de 25 de junio, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2021.

Se modifica el apartado 10 del artículo 22 de la Orden ECD/771/2021, de 25 de junio, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2021, que queda redactado de la siguiente manera:

"10. En todo caso, el plazo para la justificación de las ayudas comenzará desde la publicación de la concesión y finalizará el 3 de diciembre del año 2021, pudiéndose proceder a la revocación del acto de concesión de aquellas que no estuvieren debidamente justificadas en el plazo fijado (por incumplimiento de la obligación de justificar o por justificación insuficiente), siempre de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con la consiguiente pérdida del derecho de cobro de la subvención".

Artículo 2. Modificación del apartado 4 del artículo 19 de la Orden ECD/712/2021, de 16 de junio, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas de máxima categoría para la temporada deportiva 2020/2021.

Se modifica el apartado 4 del artículo 19 de la Orden ECD/712/2021, de 16 de junio, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas de máxima categoría para la temporada deportiva 2020/2021, que queda redactado de la siguiente manera:

"4. En todo caso, el plazo para la justificación de las ayudas comenzará desde la publicación de la concesión y finalizará el 19 de noviembre del año 2021, pudiéndose proceder a la revocación del acto de concesión de aquellas que no estuvieren debidamente justificadas en el plazo fijado (por incumplimiento de la obligación de justificar o por justificación insuficiente), siempre de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con la consiguiente pérdida del derecho de cobro de la subvención".

Artículo 3. Modificación del apartado 7 del artículo 19 de la Orden ECD/831/2021, de 7 de julio, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales en la temporada deportiva 2020/2021.

Se modifica el apartado 7 del artículo 19 de la Orden ECD/831/2021, de 7 de julio, por la que se convocan ayudas para entidades deportivas aragonesas que participen en competiciones oficiales nacionales en la temporada deportiva 2020/2021, que queda redactado de la siguiente manera:

"7. En todo caso, el plazo para la justificación de las ayudas comenzará desde la publicación de la concesión y finalizará el 3 de diciembre del año 2021, pudiéndose proceder a la revocación del acto de concesión de aquellas que no estuvieren debidamente justificadas en el plazo fijado (por incumplimiento de la obligación de justificar o por justificación insuficiente), siempre de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con la consiguiente pérdida del derecho de cobro de la subvención".

Artículo 4. Modificación del apartado 3 del artículo 18 de la Orden ECD/1280/2021, de 29 de septiembre, por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de interés regional en el ejercicio 2021.

Se modifica el apartado 3 del artículo 18 de la Orden ECD/1280/2021, de 29 de septiembre, por la que se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de interés regional en el ejercicio 2021, que queda redactado de la siguiente manera:

"3. En todo caso, el plazo para la justificación de las ayudas comenzará desde la concesión y finalizará el 10 de diciembre de 2021. Transcurrido el plazo de justificación, incluida la prorroga cuando hubiese sido concedida, sin que se haya presentado la justificación, se requerirá al beneficiario para que sea presentada en el plazo improrrogable de quince días. La falta de presentación en ese plazo llevará consigo la exigencia de reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de octubre de 2021.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO