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DECRETO 91/2010, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la «Fundación Bibliográfica Vicente Martínez Tejero».

Publicado el 20/05/2010 (Nº 97)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El derecho de fundación para fines de interés general, reconocido en el artículo 34.1 de la Constitución Española, ha sido desarrollado por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en la que se define a éstas como organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 71.40ª que la Comunidad Autónoma ejercerá competencias exclusivas en materia de fundaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico, asistencial, deportivo y similares que desarrollen principalmente sus funciones en Aragón.

En el mismo precepto, el apartado 43ª se refiere a la cultura, con especial atención a las manifestaciones peculiares de Aragón, y el 44ª contempla los museos, archivos bibliotecas y otras colecciones de naturaleza análoga.

D. Vicente Martínez Tejero manifestó al Gobierno de Aragón su voluntad de poner a disposición del mismo su biblioteca personal, de gran importancia por la cantidad y calidad de los fondos que contiene, con especial relevancia de los libros aragoneses publicados en todos los tiempos. A su vez, el Gobierno de Aragón, mediante acuerdo de 17 de abril de 2007 manifestó su voluntad de efectuar los trámites necesarios para aceptar dicha donación y por Decreto 214/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, se aceptó dicha donación.

En ejercicio de las competencias conferidas, el Gobierno de Aragón ha considerado de interés constituir con los fondos antedichos una fundación privada de iniciativa pública que, con la denominación de «Fundación Bibliográfica Vicente Martínez Tejero», tendrá como objeto principal el acrecentamiento de los fondos de libros aragoneses o sobre Aragón, así como el fomento de los estudios bibliográficos, en particular los relativos a la historia del libro en Aragón.

Especialmente, la Fundación se ocupará de exponer y divulgar las colecciones bibliográficas propias propiciando además materiales de estudio e investigación. También llevará a cabo actividades de exposición y difusión de dichas colecciones bibliográficas y cualesquiera otras actividades relacionadas especialmente con el libro y la bibliografía.

Mediante el presente Decreto se da cumplimiento a la previsión contenida en la disposición adicional octava del texto refundido de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, en relación con la autorización de la constitución por Decreto del Gobierno de Aragón de las fundaciones privadas de iniciativa pública.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 11 de mayo de 2010,

DISPONGO:

Primero.-Autorizar la constitución de una fundación privada de iniciativa pública con la denominación de «Fundación Bibliográfica Vicente Martínez Tejero».

Segundo.-Aprobar los Estatutos de la Fundación Bibliográfica Vicente Martínez Tejero, que figuran como anexo al presente Decreto.

Tercero.-Autorizar la dotación fundacional mediante una aportación inicial del Gobierno de Aragón por importe de treinta mil euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18060/4522/480325/91002 del vigente ejercicio 2010.

Cuarto.-Facultar a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, para realizar cuantas acciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto, en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 11 de mayo de 2010.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

Mª VICTORIA BROTO COSCULLUELA